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Politica Bolivar


Enviado por   •  11 de Abril de 2013  •  715 Palabras (3 Páginas)  •  356 Visitas

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MARCO LEGAL

De acuerdo con el artículo 159 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), el gobierno y la administración de cada Estado corresponde a su Gobernador o Gobernadora. En este sentido, según el artículo 13 de la Ley de la Administración Pública del Estado Mérida (LAPEM), sobre el Gobernador o Gobernadora recaen la dirección y el control de la Administración Pública Estadal.

De Acuerdo al artículo 33 de la Ley de la Juventud del Estado Mérida, se crea el Instituto de Juventud del estado Mérida, identificado con las siglas INJUVEM, como organismo público, descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, domiciliado en la Ciudad de Mérida, adscrito a la Dirección de Educación, Cultura y Deporte de la Gobernación del Estado Mérida, y el cual gozara de los mismos privilegios y excepciones acordadas al fisco Estadal en las leyes de la República.

El Instituto de Juventud del Estado Mérida, como Órgano rector de las políticas dirigida a la juventud rige su desempeño basado en la Ley Estadal y a la par de ésta la Ley Nacional de la Juventud, la cual dicta los lineamientos generales de las políticas juveniles en la República Bolivariana de Venezuela.

El papel que dentro de la administración pública Estadal corresponde desempeñar al Instituto de Juventud del Estado Mérida está determinado por las funciones que enunciativamente establece La Ley de la Juventud del Estado Mérida en su artículo 36: el cual reza “que serán funciones y competencias del Instituto de Juventud del Estado Mérida:

1. Formular iniciativas en los distintos niveles de la vida regional, tendientes a elevar la calidad de vida de la población joven de nuestro Estado.

2. Coordinar y fiscalizar el funcionamiento y desempeño del Sistema Regional de Juventudes, así como llevar el registro de las agrupaciones juveniles.

3. Establecer los mecanismos necesarios para que los jóvenes y las jóvenes participen en la dirección, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud.

4. Definir e instrumentar una política regional de juventud, que permita incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo del Estado.

5. Garantizar y promover los Derechos Humanos de la Juventud, desarrollando acciones orientadas a mejorar su calidad de vida.

6. Propiciar la investigación sobre los temas y problemáticas de juventud en las distintas vertientes del conocimiento científico.

7. Celebrar acuerdos y convenios con entes públicos o privados nacionales e internacionales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a la juventud.

8. Crear medios de información y difusión donde se traten los temas y problemáticas de juventud, y se promueve la compresión de los valores de la identidad regional y nacional.

9.

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