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Oit Salud Ocupacional


Enviado por   •  29 de Marzo de 2015  •  2.671 Palabras (11 Páginas)  •  572 Visitas

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Que es la OIT?

Trabajar para la justicia social constituye nuestra valoración del pasado, y nuestro mandato para el futuro."

Juan Somavia, Director General de la OIT

​Creada en 1919 como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) está integrada por 183 Estados miembros y su sede principal se encuentra en Ginebra (Suiza). En América Latina, cuenta con oficinas en Lima (Perú), Brasilia (Brasil), Buenos Aires (Argentina), México D.F. (México), Puerto España (Trinidad y Tobago), San José (Costa Rica) y Santiago de Chile (Chile).

La OIT es la única agencia de la Organización de las Naciones Unidas en la que sus más altos dirigentes son representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Esta organización tripartita hace de la OIT un escenario de participación conjunta en favor de la elaboración de políticas y programas como la promoción del trabajo decente para todos.

Basada en su misión “la paz laboral es esencial para la prosperidad”, promueve la justicia social y los derechos humanos y laborales reconocidos a nivel internacional para que trabajadores y empleadores puedan acceder a un trabajo decente y unas condiciones laborales y económicas que generen prosperidad y progreso.

El objetivo de la OIT es responder a las necesidades de los hombres y mujeres trabajadores al reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores para establecer normas del trabajo, desarrollar políticas y concebir programas. La estructura de la OIT, en la cual trabajadores y empleadores tienen el mismo derecho a voto que los gobiernos en sus deliberaciones, es una muestra del diálogo social en acción. De esta manera se garantiza que las opiniones de los interlocutores sociales queden fielmente reflejadas en las normas laborales, políticas y programas de la OIT.

La OIT fomenta el tripartismo dentro de sus mandantes y Estados miembros, al promover el diálogo social entre las organizaciones sindicales y de empleadores en la formulación – y cuando es pertinente – en la aplicación de las políticas nacionales en el ámbito social y económico, así como respecto a muchas otras cuestiones.

La OIT realiza su trabajo a través de tres órganos fundamentales (la Conferencia Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración y la Oficina), los cuales cuentan con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores.

Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo

La Declaración dispuso brindar especial atención a la efectiva aplicación de los derechos fundamentales de los trabajadores, a saber:

⦁ la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva;

⦁ la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;

⦁ la abolición efectiva del trabajo infantil;

⦁ la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

⦁ La Declaración precisa que los derechos fundamentales del trabajo son universales y deben ser respetados a todas las personas en todos los países, sin importar el nivel de desarrollo económico de cada uno.

Objetivos

⦁ Fomentar los derechos laborales.

⦁ Ampliar las oportunidades de acceder a un empleo decente.

⦁ Mejorar la protección social.

⦁ Fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo.

⦁ Para lograr estos objetivos, la OIT cuenta con grandes experiencias y conocimientos sobre el mundo laboral, que ha adquirido en su trayectoria de casi 100 años, y así:

⦁ Da respuesta a las necesidades de un trabajo decente y digno para las personas.

⦁ Formula políticas y programas internacionales para promover los derechos humanos fundamentales, mejorar las condiciones de trabajo y de vida, y aumentar las oportunidades de empleo.

⦁ Elabora normas internacionales del trabajo respaldadas por un sistema de control de su aplicación.

⦁ Formula e implementa un amplio programa de cooperación técnica internacional, para ayudar a los países a llevar a la práctica dichas políticas.

⦁ Lleva a cabo actividades de formación, educación e investigación que contribuyen al progreso de todos estos esfuerzos.

Contrato de trabajo y clases

El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato (capacidad de las partes para contratar, consentimiento, causa lícita, objeto lícito), concurran los elementos esenciales de que trata el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, que dice:

Elementos esenciales.

1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:

d) La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;

e) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de ordenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y,

f) Un salario como retribución del servicio.

2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen

Periodo de prueba:

“Período de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo”.

“El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses.

En los contratos de trabajo a término fijo cuya duración sea inferior a un (1) año el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos (2) meses.

Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, salvo para el primer contrato”.

⦁ Estas son las opciones que le pueden presentar a usted como trabajador a la hora de vincularlo a una compañía:

Contrato a Término Fijo :

Este tipo de contrato

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