ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Matrimonios Ilegales


Enviado por   •  3 de Octubre de 2013  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  623 Visitas

Página 1 de 5

MATRIMONIO ILEGALES

Matrimonio ilegal es instantáneo y formal. Su consumación se produce con la celebración del matrimonio, al suscribir el acta ante el oficial público, y no resulta necesario que el acceso carnal haya tenido lugar. Respecto a la posibilidad de la tentativa la doctrina no es pacífica, pero predomina la tesis que la admite, puesto que existen diligencias previas a la firma del acta en el Registro Civil que configurarían un comienzo de ejecución del delito.

• Artículo 139:

El casado que contrae matrimonio será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

• Artículo 140:

El no casado que, a sabiendas, contrae matrimonio con persona casada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años.

• Artículo 141:

El funcionario público que, a sabiendas, celebra un matrimonio ilegal será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años e inhabilitación de dos a tres años conforme al artículo 36º, incisos 1, 2 y 3.

TIPICIDAD OBJETIVA:

La conducta delictiva conocida de bigamia se configura cuando una persona unida en matrimonio civil contrae nuevamente nupcias con otra, es decir, un casado contrae nuevo matrimonio con persona diferente a su cónyuge.

Existen dos presupuestos básicos que son necesarios para identificar esta conducta punible de bigamia, las cuales son:

1. Primero, que exista un matrimonio anterior civil, valido, eficaz.

2. Segundo, el matrimonio posterior sea aparentemente válido como el primero, es decir debe ser contraído con el cumplimiento de las formalidades legales establecidas en el Código Civil y sin que concurra en el ningún vicio que pueda afectarlo substancialmente distinto del matrimonio anterior, caso contrario, el delito de bigamia no aparece.

• Sujeto activo:

El sujeto activo en este delito, tanto en su modalidad básica como en el supuesto agravado, es cualquier persona natural casada, varón o mujer.

• Sujeto pasivo:

El sujeto pasivo; de la conducta delictiva de bigamia será el cónyuge del primer matrimonio o en su caso, también se constituirá en víctima, la persona que desconociendo la existencia de una matrimonio anterior, participó del segundo matrimonio, acepta y se une en matrimonio con un casado.

EL BIEN JURÍDICO TUTELADO:

Es la institución matrimonial monogámico, desde un plano institucional, jurídico y social. Ya que nuestro sistema jurídico ampara y avala el sistema monogámico como núcleo y raíz de toda familia, es porque en ese sentido nos resulta desprender que el bien jurídico protegido, con la tipificación de la conducta delictiva de bigamia, lo constituye el sistema monogámico, es decir, la situación que en un espacio temporal determinado una persona solo puede casarse legalmente una vez con otra.

TIPICIDAD SUBJETIVA:

No se configura el delito de bigamia cuando una persona contrae nuevo matrimonio en la firme creencia que su anterior cónyuge murió o en todo caso, creyéndose soltera. En estos supuestos, al aparecer un error de tipo se excluye el dolo, No obstante, si frente a un caso concreto se observa que una persona dejó de realizar las más elementales diligencias para averiguar si su primer cónyuge vivía o su anterior matrimonio subsiste.

Penalidad

Será merecedor a pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, en tanto que si se trata de la bigamia agravada, la pena oscila entre no menor de dos y no mayo de cinco años.

Atentados contra la patria potestad

Artículo 147.

El que, mediando relación parental, sustrae a un menor de edad o rehusa entregarlo a quien ejerce la patria potestad será reprimido

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com