Opinión del art. 133 constitucional
Enviado por florenses • 21 de Julio de 2017 • Trabajo • 895 Palabras (4 Páginas) • 505 Visitas
Opinión del art. 133 constitucional
Entiendo que si bien en este artículo se establece el contenido que lleva nuestra carta magna, también nos hace un enfoque a la jerarquía de mayor relevancia para nuestro país, es decir; es muy importante porque establece el autocontrol constitucional que la suprema ley contiene, en el orden jurídico en nuestra normatividad jurídica mexicana la cual nos hace verla como la más grande en la jerarquía jurídica, puedo ejemplificarlo con que también en estos grados están las facultades y obligaciones que le tocan a cada uno de los niveles, pues una cosa es la potestad de hacer leyes y otra es la potestad de celebrar tratados internacionales. Esto nos deja claro que al ser perteneciente México a tratados al promoverse conflictos o situaciones con otros países y al verse involucrado se debe aclarar que ninguna norma o tratado deberá de violar nuestra ley suprema, sin antes no haber establecido un medio adecuado pues cuando haya una restricción expresa a un derecho siempre prevalecerá la constitución protegiendo los derechos humanos, Ya que si un tratado va en contra de la constitución será anulado, pues nuestra constitución es interna y suprema, por ende los tratados son inferiores a esta, así que si tuviese que pasar por encima de esta, se tendría que llevar el procedimiento que la corte internacional emane para que se aplique un orden internacional sobre la constitución mexicana. Creo que esta posición deja ver que restringen a la constitución en ciertos aspectos en la protección de los derechos humanos mexicanos que se establecen en esta, ya que los tratados internacionales entrarán como medio alternativo de la solución que no se pudo tener con el sistema mexicano.
Opinión respecto de la aplicación del Derecho Internacional, en el orden jurídico nacional. Afecta la soberanía del estado?
Creo que el orden jurídico internacional No afecta la soberanía del estado porque se debe encontrar sujeto al reconocimiento que realice la Constitución; pues el Derecho Internacional forma parte del orden jurídico de nuestro país por ello se hicieron parte uno del otro. Es decir que si entran los tratados, para ser normas válidas dentro del territorio mexicano, van a necesitar ser incorporados al derecho nacional, ya sea a través de la ratificación o de la creación de una norma interna en la que se incorporen sus modalidades o complementos, pues tienen que actuar de este modo los tratados internacionales pues entran a formar parte de nuestro Derecho y por lo tanto, deberán formar parte de alguno de los ordenamientos que integran al Estado mexicano y a su vez estos compromisos internacionales son asumidos por el Estado en sus disposiciones en conjunto y comprometen a todas sus autoridades frente a la comunidad internacional; por ello se dice que el facultado para establecer estos actos es el presidente de la República al suscribir los tratados internacionales en su calidad de jefe de Estado y, de la misma manera, el Senado interviene como representante de la voluntad de las entidades federativas y, por medio de su ratificación, obliga a sus autoridades. Supongo que en primer lugar, debe considerarse la existencia del orden jurídico internacional, el cual entra en contacto directo con nuestro Derecho en decir el Derecho Internacional será aplicable en nuestro país siempre y cuando sea creado de acuerdo con los ámbitos de validez que la propia Constitución establece. Esto es que vaya acorde al procedimiento de creación de dichas normas, y su contenido obedezca al mandato constitucional. Pero también debemos tener en cuenta que si el derecho internacional interviene en nuestra soberanía, es porque antes hubo un pacto de buena fe, el cual se firmó con estados parte y soberanos, de acuerdo a esto es de que el derecho internacional no viene a hacer una solución específica, sino junto a nuestro derecho constitucional se va a coordinar y tendrá que complementar que sistema jurídico y van a decidir si es más viable para cierto caso o situación en que la competencia mexicana no haya tenido una clara impartición de justicia, y como miembro parte de este le tocará involucrarse el procedimiento. Al presentarse una situación relevante en la que sea necesario la intervención del derecho internacional se sostiene que los tratados internacionales y las leyes federales cuentan con una misma jerarquía y, por lo tanto, en caso de existir alguna contradicción entre las disposiciones de dichos ordenamientos ésta se resolvería al definir, por parte del intérprete, el cuál resultará ser la norma aplicable al caso concreto. Por eso opino que No afecta porque en cierta parte este derecho viene a complementar las normas y a verificar que realmente no se vulneren nuestros derechos y que el debido proceso se lleve realmente como debe de ser de acuerdo a nuestro sistema jurídico, que no tengamos deficiencias y no formemos parte de beneficios o corrupción simplemente que si un caso en específico no se llevó de la mejor manera en México o este es incompetente para resolver , pues tenemos oportunidad que intervenga el derecho internacional, siendo este específico en la comisión del delito y bajo ciertos requisitos en que su jurisdicción se lo permita.
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