Procedimientos De La Sucecion
Enviado por iraida1 • 1 de Abril de 2014 • 532 Palabras (3 Páginas) • 266 Visitas
Derechos de Sucesiones (artículo 807 del código civil): es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan la trasmisión de su patrimonio por causa de muerte, del causante a sus herederos y también a los legatarios.
Sucesión: genéricamente sucesión es el cambio de sujetos de una relación jurídica. Las hay de dos clases:
a. Sucesión intervivos: que se produce contractualmente con la compraventa, sección de créditos, donación, permuta, otros.
b. Sucesión mortis causa: es la que únicamente se produce por causa de la muerte; consiste en la transmisión a una o varias personas vivas de todo el patrimonio dejado por otra que ha muerto y, de esta última es de la que se trata el DERECHO DE SUCECIONES.
Esta relación implica:
Una relación jurídica entre causante y causahabiente o heredero, entre el primero que al fallecer deja uno o varios bienes y el segundo que reemplaza al primero y a quien se transmite tal patrimonio; y
Un conjunto de bienes transmitidos del causante al heredero. De esta manera, sucesión es la transmisión de los derechos y obligaciones patrimoniales (activo y pasivo) que integran la herencia de una persona fallecida, a otra que le sobrevive, a la que el testador o la ley llaman para recibirla.
HERENCIA: se llama herencia al patrimonio del difunto que comprende cosas, derechos y créditos (activo) por una parte y por la otra, cargas deudas, obligaciones (pasivo) y que por el hecho de la muerte del causante se transmiten a sus herederos o causahabientes, sin embargo se debe tener presente que si el difunto estaba casado en régimen de comunidad de gananciales la herencia a transmitir, será la mitad del capital de la comunidad conyugal, ya que la otra mitad pertenece al conyugue sobreviviente, es su patrimonio. En cambio si estaba casado bajo el régimen de capitulaciones se debe tener presente lo establecido en el artículo 141 del código civil: “El matrimonio, en lo que se relaciona con los bienes, se rige por las convenciones de las partes y de la ley”; lo cual sugiere la posibilidad de que la capitulación constituida entre el causante y su conyugue, haya estipulado una separación absoluta de sus bienes.
Momentos de la sucesión por causa de muerte:
La Apertura: es el momento en que ocurre el deceso del causante, que dando el conjunto de relaciones jurídica que conforma su patrimonio sin titular. La apertura se produce en el instante del mismo deceso y en el último domicilio del causante.
La Delación: es el llamado que hace la ley o el testamento del causante para que determinada persona se convierta en sucesores a titulo universal, es decir herederos. Igualmente el llamado para que uno o varios individuos, en virtud de una disposición testamentaria, a titulo particular se conviertan en legatarios.
La Adquisición:
Mientras la sucesión es propiamente un acto jurídico, la herencia es
...