PERSONA JURIDICA-Titularidad de derechos fundamentales
Enviado por alexdimar • 21 de Mayo de 2014 • Tesis • 460 Palabras (2 Páginas) • 463 Visitas
ANALISIS SENTENCIA T-1166/04
PERSONA JURIDICA-Titularidad de derechos fundamentales
SINDICATO-Legitimación para interponer tutela/SINDICATO-Titularidad de derechos fundamentales
DERECHO A LA ASOCIACION SINDICAL-Alcance.
ANTECEDENTES
El 15 de abril de 2004, por intermedio de apoderado, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalmecánica –SINTRAIME- interpone acción de tutela contra el Ministerio de la Protección Social, por haber éste proferido las resoluciones No. 00569/04 y 04039/03 por las cuales se ordena la constitución de un Tribunal de Arbitramento Obligatorio en la Empresa General Motors Colmotores S.A..
El sindicato considera violados sus derechos a la libre asociación sindical, al debido proceso y a la negociación colectiva, por causa de la expedición por parte del demandado de las decisiones administrativas anotadas
Solicitud
El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalmecánica –SINTRAIME- pide al juez de tutela que conceda el amparo de los derechos fundamentales presuntamente violados por el demandado
Impugnación
Inconforme con la decisión reseñada, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalmecánica, la impugna en escrito presentado el 4 de mayo de 2004.
Expone el demandante su disconformidad frente a la sentencia de instancia, alegando que la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca no tuvo en cuenta la gravedad de los hechos reseñados en la demanda frente a las solicitudes del sindicato, para establecer de esa manera la eficacia de los demás mecanismos judiciales de defensa existentes.
DECISIÓN
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, administrando justicia en el nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
RESUELVE
Primero.- REVOCAR el fallo proferido el 9 de junio de 2004 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, por medio del cual se confirmó aquel que el 30 de abril de 2004 profiriera en primera instancia la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, declarando improcedente el amparo solicitado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalmecánica –SINTRAIME- , dentro de la acción de tutela que éste inició contra el Ministerio de la Protección Social.
En su lugar, CONCEDER de manera transitoria el amparo de los derechos de asociación sindical y debido proceso del demandante.
Segundo.- En consecuencia, DEJAR sin efectos las resoluciones No. 004039 de 2003 y 00569 de 2004 expedidas por el Ministerio de la Protección Social y, por ende, la convocatoria del Tribunal de Arbitramento que disponen, hasta tanto la justicia contencioso–aministrativa se pronuncie de fondo
...