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Requisitos axilio funerario y sustitucion pensional gobernacion de Nariño


Enviado por   •  31 de Enero de 2023  •  Informe  •  391 Palabras (2 Páginas)  •  273 Visitas

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REQUISITOS PARA TRAMITAR AUXILIO FUNERARIO ANTE LA SUBSECRETARIA DE TALENTO HUMANO DE LA GOBERNACION DE NARIÑO. Calle 19 No. 23 - 78

Solicitud dirigida a la Dra. JOHANNA VANESSA CORAL ALVARADO, Subsecretaria de Talento Humano, con indicación de Dirección de residencia del solicitante, celular y correo electrónico.

  1. Registro Civil de Defunción Original y fotocopia de cédula del pensionado fallecido.
  2. Fotocopia de cédula ampliada de quién demuestre haber sufragado los gastos funerarios.
  3. Facturas originales de los gastos funerarios a nombre del solicitante. (Tendrá derecho al cobro del Auxilio Funerario)
  4. Certificación de la Cuenta Bancaria del solicitante.

NOTA: Este trámite NO requiere de ABOGADO.

JOHANNA VANESSA CORAL ALVARADO

Subsecretaria de Talento Humano

REQUISITOS PARA TRAMITAR SUSTITUCION PENSIONAL ANTE LA SUBSECRETARIA DE TALENTO HUMANO DE LA GOBERNACION DE NARIÑO. Calle 19 No.23-78

  1. Solicitud dirigida a la Dra. JOHANNA VANESSA CORAL ALVARADO, Subsecretaria de Talento Humano, con indicación de dirección, de residencia del solicitante, celular y correo electrónico.
  2. Original del Registro Civil de Defunción y fotocopia de cédula del pensionado fallecido.
  3. Fotocopia de cédula del o los solicitantes
  4. Registro Civil de Nacimiento del y los solicitantes.
  5. Registro Civil de Matrimonio y/o Declaración extra-juicio del compañero(a) permanente en el que se indique tiempo de la convivencia.
  6. Certificación de la EPS, que demuestre su condición de beneficiaria(o) del pensionado fallecido.
  7. Autodeclaración de la esposa(o) o compañera(o), según el caso, rendida ante Notario público, indicando tiempo de convivencia y dependencia económica con el pensionado fallecido.
  8. Los hijos del pensionado fallecido deberán acreditar:

8.1. Si es menor de 18 años: Registro Civil de Nacimiento y Constancia de Estudios.

  1. Si es mayor de 18 años: Registro Civil de Nacimiento y Constancia de estudios (Bachiller, cada año y universitarios, semestralmente).
  2. Si es Discapacitado: Registro Civil de Nacimiento y Certificación actualizada (no inferior a 2 años), expedida por la Junta Regional de Calificación de Invalidez, en la que se indique el porcentaje de invalidez del solicitante. (JUNTA REGIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ. CARRERA 30 No. 8-111 BARRIO LAS ACACIAS T.7231970)
  3. Si la discapacidad impide el auto cuidado, el manejo y la administración de bienes, se debe adjuntar sentencia judicial que declare interdicto y designación de curador ad. Ítem.
  1. Dos declaraciones extra-juicio de testigos (diferentes a familiares), a quien les conste la convivencia y la dependencia económica entre el solicitante y el pensionado fallecido.

Nota: Este trámite NO requiere de abogado.

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