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PARTICIPACIÓN DE LOS CÓNSULES EN LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE


Enviado por   •  4 de Agosto de 2013  •  526 Palabras (3 Páginas)  •  632 Visitas

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Hay actividades que deben llevar a cabo los cónsules mexicanos en el extranjero y que conviene tener presentes; algunas se vinculan a la sucesión testamentaria y otras a la intestamentaria.

El profesor José Antonio Tomás Ortíz de la Torre, recogiendo los plantamientos de la doctrina hispana en torno a las funciones consulares vinculadas a la sucesión por causa de muerte, afirma que al cónsul le corresponde una triple función en materia consular:

1.- Función notarial. Conforme a esta función recibe y sanciona los testamentos que otorgan sus connacionales.

2.- Función informativa. Recibe, de parte de las autoridades del lugar en que se encuentra, la noticia del fallecimiento de un connacional.

3.- Función representativa. Realiza diversos actos tendientes a asegurar que los bienes sean entregados a los posibles herederos, formando previamente el inventario y administrando el patrimonio, todo ello a manera de gestión de negocios.

Esta clasificación de las funciones del servicio consular, descritas para el desarrollo hispano, es semejante a la que acoge la normatividad mexicana. Acaso sea necesario agregar que en algunos tratados ratificados por México el cónsul es quien materialmente transmite el dinero y los bienes a su connacional, e incluso quien en algunos casos hace la entrega y distribución de los bienes a manera de albacea y liquidador o ejecutor. También los cónsules realizan una función propia del Registro Civil. Acorde con esta función pueden levantar actas de defunción o registrar las ya levantadas en el país de su adscripción, todo ello para facilitar el trámite sucesorio. De esta forma, la ley mexicana adscribe al cónsul funciones de fe pública, notariales.

Por lo general, la participación de los cónsules en una sucesión se define en diversos tratados de los que México es Estado parte.

Al lado de los tratados internacionales que hemos enumerado, las funciones consulares enfocadas en la transmisión del patrimonio por causa de muerte también se consignan en algunas leyes internas, entre otras el CCDF, EL CCFed, el CFPC, los códigos civiles y de procedimientos civiles de cada entidad federativa, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, así como otras leyes. Agrégase a estos textos secundarios la serie de manuales expedidos por la SER, en los que se instruye a los cónsules sobre formas y procedimientos por seguir en el ejercicio de sus funciones. En realidad, esta normatividad de derecho interno mexicano se refiere principalmente a la actividad de los cónsules mexicanos en el extranjero, no a la de los cónsules extranjeros acreditados en México.

Una nota característica es que los tratados mencionados establecen por lo general normas de derecho uniforme, mientras que las leyes internas prescriben normas de derecho material, dirigidas a los cónsules de diversos países, Mientras que nuestras

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