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RESIDUOS INDUSTRIALES SÓLIDOS.


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2015  •  Informe  •  677 Palabras (3 Páginas)  •  295 Visitas

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RESIDUOS INDUSTRIALES SÓLIDOS.

RESIDUOS INDUSTRIALES SÓLIDOS.

Ricardo Andrés Ledezma Aguilera.

RISES, RILES Y EMISIONES GASEOSAS.

Instituto IACC

Domingo, 4 de octubre de 2015


Desarrollo

La primera normativa regulatoria que es aplicable a esta organización es el:

1.- Decreto Supremo 594: Este Decreto Supremo es un instrumento base, en el cual nos menciona sobre las condiciones sanitarias básicas y ambientales de los sectores de trabajo, agregando que en su párrafo III nos menciona sobre la disposición final de los residuos industriales líquidos (RILES) y solidos (RISES), en su artículo 20 nos informa lo siguiente:

“En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos”.

Por lo tanto en el caso de la organización es aplicable a totalidad en sus tres procesos (recolección, traslado y disposición final), ya que en el proceso se generan residuos industriales sólidos y en su disposición final también se generan, agregando que se debe presentar una declaración informando sobre las cantidades y calidad de RISES que se van a generar, quedando claramente identificado los residuos industriales peligrosos, ya que estos deben tener otro tratamiento más completo.

Existe una resolución que es aplicable a la organización si realiza sus funciones en Santiago la cual es:

2.- Resolución 5.081: Es una resolución que instaura un sistema de declaración y seguimiento de basuras o desechos sólidos industriales, mediante este documento se debe declarar todos los residuos sólidos industriales (RISES) que emergen de la organización la cual tiene sus funciones en la Región Metropolitana, también nos informa  que todas las organizaciones que generan y cumplen la función de receptoras de residuos industriales solidos (Región Metropolitana) deben enviar una carta dentro de 10 días hábiles de cada mes al Servicio  de Salud Metropolitano del Ambiente (SESMA) el cual debe tener un consolidado mensual indicando quien genera y quien destina, se debe identificar los desechos sólidos creados o que tienen recepción, dependiendo del caso.

Por lo tanto esta resolución es aplicable si la organización realiza su proceso en la Región Metropolitana.

Norma Chilena 2.190 no es aplicable ya que la organización

3.- Decreto Supremo 148: Aprueba el reglamento sanitario y nos menciona sobre el manejo de residuos peligrosos en sus líneas generales no informa lo siguiente:

a) Analizar y determinar mediante análisis las características físicas y químicas de los residuos peligrosos.

b) Separar y no mesclar los residuos peligrosos.

c) Envasar y etiquetar los recipientes.

...

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