Parentesco
Enviado por lauriizhermosa • 3 de Mayo de 2014 • 647 Palabras (3 Páginas) • 236 Visitas
PARENTESCO
Desde el punto de vista jurídico:
“El parentesco es el nexo jurídico existente entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes del otro cónyuge o entre el adoptante y el adoptado”.
CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
TITULO SEXTO
Del parentesco, y de los alimentos y de la violencia familiar
CAPITULO I
Del parentesco
Artículo 292.- La ley sólo reconoce como parentesco los de:
a) consanguinidad
b) afinidad
c) civil.
Artículo 293.- El parentesco por consanguinidad: es el vínculo entre personas que descienden de un tronco común.
También se da parentesco por consanguinidad, entre el hijo producto de reproducción asistida y el hombre y la mujer, o sólo ésta, que hayan procurado el nacimiento para atribuirse el carácter de progenitores o progenitora. Fuera de este caso, la donación de células germinales no genera parentesco entre el donante y el hijo producto de la reproducción asistida.
En el caso de la adopción, se equiparará al parentesco por consanguinidad aquél que existe entre el adoptado, el adoptante, los parientes de éste y los descendientes de aquél, como si el adoptado fuera hijo consanguíneo.
Artículo 294.- El parentesco de afinidad, es el que se adquiere por matrimonio o concubinato, entre el hombre y la mujer y sus respectivos parientes consanguíneos.
Artículo 295.- El parentesco civil es el que nace de la adopción, en los términos del artículo 410-D.
Artículo 296.- Cada generación forma un grado, y la serie de grados constituye lo que se llama línea de parentesco.
Artículo 297.- La línea es recta o transversal: la recta se compone de la serie de grados entre personas que descienden unas de otras; la transversal se compone de la serie de grados entre personas que sin descender unas de otras, proceden de un progenitor o tronco común.
Artículo 298.- La línea recta es ascendente o descendente:
I. Ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco del que procede;
II. Descendente, es la que liga al progenitor con los que de él proceden.
La misma línea recta es ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.
Artículo 299. En la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones, o por el de las personas, excluyendo al progenitor.
Artículo 300. En la línea transversal los grados se cuentan por él número de generaciones, subiendo por una de las líneas y descendiendo por la otra; o por el número de personas que hay de uno y otro de los extremos que se consideran, excluyendo la del progenitor o tronco común.
AMASIATO
La unión libre de un hombre y una mujer, realizanda voluntariamente sin formalización legal,
...