Manual de protocolo y recibimiento de visitas del ISRI
Enviado por acm1pt88 • 7 de Agosto de 2021 • Trabajo • 929 Palabras (4 Páginas) • 78 Visitas
Manual de protocolo y recibimiento de visitas del ISRI[pic 1]
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Materia : Ley del ceremonial diplomático de la república de El salvador y manual internacional de protocolo.
Origen : Presidencia del ISRI
Fecha de elaboración : Mayo de 2015
Vigencia : 3 años
Comentarios : El presente manual tiene como fin ser una guía que permita mejorar el protocolo y recibimiento que se les brinda a las visitas en el Instituto Salvadoreño de Rehabilitación Integral.
CONSIDERANDO:
- Que la máxima autoridad en disposiciones que regulan todo lo relativo al Ceremonial Diplomático del Republica, es la Dirección General de Protocolo y Ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Que la Dirección General de Protocolo y Ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano de enlace con las unidades de comunicaciones de todas las instituciones del estado.
- Que la unidad de comunicaciones del ISRI carece un manual que describa paso a paso el procedimiento a seguir cuando se tenga una visita oficial tanto de las autoridades del ISRI, como dentro en cualquiera de los centros, se procede a la creación del MANUAL DE PROTOCOLO Y RECIBIMIENTO DE VISITAS DEL ISRI.
Capítulo I
MANUAL DE PROTOCOLO Y RECIBIMIENTO DE VISITAS DEL ISRI
Art. 1 La unidad encargada de vigilar por que se dé cumplimiento del MANUAL DE PROTOCOLO Y RECIBIMIENTO DE VISITAS DEL ISRI, es la unidad de comunicaciones a través de la presidencia del Instituto.
Art. 2 El MANUAL DE PROTOCOLO Y RECIBIMIENTO DE VISITAS DEL ISRI, es de estricto cumplimiento tanto para los miembros de la administración superior como para todos los centros que conforman el Instituto.
Art. 3 Se reconoce la jerarquía de autoridades protocolares de la siguiente manera:
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Capítulo II
PROTOCOLO Y RECIBIMIENTO DE VISITAS OFICIALES EN EL ISRI
Art. 4. Cuando se programe la visita de un funcionario o invitado a cualquiera de los centros de atención del ISRI, se deberá informar a Presidencia con 3 días de anticipación con copia a la unidad de Comunicaciones.
Salvo en caso fortuito que la invitación al evento o la visita del funcionario o el invitado sea sin previo aviso, se debe de informar de inmediato a Presidencia y a la unidad de comunicaciones para que coordine el recibimiento o representación en la actividad a desarrollar.
Art. 5 Cuando se requiera de la presencia del Presidente o de cualquier otro funcionario del ISRI, ya sea para un evento en particular o para recibir a un funcionario debe de solicitarse por escrito con 3 días de anticipación a Presidencia con copia a la Unidad de Comunicaciones y enviar información previa sobre el evento en particular o el motivo de la visita del funcionario.
Art. 6 En caso de requerir la presencia del Presidente del ISRI para el recibimiento de un funcionario o invitado especial y por cualquier motivo este no pueda estar presente, se delegara según jerarquía descrita en el artículo 3 de este manual a quien lo represente.
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