REGIMEN DE TRANSICION
Enviado por katyk.sala • 29 de Marzo de 2013 • 700 Palabras (3 Páginas) • 484 Visitas
Régimen de Transición
Pensiones Obligatorias
Como lo indica su nombre, es un régimen de protección al afiliado por el cambio normativo del sistema de pensiones colombiano originado con la ley 100. La protección se da para aquellas personas que han consolidado un derecho en la etapa de cotización de su pensión, no obstante que el mismo no haya sido declarado; para ello, el legislador establece los criterios o requisitos que debe cumplir. En este caso, el afiliado será beneficiario del mencionado régimen si:
El Régimen de Transición de la Ley 100 de 1993 se consagró en favor de quienes al 1º de abril de 1994 cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
Edad Mujeres 35 o más años.
Hombres 40 o más años.
Tiempo de Servicio 15 o más años de servicios cotizados.
Gracias al Régimen de Transición, las personas que cumplan con los requisitos legales pueden pensionarse conforme al régimen anterior al que se encontraban afiliados antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993.
Es importante resaltar que la aplicación del Régimen de Transición expiró en 2010, salvo para aquellas personas que al 22 de julio de 2005 tuvieran 750 semanas cotizadas. Para ellas, se conservarán las condiciones de transición hasta el año 2014
Así las cosas, para que una persona pueda beneficiarse del Régimen de Transición, debe:
a) pertenecer a dicho régimen
b) Tener 35 años, si es mujer, o si es hombre, 40 años antes del 1º de Abril de 1994;
c) tener más de 750 de servicio antes de julio de 2005.
a. El Régimen de Transición en el Régimen de Ahorro Individual
La Ley determinó la no aplicación del Régimen de Transición a quienes siendo beneficiarios del mismo se trasladaron al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad; por tanto, se les aplicarían todas las normas propias de dicho régimen . Es decir, en el Régimen de Ahorro individual con Solidaridad no hay reconocimiento de pensiones con Régimen de Transición. La Corte Constitucional determinó la protección de aquellas personas que estuvieran en el Régimen de Transición por tener 15 años de servicios o aportes al 1 de abril de 1994; para ellos permitió el retorno del Régimen de Ahorro Individual al Régimen de Prima Media para que se pensione en aplicación del Régimen de Transición. Para este caso estableció como requisitos:
a) Que traslade al ISS (hoy Colpensiones) todos los aportes pensionales (ahorro) que haya acumulado en su cuenta de ahorro individual.
b) Que el ahorro efectuado en el Régimen de Ahorro Individual, incluidos
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