Normatividad Colombiana Y los tributos
Enviado por andreita199419 • 24 de Agosto de 2016 • Ensayo • 957 Palabras (4 Páginas) • 225 Visitas
Ensayo
Presentado por
María Andrea Rodríguez Gutiérrez
Análisis de Casos
Hernán Garnica Segura
Universidad San Martín
Programa Contaduría Pública
Sede Ibagué
2016
Ensayo
Normatividad Colombiana Y los tributos
Actualmente la constitución política es nuestra máxima autoridad, la carta magna y reconocida como la norma de normas; conjunto de reglas que instituye la forma en que debemos comportarnos los seres humanos que vivimos en Colombia para que haya bienestar y podamos vivir en paz y tranquilidad.
Dentro de esta máxima ley se le atribuyen deberes tanto a las personas naturales como a las jurídicas y al Estado Colombiano como órgano principal se le asignan una serie de obligaciones que si se cumplen hacen posible el Estado Social de Derecho, con miras a la prosperidad y desarrollo social.
En los deberes y obligaciones establecidos en el artículo 95, donde hace alusión que el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos implica responsabilidades, en la parte tributaria se establece que es un deber de la persona y del ciudadano contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad; dicha contribución debe ser acorde a su capacidad contributiva; con el fin de desarrollar los principios constitucionales de progresividad y equidad tributaria. En relación a esto, es deber constitucional que todo ciudadano tribute, la ley ha establecido que solo es contribuyente aquella persona que realice el hecho generador de los tributos, es decir quien tenga capacidad contributiva en virtud de haber desarrollado actividades que conllevan a realizar el hecho generador de un tributo. Aquí se resalta que por el simple hecho de pertenecer a la comunidad las personas están obligadas a contribuir a la realización del bien general, mediante el cumplimiento de obligaciones de carácter tributario. (León Diaz, 1998)
Ahora bien, las leyes tanto humanistas como tributarias que encontramos en la constitución son creadas por un organismo llamado congreso de la república conformado por el senado de la república y la cámara de representantes, cada uno de ellos tiene igual poder y responsabilidad, ejercen múltiples funciones, entre ellas; establecer contribuciones fiscales y, excepcionalmente, contribuciones parafiscales en los casos y bajo las condiciones que la ley establezca junto a la asamblea departamental y el consejo municipal y distrital.
No obstante, estas leyes no son definitivas, si bien es cierto el congreso hace las leyes, un número de ciudadanos equivalente a la décima parte del censo electoral, podrá solicitar ante la organización electoral la convocación de un referendo para la derogatoria de una ley, sin embargo en materias fiscales o tributarias las leyes aprobatorias no proceden a este mecanismo de participación ciudadana.
En cuanto al territorio, en los departamentos existen las corporaciones públicas de carácter político administrativo que gozan de autonomía administrativa y presupuesto propio, estas son las Asambleas Departamentales, las cuales emiten ordenanzas; dentro de sus funciones a nivel tributario está la de decretar, de conformidad con la ley, los tributos y contribuciones necesarias para el cumplimiento de las funciones departamentales.
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