¿QUÉ ES LA DIVISION DE PODERES?
Enviado por Pedro Luis • 22 de Noviembre de 2022 • Apuntes • 576 Palabras (3 Páginas) • 60 Visitas
CUADRO CARACTERÍSTICO
DERECHO CONSTITUCIONAL
ALUMNO: PEDRO LUIS MALDONADO VIDAL
PROF: JULIO SALAZAR DOMÍNGUEZ
GRUPO: B
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¿QUÉ ES LA DIVISION DE PODERES?
La división de poderes es una iniciativa importante fundada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el territorio sea gobernado con justicia, sin que alguna persona abuse del poder. De esta forma, se separó al poder público en 3 órganos con funcionalidades diversas según la constitución, el régimen Federal y el régimen de los Estados se separan en 3 poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial
CUADRO CARACTERISTICO | ||
PODER LEGISLATIVO FEDERAL | PODER EJECUTIVO FEDERAL | PODER JUDICIAL FEDERAL |
El Poder Legislativo Federal se deposita en un Congreso Gral., dividido en dos cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. Este poder tiene la facultad de reformar, con la aceptación de ambas terceras piezas de las personas presentes en las dos cámaras y de la mayor parte de las legislaturas de los Estados Unidos Mexicanos para adecuarla a la cambiante realidad social de nuestro estado; además, es el delegado de llevar a cabo y cambiar las leyes que poseen aplicación en él. Estas funcionalidades permanecen encomendadas a los diputados y senadores, los cuales son electos por medio de el voto de los habitantes mexicanos más grandes de 18 años. En México contamos con 500 diputados y 128 senadores. | El Poder Ejecutivo Federal lo practica el mandatario de la República, quien es escogido por medio del voto exitosa y se delega, entre otras preguntas, de promulgar y hacer consumar las leyes expedidas por el Congreso de la Alianza, de contar con la Fuerza Armada persistente y de la Fuerza Aérea para la estabilidad interior y protección exterior de la Federación, de guiar la política exterior y celebrar los tratados mundiales, así como concluir, denunciar, suspender, cambiar, arreglar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aceptación del Senado, así como de destinar indultos a los reos sentenciados por delitos que son competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden común en el Distrito Federal. El mandatario de la República puede nombrar secretarios para que lo ayuden en la ejecución de las diferentes leyes, en cualquier persona de los campos de la gestión pública. Además, para llevar a cabo las posiciones en relación con la procuración de justicia, puede, además, con la ratificación del Senado, nombrar al procurador general de la República, quien tiene bajo su mando al Ministerio Publico de la Federación y a la Policía Federal Investigadora. | Es el Poder que cuenta con las atribuciones primordiales para impartir justicia de forma cumplida y para conservar la estabilidad entre los otros Poderes. Los miembros de este Poder son, entre otros, los ministros de la SCJN, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Magistrados de los Tribunales de Circuito –Colegiados y Unitarios- y los Jueces de Distrito. Ellos son causantes, entre otras preguntas, de interpretar las leyes; resolverlas controversias que surjan entre particulares, una vez que se intente asuntos de competencia federal; intervenir en las controversias que se susciten una vez que una ley o acto de autoridad viole garantías personales, y solucionar conflictos entre autoridades, ejemplificando, una vez que aleguen una invasión en su entorno de atribuciones. |
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