Regimen fiscal
Enviado por luciaramonsa • 2 de Abril de 2020 • Apuntes • 1.968 Palabras (8 Páginas) • 106 Visitas
Suejtas/no sujetas/ exenciones
En el IRPF, si recibe ingresos, cualquier tipo de renta, ya estamos obligados a tributarlos. Si las rentas se derivan de una herencia, eso no se sujeta al IRPF, porque en ese casi cunado se recibe en herencia, se deberá pagar el impuesto de sociedades y donaciones (operaciones no sujetas).
Las exceciones son aquellos supuestos en los que se te exime de tributar. Puede haber excedencias totales o parciales.
La base imponible me dice la cuantía o el importe sobre el que yo voy a tributar. Puede venir determinada por un número de euros (términos monetarios), pero a veces son una unidad física, como el carburante (en litros). Hay 3 métodos de calcularlo:
- Estimación directa: sumamos todas las rentas que hemos cobrado.
- Estimación objetiva: me dan unos parámetros por ejemplo, en un bar, en función de los metros de barra y el número de mesas, de cara a la agencia tributaria.
- Estimación indirecta, se produce cuando es la agencia tributaria, que en función de la información que él tiene hace el cálculo de su renta.
La base liquidable. Hay ciertas acciones que si las hacemos, la agencia tributaria nos la va a recompensar fiscalmente, pagando menos, y en algunos casos supone diferir el pago del impuesto, que eso también es un beneficio fiscal.
Las reducciones, la ley me supone que por ciertos comportamientos nos van a reducir el pago del impuesto. Si hacemos aportaciones a planes de pensiones privados, me va a permitir reducirme la base sobre la que tributamos.
Gano 20.000 euros y de esos 20.000, 5.000 los meto en un plan de pensiones privados, reduzco la base sobre la que voy a tributar, que será 15.000 €.
La tarifa suele venir expresada en un porcentaje, que puede ser proporcional. Da igual la cantidad, que se paga el 21%. Puede ser una cantidad fija, o un porcentaje proporcional o un porcentaje progresivo o regresivo. Progresividad: cuanto mayor sea la renta del contribuyente, mayor será su aportación, propoprcionalmente.
11/09/19
El tipo medio es la tributación que yo hago en cada uno de los euros, en media, es cuanto se lleva la agencia tributaria (ctms) por cada uno de mis euro (es proporcional).
El tipo marginal es lo que tributa el ultimo euro de la base liquidable (solo aparece cuando es progresivo). Se trocean las rentas de los contribuyentes, y cada trrozo cotiza a un tipo diferente, la tarifa va aumentando. IRPF es el único progresivo.
El impuesto de sociedades es proporcional.
Para calcular el tipo medio hay muchas opciones,
Los contribuyentes hace en la liquidación cuando se abre el plazo, mayo/junio de 2020 del año que sea. Todas las rentas obtenidas desde enero 2019, hasta diciembre de 2019.
Tributo sobre la base imponible de todas las rentas que he obtenido. Según conseguía rentas me iban aplicando retenciones, y ya me han quitado esa parte de mis rentas para ingresarlo en la agencia tributaria, y si además soy empresario, a lo largo del año he ido a la agencia tributaria y he realizado los pagos fraccionados. La cuota diferencial es el último paso en el que la agencia me recuerda que a tengo en concepto del pago de IRPF 3000 euros, y por eso me devuelve, porque tiene algo de más de lo que debería. Es mejor que me salga a pagar, por si no la agencia tributaria ha dispuesto de 500 euros más que yo podría haber tenido en mi mano en su momento.
Las decisiones se toman sobre el tipo marginal y no sobre el tipo medio.
El tipo nominal es el que dice la ley, 20% en el IS. El tipo efectivo es el que está tributando el contribuyente (nominal = lo que dice la ley).
Diferencia entre nominal efectivo (el que verdaderamente e paga, gracias a las deducciones nunca pagamos el 20%). Y es cunado llevo a cabo la liquidación, sobre lo que marca la ley que dice que va a pagar va a pagar menos, porque siempre va a conseguir incluir beneficios fiscales. Tipo medio = tipo efectivo.
Escala de gravamen = rentas troceadas y cada una tiene un porcentaje diferente.
¿Todas las sociedades tributan igual? Nominalmente todas tributan lo mismo, pero el efectivo dependerá de sus actividades y lo que consiga de reducciones.
18/09/19
EJERCICIOS CON SOLUCCIONES PÁG. 24
1.- ¿Qué tipo de ingreso público piensa que podría utilizar una Administración Pública para financiar los siguientes gastos? Justifique su respuesta.
a) Servicio de ambulancia 🡪 precios públicos (concurrencia con el sector privado, no es coactivo), impuestos
b) Recogida de basuras. 🡪 Tasas (nos obliga a que se gestione ese servicio público, no hay concurrencia con el sector privado ya que son servicios que ofrece la administración)
c) Piscina en polideportivos municipales. 🡪 Precio público (hay concurrencia con el sector privado)
d) Servicio de bomberos. 🡪 Impuestos generales
e) Obras de acondicionamiento en una urbanización. 🡪 Contribuciones especiales
f) Pensiones de jubilación. 🡪 Impuestos, en el caso concreto cotizaciones a la seguridad social
g) Embajadas. 🡪 Impuestos
h) Emisión de certificados de antecedentes penales. 🡪 Tasas (nos obligan a tener ese certificado y solo nos lo puede dar la administración publico
i) Autorización de vado permanente. 🡪 Tasa por uso de dominio publico
j) Enseñanza universitaria. 🡪 Precio público (porque hay concurrencia del sector privado). Pagamos un precio publico por la matrícula y el resto se costea vía impuesto.
En el caso de los colegios públicos se paga por impuesto
2.- ¿Son o no tributos los siguientes pagos efectuados por un ciudadano? ¿Qué tipo de tributo son?
a) Pago anual al Ayuntamiento por tener instalado un quiosco en la vía pública. 🡪 si
b) Pago de la entrada a un museo municipal. 🡪 no, precio público
c) Pago exigido por un Ayuntamiento a los vecinos con inmuebles en una plaza, para financiar el gasto en ajardinamiento de dicha plaza. 🡪 si
d) Pago a la universidad Rey Juan Carlos por la matrícula en el máster en fiscalidad internacional. 🡪 no
e) Pago anual al Ayuntamiento de un residente que es titular de un automóvil. 🡪 si (es un impuesto, pago por circular)
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