Primer Examen Parcial de Tributos II Personas Jurídicas
Enviado por Yaquelin Aucaylla Huillca • 12 de Diciembre de 2022 • Examen • 1.499 Palabras (6 Páginas) • 64 Visitas
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LOS ANDES
Reconocidos oficialmente por la SUNEDU
Primer Examen Parcial de Tributos II Personas Jurídicas
Recomendaciones (LEER CON ATENCION)
Responda el examen con sus propias palabras y criterios profesionales independientes, (Copy Paste) no serán considerados como respuestas válidas.
La duración del examen será de 10:30 a 13:00) hora que se cerrará automáticamente.
EXAMEN
1. Mencione las facultades de la Administración tributaria ponga ejemplos de cada
Facultad (02 puntos)
La Administración Tributaria tiene diferentes facultades las cuales son las siguientes:
a. FACULTAD DE RECAUDACIÓN. - Esta facultad se encarga de la percepción de los tributos esta facultad será efectuada por las autoridades y en la forma o por los sistemas que la ley o el reglamento establezco en el artículo. Además, esta facultad también se encarga de cobrar o percibir los tributos, pero para que se realice el cumplimiento de dicha facultad y haga de manera eficiente en la recaudación, la Administración puede celebrar convenios con entidades del sistema bancario y financiero u otras entidades, con el fin de recibir el pago de la deuda tributaria.
EJEMPLO: Por ejemplo, los impuestos (IGV, impuesto a la renta)
b. FACULTAD DE DETERMINACIÓN. -La determinación de la
Obligación tributaria, es el acto o conjunto de actos reglados realizados por la administración activa, tendientes a establecer, en cada caso particular, la existencia del hecho generador, el sujeto obligado, la base imponible y la cuantía del tributo.
El ejercicio de esta facultad comprende: la verificación, complementación o
enmienda de las declaraciones de los contribuyentes o responsables; la oposición del tributo correspondiente, cuando se advierta la existencia de hechos imponibles, y la adopción de las medidas legales que se estime convenientes para esa determinación.
EJEMPLO: Cuando se determinan pagos en exceso por tributos sujetos a pagos a cuenta, pudiendo el pago en exceso compensarse con obligaciones futuras correspondientes al mismo tributo (Impuesto a la Renta).
c. FACULTAD DE FISCALIZACIÓN. – La fiscalización viene a constituir un conjunto de actos y actividades dirigidas a determinar el real y adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, el ejercicio de esta facultad tiene como finalidad primordial comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
EJEMPLO: Ante una denuncia contra una empresa que supuestamente no entrega facturas por sus ventas, un organismo estatal decide iniciar la fiscalización de la firma para constatar que se esté cumpliendo el pago de los impuestos.
d. FACULTAD SANCIONADORA. - En las resoluciones que expida la autoridad administrativa competente, se impondrán las sanciones pertinentes, en los casos y en la medida previstos en la ley.
EJEMPLO: Por ejemplo, en el caso de un contribuyente que no lleve el
Libro Diario a pesar de estar obligado .
e. FACULTAD RESOLUTIVA.- Esta facultad se trata de los diferentes procedimientos de reclamación que se realiza en contra de orden de pago por diferentes razones.
2. Que articulo precisa sobre la sanción a los libros contables legalizados a destiempo, que art. comenta sobre los incentivos tributarios a esta sanción y posiblemente a cuánto ascendería la multa por libros contables: (02 puntos)
En el artículo 175 nos detallan sobre las infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros o contar con informar u otros documentos, en este articulo los hablan de las diferentes infracciones que se da referido a las obligaciones de los libros contables, asimismo, en el numeral 5 del artículo en mención nos manifiestan que la multa equivale al 0.3% de los ingresos netos, además para los que recién inician con sus operaciones la multa es del 40% de la UIT.
Asimismo, también existe las rebajas del 90% en la medida de que el contribuyente subsane voluntariamente y antes de la notificación del pago. También se realizará una rebaja del 70% si el contribuyente paga antes de lo establecido y por ultimo se da la rebaja del 50% si el contribuyente no hace ningún reclamo por la multa establecida.
3. Mencionar las infracciones cometidas por el contribuyente de acuerdo a la visita inspectiva programada por la SUNAT, del día de hoy encontrando lo siguiente:
- Según ficha RUC se inscribió el 02/01/2015 en el Régimen especial ante la
SUNAT y en el REMYPE desde enero del 2019 (01 punto)
En este caso nos mencionan que el contribuyente se acogió al RUS en 2015 en enero y se realizó el cambio el uno de enero del 2019, por tanto, debemos deducir que este caso no hay ninguna infracción ya que el cambio se realizó de manera correcta ya que no afectara al periodo anterior.
No hay ninguna infracción
- No emite facturas ni boletas por las operaciones de venta que realiza a la fecha a sus clientes preferenciales siendo el 20% (S/ 100,000.00) del total de las ventas. (03 puntos)
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