Qué es el Estado Civil
Enviado por kluivert2003 • 26 de Mayo de 2022 • Trabajo • 3.113 Palabras (13 Páginas) • 60 Visitas
[pic 1][pic 2]
INDICE
INTRODUCCIÓN 2
¿QUÉ ES EL ESTADO CIVIL? 3
¿ELEMENTOS QUE LO CONSTITUYEN? 3
CARACTERES DEL ESTADO CIVIL: 3
EFECTOS O CONSECUENCIAS: 3
ESTADO Y CAPACIDAD: 4
POSESIÓN DE ESTADO: 5
ELEMENTOS 5
FUNCIONES QUE DESEMPEÑA LA POSESIÓN DE ESTADO EN FORMA GENERAL 5
FUNCIONES QUE DESEMPEÑA LA POSESIÓN DEL ESTADO DE CÓNYUGE: 6
FUNCIONES QUE DESEMPEÑA LA POSESIÓN DEL ESTADO DE HIJO: 6
EN LA FILIACIÓN MATRIMONIAL Y EXTRAMATRIMONIAL: 7
ACCIONES DE ESTADO 7
LAS ACCIONES DE ACUERDO A DIVERSAS CLASIFICACIONES DOCTRINALES Y LEGISLATIVAS SE DIVIDEN EN 3 TIPOS 8
¿CUÁLES SON LAS ACCIONES DE CONDENA, DECLARATIVAS, CONSTITUTIVAS, CAUTELARES Y EJECUTIVAS? 8
¿CUÁLES SON LAS ACCIONES NOMINADAS E INNOMINADAS? 8
CARACTERES DE LAS ACCIONES DE ESTADO 9
LA COSA JUZGADA 9
CONCLUSIÓN 11
BIBLIOGRAFÍA: 12
INTRODUCCIÓN
[pic 3]
El siguiente trabajo trata sobre el estado civil, estado y capacidad, posesión de estado, acciones de estado y la cosa juzgada, los cuales son temas muy interesantes y amplios. El estado civil es el conjunto de situaciones en la que se encuentra una persona en determinado momento de su vida personal ejemplo con la que nacen todos soltero(a), luego está el casado(a), y si se rompe el vínculo matrimonial separado(a) o divorciado(a) y si muere la pareja viudo(a).Después de casados no se vuelve hacer soltero(a) en el Derecho es divorciado(a) o viudo (a).Esta constituido por múltiples elementos como el nacer (nacimiento) , filiación , matrimonio ,soltero entre otros…En cambio la posesión de estado es el beneficio como persona de ese estado teniendo ventajas y deberes como persona, estos estados civiles se registraran en el Registro Civil, este dando fe y constancia a terceros del estado civil de las personas.
¿QUÉ ES EL ESTADO CIVIL?
Entorno de convivencia administrativamente reconocida de las personas en el momento en que se realiza la recogida de información. Consta de las siguientes modalidades: soltero o soltera, casada o casado, viudo o viuda, separada o separado y divorciado o divorciada. El estado civil determina la situación jurídica de la persona otorgándole dependiendo de sus circunstancias determinadas facultades.
¿ELEMENTOS QUE LO CONSTITUYEN?
Son:
- Nacimiento: Nace la personalidad.
- Defunción.
- Filiación.
- Matrimonio: Según el matrimonio puede ser separado judicialmente, divorciado, casado o soltero.
- Nombre y apellidos.
- Emancipación.
- Nacionalidad
- Edad: Según la edad puede ser menor de edad o mayo de edad.
- Tutela: Puede estar incapacitado judicialmente.
- Sexo: Mujer o hombre.
CARACTERES DEL ESTADO CIVIL:
Entre las principales características del estado civil se mencionan las siguientes:
- El estado civil sucede en un determinado momento de la vida.
- Varias situaciones o circunstancias personales pueden determinar el estado civil de una persona, por ejemplo, la edad, si está casado, soltero o viudo, etc.
- Le brinda una serie de facultades a los individuos dependiendo de las circunstancias que éstas tengan.
- El estado civil también incluye una serie de datos personales como el lugar de nacimiento, de defunción, la filiación, el matrimonio judicial o por la iglesia, si es una persona divorciada, casada o soltera. También incluye nombres y apellidos, nacionalidad, edad, si es hombre o mujer y la tutela.
- Puede ser modificado dependiendo de los hechos de la vida del individuo, cuando éste cumple la mayoría de edad o en caso de fallecimiento, se puede extinguir.
EFECTOS O CONSECUENCIAS:
Los principales efectos son:
1.- El estado civil influye en la determinación de la capacidad jurídica o de goce de las personas.
2.- El estado civil influye en la determinación de la capacidad de obrar. Así por ejemplo el menor de edad casado tiene mayor capacidad de obrar que el menor de edad soltero.
3.- El estado civil influye en la atribución de derechos, poderes y deberes a las personas. Así, por ejemplo, el estado de padre es presupuesto del conjunto de poderes y deberes que implica la patria potestad respecto de los hijos, de derechos y deberes alimentarios, de derechos sucesorales.
ESTADO Y CAPACIDAD:
La Capacidad jurídica (o simplemente, capacidad) es, en Derecho, la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones; de reclamar los primeros y contraer los segundos en forma personal y comparecer a juicio por propio derecho.
Una clasificación de las capacidades propone la distinción entre: capacidad política y la civil. La primera pertenece al Derecho público, y la segunda es de orden privado. Ambas capacidades son absolutamente independientes entre sí.
Otra forma de clasificar la capacidad legal es:
De Derecho: se refiere al goce de los derechos. En principio, todas las personas son capaces de derecho.
De hecho: se refiere al ejercicio de los derechos. No todas las personas tienen capacidad de hecho absolutas, como es el caso, en algunos países de los menores impúberes, los dementes o las personas por nacer.
También pueden clasificarse en capacidad de goce y capacidad de ejercicio; la primera constituye: la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones; en tanto que la segunda se compone por la capacidad de ejercitar los derechos y, contraer obligaciones en forma personal y comparecer a juicio por propio derecho.
...