POSTULADOS BASICOS
Enviado por narcyta • 2 de Julio de 2013 • 997 Palabras (4 Páginas) • 349 Visitas
A partir del 1 de enero de 2006 entro en vigencia la Norma de Información Financiera A2 denominada “Postulados Básicos” emitida por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera la cual tiene como objetivo el definir los postulados básicos sobre los cuales debe operar el sistema de información contable.
Definición: Los postulados básicos son fundamentos que rigen el ambiente en el que debe operar el sistema de información contable y dan la pauta para explicar en qué momento y como deben reconocerse los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan económicamente una entidad.
Sustancia Económica.
La sustancia económica debe prevalecer en la delimitación y operación del sistema de información contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a una entidad.
Es decir el sistema de información contable debe ser delimitado en forma tal que pueda ser capaz de captar la esencia económica del ente emisor y reflejar dicha sustancia en el momento de su reconocimiento contable de acuerdo con su realidad económica y no solo en atención a su forma jurídica, cuando una y otra
No coincidan. Por consecuencia las formalidades jurídicas deben de analizarse en un contexto
adecuado, a la luz de la sustancia económica con el fin de que no distorsionen el reconocimiento contable. Debe otorgarse por lo tanto, prioridad al fondo o sustancia económica sobre la forma legal.
Entidad Económica.
La entidad económica es aquella unidad identificable que realiza actividades económicas , constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros, conducidos y administrados por un único centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue creada; la personalidad de la entidad económica es independiente de la de sus accionistas, propietario o patrocinadores. Cabe mencionar que la entidad económica no coincide necesariamente con la entidad jurídica. Para la emisión de información financiera, la entidad económica debe prevalecer sobre los componentes individuales que en su caso la integran.
Por lo tanto la entidad económica puede ser un sujeto jurídicamente independiente o un conjunto de ellos, siempre y cuando éstos se encuentren controlados bajo un único centro de decisiones.
Negocio en Marcha.
La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario por lo que las cifras en el sistema de información contable representan valores sistemáticamente obtenidos con base en las NIF. En tanto prevalezcan dichas condiciones, no deben determinarse valores estimados provenientes de la disposición o liquidación del conjunto de los activos netos de la entidad (disolución, suspensión de actividades, quiebra o liquidación).
Devengación Contable.
Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que le han afectado económicamente, deben de reconocerse contablemente, en el momento en que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados para fines
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