Ley 100 De 1993
Enviado por 2013kin • 3 de Diciembre de 2013 • 4.188 Palabras (17 Páginas) • 404 Visitas
LA LEY 100 DE 1993
La ley 100 de 1993 fue creada con el ánimo de tener el sistema de seguridad social son normas y procedimientos el cual están a cargo del estado para que nosotros los colombianos tengamos una calidad de vida y una cobertura integral de nuestras necesidades constituyéndose como un derecho y un servicio público con valores y compromiso con la sociedad .
Son creados 3 sistemas conjuntos los cuales encierran el sistema general de seguridad social
Sistema general de pensiones
Sistema general en seguridad social salud
Sistema general de riesgos profesionales
El capítulo I y II hasta el artículo 9 se basa en el sistema general de seguridad social de salud en Colombia donde nos dice que todos los colombianos tenemos derecho a ser afiliados al régimen de salud sin discriminar nuestra situación económica y social pero diferentes teniendo en cuenta nuestra relación laboral y capacidad económica nos divide en dos régimen contributivo o régimen subsidiado donde ambos son cobijados por el mismo plan obligatorio de salud POS.
El capítulo 3 con artículo10 hasta el artículo 50 nos habla del sistema general de pensiones esto hace referencia a garantizar la protección para nuestra vejez, la invalides o la muerte .la vinculación es obligatoria para todos los trabajadores o independientes ya que nos garantizan condiciones mínimas de vida cuando ya no labore reconoce el pago a los derechos por invalidez, vejez y sobrevivientes.
El sistema general de pensiones cuenta con dos regímenes solidarios
Régimen de prima media o sistema tradicional reformado
Régimen de ahorro individual con solidaridad o fondo privado de pensiones
el cotizante puede escoger libre mente el régimen de su preferencia y cambiarse de régimen cuando lo desee después de 3 años de afiliado, estar afiliado al sistema general de pensiones el trabajador debe pagar el 16 de su salario mientras que el empleador paga el 75 y el independiente paga en su totalidad el valor asignado y para acceder a la pensión debe cumplir unos requisitos estandarizados según su afiliación en el régimen de prima media se exige la edad; en el hombre deben tener mínimo 60 años y la mujer 55 años de edad, además deben cumplir con unas semanas de cotización que hoy están en 1150 semanas cotizadas mientras que en el régimen de ahorro individual no hay límite de edad pero si se exige capital suficiente para garantizar el pago de la pensión y un mínimo de 1150 semanas cotizadas
Ningún afiliado puede recibir dos o más pensiones por invalides y vejez la entidad administradora de pensiones está sujeta a controles y vigilancias por la superintendencia bancaria
Las personas que tengan la edad de pensión pero no reúnan los requisitos necesarios para tal efecto tendrán derecho a la devolución de sus aportes o indemnización o si les falta pocas semanas el gobierno les completa para obtener la pensión.
El pago de la pensión es un monto que se recibe mensualmente y no puede ser inferior a un salario mínimo
Cada año se reajusta en enero con el mismo porcentaje que el gobierno incrementa el salario mínimo
Los extranjeros que vivan en el país y tengan contrato laboral y no pertenezcan a ningún régimen en su país natal o cualquier otro pueden cotizar pensiones en Colombia de acuerdo a su intermediario o asociación.
Con el artículo IV con capítulo 25 se creó un fondo de solidaridad pensional destinado a ampliar la cobertura de las pensiones y acceso a la seguridad social mediante un subsidio a los trabajadores del sector rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para cubrirla totalidad del aporte además ofrece subsidios a los adultos mayores que se encuentran en indigencia y extrema pobreza.
Las personas que pertenezcan al RPM pueden acceder a la pensión por vejez reuniendo todos los requisitos y tener más de 1000 semanas cotizadas en cualquier tiempo cada año el número de semanas se incrementa y la edad sube 2 años
LA LEY 100 DE 1993
La ley 100 de 1993 fue creada con el ánimo de tener el sistema de seguridad social son normas y procedimientos el cual están a cargo del estado para que nosotros los colombianos tengamos una calidad de vida y una cobertura integral de nuestras necesidades constituyéndose como un derecho y un servicio público con valores y compromiso con la sociedad .
Son creados 3 sistemas conjuntos los cuales encierran el sistema general de seguridad social
Sistema general de pensiones
Sistema general en seguridad social salud
Sistema general de riesgos profesionales
El capítulo I y II hasta el artículo 9 se basa en el sistema general de seguridad social de salud en Colombia donde nos dice que todos los colombianos tenemos derecho a ser afiliados al régimen de salud sin discriminar nuestra situación económica y social pero diferentes teniendo en cuenta nuestra relación laboral y capacidad económica nos divide en dos régimen contributivo o régimen subsidiado donde ambos son cobijados por el mismo plan obligatorio de salud POS.
El capítulo 3 con artículo10 hasta el artículo 50 nos habla del sistema general de pensiones esto hace referencia a garantizar la protección para nuestra vejez, la invalides o la muerte .la vinculación es obligatoria para todos los trabajadores o independientes ya que nos garantizan condiciones mínimas de vida cuando ya no labore reconoce el pago a los derechos por invalidez, vejez y sobrevivientes.
El sistema general de pensiones cuenta con dos regímenes solidarios
Régimen de prima media o sistema tradicional reformado
Régimen de ahorro individual con solidaridad o fondo privado de pensiones
el cotizante puede escoger libre mente el régimen de su preferencia y cambiarse de régimen cuando lo desee después de 3 años de afiliado, estar afiliado al sistema general de pensiones el trabajador debe pagar el 16 de su salario mientras que el empleador paga el 75 y el independiente paga en su totalidad el valor asignado y para acceder a la pensión debe cumplir unos requisitos estandarizados según su afiliación en el régimen de prima media se exige la edad; en el hombre deben tener mínimo 60 años y la mujer 55 años de edad, además deben cumplir con unas semanas de cotización que hoy están en 1150 semanas cotizadas mientras que en el régimen de ahorro individual no hay límite de edad pero si se exige capital suficiente para garantizar el pago de la pensión y un mínimo de 1150 semanas cotizadas
Ningún afiliado puede recibir dos o más pensiones por invalides y vejez la entidad
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