Ley Del Seguro Social
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LEY DEL SEGURO SOCIAL.
Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 21 de Diciembre de 1995.
TEXTO VIGENTE.
Ultima reforma publicada DOF 27-05-2011
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice:
Estados Unidos Mexicanos – Presidencia de la República
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO DELOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DECRETA:
LEY DEL SEGURO SOCIAL.
TITULO PRIMERO.
DISPOSICIONES GENERALES.
CAPITULO UNICO.
ARTÍCULO 1: Esta ley es de observancia en toda la república, de orden público e interés social.
ARTÍCULO 2: La seguridad social garantiza el derecho a la salud, asistencia médica, la protección del trabajo y pensión siempre y cuando se paguen las cuotas obrero patronal.
ARTÍCULO 3: La seguridad social está a cargo de entidades federales localescon ley y patrimonio propio.
ARTÍCULO 4: El seguro social es un instrumento de seguridad social y servicio público.
ARTÍCULO 5: La organización y administración del seguro social está a cargo de un organismo público autónomo con ley y patrimonio propio, de segregación operativa tripartita llamado Instituto Mexicano del Seguro Social el cual es un organismo fiscal independiente.
5 A: En esta ley se entiende por:
Ley: La ley del Seguro Social.
Código: Código Fiscal de la Federación.
Instituto: Instituto Mexicano del Seguro Social.
Patrones o Patrón: Persona que otorga un sueldo.
Trabajadores o Trabajador: Persona física que recibe un sueldo.
Trabajador Permanente: Es aquella persona que tiene una base.
Trabajador Eventual: Es una persona que aún no tiene base.
Sujetos o Sujeto obligado: Todo aquel que retiene las cuotas
del obrero (patrón).
Sujeto o Sujetos de Aseguramiento: Quienes están asegurados.
Responsables o Responsable Solidario: Son los que hacen las aportaciones
para la seguridad social.
Asegurados o Asegurado: El trabajador que está inscrito en el seguro Social.
Beneficiarios: Son la esposa o concubina así como sus papas e hijos del
asegurado o pensionado.
Derechohabientes o derechohabiente: El asegurado o pensionado
y familiares cercanos a este que estén vigentes.
Pensionados o Pensionado: Es el asegurado que recibe una pensión del
Instituto: Por incapacidad total, parcial o incapacidad del 25 o 50% así como
los beneficiarios.
Cuotas Obrero Patronales o Cuotas: Los pagos que hacen el patrón,
trabajador para recibir los beneficios el instituto.
Cedulas o Cedula de Determinación: Documento en el cual el patrón
Determina la cuota del trabajador al instituto.
Cedulas o Cedula de liquidación: Documento en el cual el instituto
determina lo que declara a su favor.
Salario o Salarios: El pago al trabajador.
Trabajador Eventual del Campo: Persona que es contratada por obra
determinada o tiempo determinado con lo que tenga que ver con el campo,
Si es contratada por un periodo mayor a 27 semanas se considera trabajador permanente.
Artículo 6: El Seguro Social comprende régimen obligatorio y régimen voluntario.
Artículo 7: El seguro social cubre las contingencias y proporciona los servicios mediante prestaciones en especie y dinero.
Artículo 8: Los derechohabiente para disfrutar de los beneficios debe cumplir con las cuotas.El instituto expide un documento de identificación para que los inscritos puedan ejercer sus derechos.
Artículo 9:La parte fiscal de esta ley establece cargas, infracciones
y sanciones a los particulares. A falta de una norma se aplicara
Supletoriedad.
Artículo 10:Son inembargables las prestaciones del asegurado y beneficiarios solo en caso de obligaciones alimenticias la autoridad judicial embarga hasta el 50% de su monto.
TITULO SEGUNDO DEL REGIMEN OBLIGATORIO
CAPITULO 1
GENERALIDADES.
Articulo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de accidente de trabajo, enfermedades y maternidad, Invalidez, por retiro, edad avanzada y vejez. Guarderías y prestaciones sociales.
Articulo 12. . Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
Las personas que presten a otras de forma permanente o eventual un
Servicio remunerado, los socios de sociedades cooperativas. Así como
las personas que determine el presidente atreves del decreto respectivo.
Articulo 13. . Se pueden asegurar voluntariamente al régimen
obligatorio trabajadores no asalariados y Trabajadores domésticos
Ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios.
Las personas con trabajadores a su servicio asegurados y
Trabajadores de las administraciones públicas de la federación,
Artículo 14.En los convenios del artículo anterior se establecerá.
La fecha en que inicia la prestación de servicios y los sujetos de
Aseguramiento que son: La vigencia, las cuotas, las contribuciones
del gobierno federal , las inscripciones y cobro de cuotas
Articulo 15. Las obligaciones de los patrones son Registrar e inscribir
a sus trabajadores en el instituto, comunicar altas y bajas así como
Modificaciones de su pago en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
Conservar estos registros durante los 5 años siguientes.
al de su fecha. Determinar la cuota obrero patronal y permitir inspecciones
y visitas domiciliarias que haga el instituto. Así mismo deberán cubrir las
Cuotas obrero patronales.
El gobierno federal en ningún caso será considerado como intermediario laboral.
ARTICULO 15 A
Contratación de trabajadores para un patrón , participe un intermediario laboral serán responsables solidarios entre si y en relación con el trabajador debe de cumplir las obligaciones contenidas en esta ley. En el contrato debe tener: Nombre, denominación o razón social; clase de persona moral que se trate, en su caso; objeto social:
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