PREVENCION DE RIESGOS LEY Nº 16744 TALLER N°1
Enviado por karinalon • 5 de Noviembre de 2019 • Apuntes • 701 Palabras (3 Páginas) • 110 Visitas
LEY Nº 16744
TALLER N°1
NOMBRE: JOHN FERNANDEZ A.
CARRERA: AUTOMATIZACION Y CONTROL INDUSTRIAL.
SECCION: 135.
ASIGNATURA: PREVENCION DE RIESGOS
PROFESOR: JUAN LILLO
FECHA: 14-04-2019.
1.- ¿Qué es el seguro de la ley 16.744?
- Es un seguro que está destinado a accidentes laborales y enfermedades profesionales.
2.- ¿Quiénes son las personas protegidas?
- Toda persona con contrato de trabajo, además de las siguientes excepciones:
- Trabajadores por cuenta ajena
- Dirigentes sindicales (solo si está realizando actividades sindicales)
- Funcionarios públicos.
- Estudiantes
- Algunos trabajadores independientes y trabajadores familiares.
3.- ¿Desde cuándo tengo derecho a la cobertura del seguro?
- Los trabajadores están cubiertos desde el momento en que comienza la relación laboral, aun cuando no tengan contrato escrito ni se hayan pagado las cotizaciones respectivas.
4.- ¿Qué cubre el seguro?
- El seguro cubre lo siguiente:
- Accidentes de trabajo.
- Enfermedades profesionales.
- Accidentes de trayecto
5.- ¿Qué es un accidente de trabajo?
- Un accidente de trabajo es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo que desempeñe una persona, y que cause incapacidad o muerte
6.- ¿Qué es un accidente de trayecto?
- Son los accidentes ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.
7.- ¿Qué es una enfermedad profesional?
- Una enfermedad profesional es la causada directamente por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y produzca incapacidad o muerte.
8.- ¿Cuáles son las prestaciones del seguro?
- Las prestaciones que tiene este seguro son:
- MEDICAS
- ECONOMICAS
- PREVENTIVAS
9.- ¿Quiénes tienen derecho a subsidios por incapacidad laboral?
- Todos los trabajadores y trabajadoras dependientes del sector privado que estén acogidos a algún sistema previsional.
- Todos los trabajadores y trabajadoras independientes que estén acogidas a algún sistema previsional.
10.- ¿Por cuánto tiempo se pueden percibir subsidios por incapacidad laboral?
- Las enfermedades laborales por incapacidad temporal (entre un 15% y un 40% de pérdida de capacidad de ganancia) tienen una vigencia de 52 semanas prorrogables por otras 52.
- Las enfermedades laborales por incapacidad permanente (desde un 40% de pérdida de capacidad de ganancia) se remunera a través de una pensión.
11.- ¿En qué consiste la indemnización global y quienes tienen derecho a este beneficio?
- La indemnización global consiste en una compensación en dinero que se otorga al trabajador cuando producto de un accidente o una enfermedad profesional sufre una disminución de su capacidad de ganancia presumiblemente, igual o superior a un 40%.
12.- ¿Quiénes tienen derecho a una pensión de invalidez parcial?
- Todos los trabajadores y trabajadoras que tengan una pérdida de capacidad de ganancia entre un 15% y un 40%, y entre un 40% y 70% respectivamente.
13.- ¿Quiénes tienen derecho a una pensión de invalidez total?
- Todos los trabajadores y trabajadoras que tengan una pérdida de capacidad de ganancia igual o superior a 70%.
14.- ¿A cuánto equivale el monto de la pensión de invalidez?
- El monto de la pensión de invalidez esta determinado de la siguiente forma:
- Entre un 15% y un 40% de pérdida de capacidad de ganancia, entre 1.5 y 15 veces el sueldo base (invalidez parcial)
- Entre un 40% y un 70% de pérdida de capacidad de ganancia, equivale a una pensión del 35% del sueldo base (invalidez parcial)
- Igual o superior a 70% de pérdida de capacidad de ganancia equivale a una pensión del 70% del sueldo base (invalidez total)
- Cuando el trabajador o trabajadora depende de terceros para realizar los actos elementales de su vida, equivale a una pensión de hasta 140% de su sueldo base, dependiendo de las asignaciones familiares existentes en el periodo de evaluación.
15.- ¿Quiénes tienen derecho a pensión de sobrevivencia?
- Las personas que tienen derecho a pensión de sobrevivencia son:
- Esposa.
- Hijos.
- Conviviente.
- Y todo aquel que hubiere vivido a expensas de la víctima como carga reconocida
16.- ¿Dónde puedo reclamar en caso de disconformidad con el otorgamiento de estas prestaciones?
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