Ley Administracion Publica
Enviado por oreon • 29 de Septiembre de 2014 • 30.557 Palabras (123 Páginas) • 182 Visitas
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-12-2013
1 de 82
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 26-12-2013
Nota de vigencia: Las reformas a los artículos 26; 31, fracciones XII, XIX, XXI, XXIV y XXV; y 50; las
adiciones de los artículos 31, con las fracciones XXII, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII y
XXXIV; y el 44; así como la derogación del artículo 37, publicadas mediante decreto en el DOF 02-01-2013,
entrarán en vigor de conformidad con lo establecido por el artículo segundo transitorio de dicho decreto.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la
República.
JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus
habitantes, sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
TITULO PRIMERO
De la Administración Pública Federal
CAPITULO UNICO
De la Administración Pública Federal
Artículo 1o.- La presente Ley establece las bases de organización de la Administración Pública
Federal, centralizada y paraestatal.
La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del
Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada.
Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales
de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y
de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal.
Artículo 2o.- En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden
administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrá las siguientes dependencias de la
Administración Pública Centralizada:
I. Secretarías de Estado, y
II. (Derogado)
III. Consejería Jurídica.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-12-2013
2 de 82
Artículo 3o.- El Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará en los términos de las disposiciones legales
correspondientes, de las siguientes entidades de la administración pública paraestatal:
I.- Organismos descentralizados;
II.- Empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares
nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguros y de fianzas, y
III.- Fideicomisos.
Artículo 4o.- La función de consejero jurídico, prevista en el Apartado A del artículo 102 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estará a cargo de la Consejería Jurídica del
Ejecutivo Federal. Al frente de la Consejería Jurídica habrá un Consejero que dependerá directamente
del Presidente de la República, y será nombrado y removido libremente por éste.
Para ser Consejero Jurídico se deben cumplir los mismos requisitos que para ser Procurador General
de la República.
A la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal le serán aplicables las disposiciones sobre presupuesto,
contabilidad y gasto público federal, así como las demás que rigen a las dependencias del Ejecutivo
Federal. En el reglamento interior de la Consejería se determinarán las atribuciones de las unidades
administrativas, así como la forma de cubrir las ausencias y delegar facultades.
Artículo 5o.- (Se deroga).
Artículo 6o.- Para los efectos del Artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el Presidente de la República acordará con todos los Secretarios de Estado y el Procurador
General de la República.
Artículo 7o.- El Presidente de la República podrá convocar, directamente o a través del Secretario de
Gobernación, a reuniones de gabinete con los Secretarios de Estado y funcionarios de la Administración
Pública Federal que el Presidente determine, a fin de definir o evaluar la política del Gobierno Federal en
asuntos prioritarios de la administración; cuando las circunstancias políticas, administrativas o
estratégicas del gobierno lo ameriten; o para atender asuntos que sean de la competencia concurrente de
varias dependencias o entidades de la Administración Pública Federal. Estas reuniones serán presididas
por el Presidente o, si éste así lo determina, por el Titular de la Secretaría de Gobernación.
El Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República podrá ser convocado a las reuniones de
gabinete, por acuerdo del Presidente.
Artículo 8o.- El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos contará con el apoyo directo de la
Oficina de la Presidencia de la República para sus tareas y para el seguimiento permanente de las
políticas públicas y su evaluación periódica, con el objeto de aportar elementos para la toma de
decisiones, sin perjuicio de las atribuciones que ejercen las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias. El Presidente designará al
Jefe de dicha Oficina.
La Oficina de la Presidencia de la República contará con las unidades de apoyo técnico y estructura
que el Presidente determine, de acuerdo con el presupuesto asignado a dicha Oficina.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-12-2013
3 de 82
Artículo 9o.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal
conducirán sus actividades en forma programada, con base en las políticas que para el logro de los
objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo, establezca el Ejecutivo Federal.
TITULO SEGUNDO
De la Administración Pública Centralizada
CAPITULO I
De las Secretarías de Estado
Artículo 10.-
...