Propiedad industrial e Intelectual
Enviado por job92 • 26 de Noviembre de 2018 • Documentos de Investigación • 2.597 Palabras (11 Páginas) • 151 Visitas
Propiedad industrial e Intelectual
La propiedad industrial se entiende por invención toda idea, creación del hombre, capaz de ser aplicada en la industria. También es la que adquiere por sí mismo el inventor o descubridor con la creación o descubrimiento de cualquier invención relacionada con la industria.
Dentro de esta propiedad industrial se hace referencia al derecho sobre las patentes de invención, los modelos de utilidad, los dibujos o modelos industriales, las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, el nombre comercial, las indicaciones de procedencia o denominaciones de origen.
Es ahí donde el Art. 2 de La Ley de Propiedad Industrial, tiene por objeto:
- Establece las bases para que todas las actividades industriales y comerciales del país, tengan un sistema de perfeccionamiento en sus procesos y productos.
- Promover y fomentar la actividad inventiva, las mejoras técnicas y la difusión de conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos de aplicación industrial;
- Propicia e impulsa el mejoramiento en la calidad de los bienes y servicios en la industria y en el comercio;
- Favorecer la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos;
- Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales, publicación de nombres comerciales, declaración de protección de denominaciones de origen, y regulación de secretos industriales;
- Prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial y establecer las sanciones y penas respecto de ellos;
- Establecer condiciones de seguridad jurídica entre las partes en la operación de franquicias, así como garantizar un trato no discriminatorio para todos los franquiciatarios del mismo franquiciante.
Según Henri Capitant la Propiedad Industrial es la expresión usada para designar el derecho exclusivo del uso de un nombre comercial, marca, patente de invención, dibujo o modelo de fábrica, y en general cualquier medio especial de atraer al cliente.
Podríamos decir, que la Propiedad Industrial conforma el conjunto de derechos intelectuales, esto es, derechos derivados de nuestra actividad intelectual, que se aplican, en particular, sobre las invenciones, las creaciones de forma, los signos distintivos y las indicaciones de procedencia regional. En muchos países, este tipo de derechos, a pesar de proteger objetos o bienes creados por el intelecto humano, son denominados, derechos de propiedad industrial, como consecuencia de su habitual asociación a bienes producidos en los sectores industriales más tradicionales.
La propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio. La propiedad intelectual se divide en dos categorías:
- La propiedad industrial
- El derecho de autor
Los derechos de propiedad intelectual se asemejan a cualquier otro derecho de propiedad: permiten al creador, o al titular de una patente, marca o derecho de autor, gozar de los beneficios que derivan de su obra o de la inversión realizada en relación con una creación, es decir, que recompensan la creatividad y el esfuerzo humano, que estimula el progreso de la humanidad.
División entre Propiedad Industrial y Derecho de Autor
La propiedad industrial se refiere al derecho sobre las patentes de invención, los modelos de utilidad, los dibujos o modelos industriales, las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, el nombre comercial, las indicaciones de procedencia o denominaciones de origen.
Desde mi punto de vista el derecho de autor se ah definido como el derecho que la ley reconoce al autor de una obra para participar en los beneficios que produzca la publicación, o como el “conjunto de normas que regulan las creaciones intelectuales aplicables al campo de la literatura, de las bellas artes y de la ciencia”.
Pero según por otro lado la Ley Federal de los Derechos de Autor (LFDA), la define según el Art. 5, 11, 12 como las prerrogativas que el estado otorga a los creadores de obras artísticas y literarias, a quien se le reconoce como autor, protegiendo dichas obras desde el momento en que se fijan en un soporte material, independientemente del mérito, destino o modo de expresión.
Las obras de derecho de autor no necesitan ser registradas antes las oficinas competentes para su protección se encuentran protegidas desde su creación. Por el contrario, para que los derechos de Propiedad Industrial puedan ser protegidos tienen que registrarse obligatoriamente ante la autoridad competente.
El derecho de autor reconoce una serie de derechos morales, es decir, facultades que tiene el autor para impedir que se modifique su obra (derecho de integridad), la obligación de ser reconocido siempre como el autor de la obra (derecho de paternidad), entre otros. El derecho de propiedad industrial sólo reconoce derechos de carácter patrimonial a favor de sus titulares
Marcas
Las marcas ofertadas en el mercado atienden, en términos generales, a la identificación de productos o servicios, es decir, se entiende por marca a todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.
Los industriales, comerciantes o prestadores de servicios podrán hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en los servicios que presten. Sin embargo, el derecho a su uso exclusivo se obtiene mediante su registro en el Instituto.
Gracias a las marcas, los consumidores pueden identificar y comprar un producto o un servicio que, por sus características y calidad, se adecua a sus necesidades.
Características
Según el Art. 89 de la Ley de la Propiedad Industrial, se pueden considerar como marcas los siguientes signos:
- Las denominaciones y figuras visibles, suficientemente distintivas, apropiados de identificar los productos o servicios;
- Las formas tridimensionales;
- Los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales;
- El nombre propio de una persona física, siempre que no se confunda con una marca registrada o un nombre comercial publicado.
También debe de cumplir con ciertos requisitos:
- Sintética.
- Pregnante.
- Transmisor de sensaciones.
- Que sea fácil de reconocer y recordar.
- Original.
- Perdurable.
- Adaptable.
- Que sea fácil de leer y de pronunciar.
- Que sea eufónica.
- Que tenga connotaciones positivas.
Las marcas pueden clasificarse de muchas formas, si bien indicamos las más usuales:
- En función de su representación gráfica:
- Marcas Denominativas
- Marcas Gráficas
- Marcas Mixtas
- Marcas Tridimensionales
- Marcas Sonoras
- En función del tipo de bienes o servicios que designan (por su oferta en el mercado)
- Marcas de Productos
- Marcas de Servicios
- En función del grado de conocimiento por el público
- Marcas Notorias
- Marcas Renombradas
- Por su uso colectivo
- Marcas Colectivas
- Marcas de Garantía o Marcas de Certificación
Patentes
Es el título que otorga el Estado, a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), que confiere el derecho exclusivo de explotación al titular de una invención o a un tercero que tenga autorización para ello. Constituye un privilegio legal para que una invención pueda ser explotada en un lugar y en un tiempo determinado.
Las patentes constituyen un incentivo porque representan un reconocimiento a la creatividad y dan la posibilidad de obtener una recompensa material por las invenciones. Esos incentivos alientan la innovación que, a su vez, mejora la calidad de la vida.
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