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Requisitos Del Matrimonio


Enviado por   •  2 de Julio de 2011  •  564 Palabras (3 Páginas)  •  1.565 Visitas

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Requisitos para contraer matrimonio.

• Acta de nacimiento original de ambos actualizadas.

• Análisis y certificado médico prenupciales de cada contrayente, con fotografía testada y firmada por el médico y sello del laboratorio, incluyendo la prueba del Sida (Con Vigencia de 15 días a partir de la fecha de expedición).

• Copia de la Cartilla Militar.

• Copia de la credencial de Elector de ambos.

• Fotocopia de la credencial de 4 Testigos mayores de 18 años de nacionalidad mexicana (Dos por cada contrayente).

• Hoja de solicitud de Matrimonio debidamente firmada por ambos.

• Pago de derechos correspondientes, se desglosan a continuación:

$2630.00 a domicilio

$114.00 en el registro civil

Requisitos para interponer una demanda de divorcio necesario.

Toda acción de divorcio por causa determinada se incoará por ante el Tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial en donde resida el demandado. Si dicho demandado no tuviere residencia conocida en el país se ejecutará por ante el de la residencia del demandante. Sin embargo es oportuno aclarar, que la Ley 50-00, de fecha 26 de julio del años 2002, establece un nuevo sistema de apoderamiento de los Tribunales, el cual no debe tomar en cuenta lo relativo a la residencia del demandado.

El demandante emplazará al demandado para que comparezca a la audiencia que el tribunal celebrará en la fecha y hora que indique el acto de emplazamiento o citación donde las partes presentarán documentos y testigos para probar sus alegatos. La audiencia tendrá lugar, comparezca o no el demandado y terminada la misma, el tribunal ordenará la comunicación del expediente al Ministerio Público para su dictamen a partir del cual el juez admitirá o no el divorcio, pronunciando públicamente la sentencia.

Toda sentencia de divorcio por causa determinada ordenará a cargo de cuál de los cónyuges quedarán los hijos comunes, pero el juez deberá atenerse a lo estipulado en el acuerdo suscrito por las partes, si lo hubiese. A falta de dicho acuerdo deberá limitarse a las reglas siguientes:

• Salvo contadas excepciones todos los hijos hasta la edad de cuatro años permanecerán bajo el cuidado y amparo de la madre;

• Los hijos mayores de 4 años quedarán a cargo del esposo que haya obtenido el divorcio, a menos que el tribunal apoderado, a instancia de parte interesada o del Ministerio Público, ordene que todos o algunos de ellos sean confiados al otro cónyuge o a una tercera persona.

• Cuando el divorcio se solicite en razón de que uno de los cónyuges haya sido condenado a una pena criminal, basta con presentar al tribunal una copia de la sentencia que condene al cónyuge, debidamente certificada y visada donde se certifique que dicha sentencia no es susceptible de ser reformada por ninguna de las vías legales ordinarias.

En

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