Notificación por edictos (Caso práctico)
Enviado por Lorena Patricia • 5 de Mayo de 2019 • Trabajo • 1.165 Palabras (5 Páginas) • 303 Visitas
Ejercicio 2. Notificación por edictos
D. Mariano López López y Ucasa S.L. interpusieron en julio de 2010 demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 21 de Valencia, frente a Carlos Francisco y su esposa Blanca Pérez Sauca y las sociedades Estructuras y Contratas S.A., Bahía Real S.A., Señorío de Altea S.A., Esycon S.A. y Ucasa Valenciana S.A.
La demanda tenía su origen en el incumplimiento de una serie de contratos suscritos en relación con unas promociones urbanísticas en la costa de Alicante. En ella se solicitaba que las personas y entidades demandadas rindieran cuentas a los demandantes y les abonaran determinados porcentajes de los beneficios obtenidos con ocasión de las promociones de diversas urbanizaciones, así como que fueran condenadas a otorgar escritura pública de compraventa, en beneficio de los demandantes, de diversos inmuebles situados en las urbanizaciones afectadas.
En su escrito de demanda, los actores facilitaron como domicilio de todas las personas físicas y jurídicas demandadas el despacho profesional de Carlos Francisco y su esposa Blanca Pérez Sauca, situado en la ciudad de Valencia, calle Colón núm 25; excepto el de Ucasa Valenciana S.A., cuyo domicilio social radica en Madrid, calle Orense núm 37.
La comisión del Juzgado se desplazó a la calle Colón 25, de Valencia, al efecto de realizar el emplazamiento de las personas y sociedades cuyo domicilio se hacía constar en Valencia. Practicada la diligencia de emplazamiento con 6Dña. Blanca Pérez Sauca en dicho lugar, manifestó que Bahía Real S.A. tenía su sede social en Altea (Alicante); que Esycon S.A. la tenía en Madrid, al igual que Estructuras y Contratas S.A. Dña. Blanca entregó a la comisión del juzgado en ese momento fotocopias de escrituras públicas que se referían a esas sociedades, en las que constan sus respectivos domicilios sociales. En cuanto a Señorío de Altea S.A., Dña. Blanca manifestó desconocer dicha sociedad.
Por otra parte, intentado el emplazamiento de Ucasa Valenciana S.A. en el domicilio de Madrid indicado en la demanda, resultó la sociedad desconocida en él.
Notificados del resultado de las diligencias de emplazamiento, los actores solicitaron al tribunal el emplazamiento por edictos de las sociedades demandadas. El Juzgado, por medio de diligencia de ordenación de 22 de diciembre de 2010, denegó la petición, y requirió que se aportaran certificaciones de los Registros Mercantiles correspondientes en las que constase el último domicilio social de las entidades demandadas que no habían podido ser aún emplazadas.
La parte actora acudió al Registro Mercantil de Valencia, y obtuvo certificación en la que constaba el domicilio social de Ucasa Valenciana S.A., situado en la calle Colón núm. 4, y en la que asimismo se hacía constar que no aparecían registradas en él sociedad alguna con las denominaciones Bahía Real S.A., Señorío de Altea S.A., Estructuras y Contratas S.A. y Esycon S.A. Valiéndose de dicha certificación, la parte actora solicitó que se emplazara a todas las sociedades codemandadas en el domicilio social de Ucasa Valenciana S.A. Se daba la circunstancia de que en dicho lugar tenía su domicilio el demandante Mariano López y su sede social la entidad codemandante Ucasa S.L.
Por diligencia de ordenación de 20 de marzo de 2011 el Secretario judicial dispuso que se practicara el emplazamiento de las entidades codemandadas en el domicilio calle Colón núm. 4 de Valencia.
Intentado el emplazamiento de las codemandadas en dicho domicilio, el conserje del inmueble remitió al funcionario judicial al núm. 25 de la misma calle, en que se encontraba el despacho profesional de los codemandados D. Carlos y Dña. Blanca, con la que se entendieron (nuevamente) las diligencias de emplazamiento. Esta señora manifestó al funcionario lo siguiente:
...