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Propiedad Intelectual E Industrial


Enviado por   •  4 de Marzo de 2015  •  3.190 Palabras (13 Páginas)  •  209 Visitas

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LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PARA LOS PRODUCTOS FARMACOQUIMICOS

Los parámetros internacionales de propiedad intelectual se refieren en materia de patentes a una reducción del sistema de patentes obligatorias, una ampliación de la cobertura de las patentes para así incluir en ellas a la tecnología farmacéutica, al igual que la ampliación a la duración de 15 a 20 años de la protección patentaría.

Analizar el caso de los productos farmacéuticos en México es de gran importancia porque están ligados con la salud que es primordial para la sociedad, al igual que su impacto económico.

Es indudable la importancia económica del patentamiento, así como la inversión en ciencia y tecnología. La inversión en materia de investigación y desarrollo es cuantiosa, la cual es el porcentaje mínimo de las ganancias que obtienen las industrias farmacéuticas.

La inversión en ID se realiza en el país de origen de la empresa en cuestión, en donde hay conglomerados de investigación. Cuando a las empresas farmacéuticas se les cuestiona sobre el impacto económico en los países de recepción como México, contestan que aportan cantidades importantes en impuestos y crean empleos.

La propiedad intelectual tiene dos mecanismos de gran trascendencia en la industrialización. El primero se refiere a la publicidad de la tecnología y el segundo es la temporalidad de la PI y en forma concreta de las patentes.

En el sistema patentario y su relación con la creación de ciencia y tecnología es importante lo que se inventa por los nacionales, pero también es sobresaliente la tecnología patentada para conocer cuáles son los limites tecnológicos y que tipo de tecnología se puede utilizar ya sea por la vía de licenciamiento, o cuando ha terminado su tiempo de protección, por la vía del dominio público.

En el caso de México, el origen de la industria farmacéutica oficial data de la década de los 40. El 21 de mayo 1945 fue la creación de la Asociación nacional de fabricantes de productos químicos farmacéuticos y medicinales, que de alguna forma denota la existencia de un cierto nivel de desarrollo de la industria farmacéutica nacional.

Como parte de la estrategia nacional de desarrollo industrial, hasta finales de la década de los 70 se esforzó el país en la construcción del mercado doméstico y se siguió una política de sustitución de importaciones. Durante mucho tiempo se negó a reconocer la protección de los productos farmacéuticos y agroquímicos. Esta postura nacional entró en crisis en los años 80.

Los cambios comenzaron paulatinamente, pero en una dirección no acorde con los parámetros conocidos. El primer paso fue la introducción de una figura bastante polémica que se ha recetado a la legislación de varios países. El cual se denomina el canal de protección, que México fue uno de los primeros países en adoptarla a su legislación.

El canal de protección es uno de los aspectos más festejados a nivel internacional del tratado de libre comercio de américa del norte, el cual es relativo al canal de protección de las patentes en el área de los productos farmacéuticos y agroquímicos. De ahí se propuso que se incluyera en todos los acuerdos comerciales tanto bilaterales como multilaterales que celebran los Estados unidos.

La disposición del canal de protección en el tratado de libre comercio de américa, se encuentra en la ley mexicana de 1991 aunque con algunas diferencias. En principio se refiere concretamente a productos farmacéuticos y agroquímicos, y no se menciona el límite de los 20 años.

La adopción de este canal de protección en México tiene por objeto crear un clima de confianza a los inventores e inversionistas extranjeros que traigan su tecnología al país, pero al mismo tiempo se trata de proteger a los derechos adquiridos dentro del estado mexicano.

La transformación legislativa mexicana en materia de protección de los productos farmacéuticos y agroquímicos, está ligada a una estrategia económico-comercial del país en donde la inversión extrajera es un factor fundamental.

En el caso de las patentes como productos farmacéuticos podemos hablar de un caso especial ya que dichos productos son juzgados para su patentamiento, con los mismo parámetros que se utilizan para las invenciones de ingeniería, mecánica etc. cuando en realidad son muy diferentes, ya que se refieren a productos que no son ni una maquina ni un objeto material, en cambio son invenciones que tienen que ver con la salud de las personas y que son fundamentales dentro de una sociedad para el bienestar social.

El caso de los productos farmacéuticos es especial ya que está relacionado con el tema de la salud. El sistema legal, establece una regulación paralela que incide en la entrada de los productos farmacéuticos al mercado, y que al mismo tiempo funciona como una medida de privilegio en favor del titular de la patente que le concede la autoridad administrativa al obtener la autorización para introducir el producto en el mercado.

La autoridad administrativa establece una serie de regulaciones que al final de cuenta implican un aumento considerable del costo de los productos farmacéuticos.

El secreto industrial consiste en cualquier tipo de información que tiene diversas formas, como modelos, patrones, estructuras o compilaciones. Y este tipo de información es utilizada por las organizaciones públicas o privadas en el sector de la industria que le permite conseguir una ventaja y colocarse en una situación benéfica en relación con aquellos que no tienen conocimiento del secreto o que no saben cómo utilizarlo. El secreto industrial protege el valor económico de la información en sentido amplio, es decir que incluye todo tipo de información financiera, científica, bancaria, técnica, económica, tecnológica, que se reproduce tangible o intangiblemente por medio de modelos, planes, compilaciones, programas , instrumentos, formulas, diseños, prototipos, etc.

Como resultado de la certificación de un secreto industrial se presenta para el tenedor del mismo ciertas circunstancias que lo caracterizan: se encontrara en una situación de conveniencia en el mercado frente a sus competidores y habrá de implementar un manejo confidencial de la información previniendo la difusión entre el público o sus competidores.

Generalmente, los sistemas jurídicos internos contienen un sistema de carácter administrativo que incide la entrada al mercado de los productos farmacéuticos y también funciona como una medida d privilegio en favor del titular. De esta manera se obtiene una doble protección: por la vía del derecho de la propiedad industrial y en forma inusual, en una forma asimilada al secreto industrial en los instrumentos internacionales

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