ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Resumen ley de los casinos Honduras


Enviado por   •  29 de Marzo de 2017  •  Resumen  •  825 Palabras (4 Páginas)  •  794 Visitas

Página 1 de 4

ASIGNATURA

Legislación turística

CATEDRATICA

ALUMNO

# CUENTA

 

HORA

7:00 a 7:50 am

San Pedro sula, Cortes 3 de julio del 2016


LEY DE CASINOS, JUEGOS DE ENVITE O AZAR

DECRETO NUMERO 488

EL JEFE DE ESTADO, EN CONSEJO DE MINISTROS

Que la Ley del Instituto Hondureño de Turismo declara de interés nacional la promoción, protección, desarrollo y explotación del turismo. Con el objeto de incrementar el desarrollo del turismo, el Artículo 51 de la Ley del Instituto Hondureño de Turismo, faculta al Poder Ejecutivo para autorizar el funcionamiento de casinos de juegos de envite o azar, conforme a la Ley que se emita al efecto.

La presente Ley establece las normas y regulaciones a que deberán sujetarse las personas naturales o jurídicas, que operen Casinos de Juegos de envite. Solamente los hondureños por nacimiento y las personas jurídicas constituidas de conformidad a las leyes del país, podrán solicitar al Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Cultura, Turismo e Información, licencias para operar casinos de juegos de envite o azar, siempre que reúnan los requisitos que se piden.

Las licencias se concederán por un período máximo de veinticinco (25) años, prorrogable por períodos de 5 años, el cual se empezará a contar a partir de la fecha en que se inicien las operaciones respectivas cuando ya hay obtenido la licencia deberá someter a conocimiento y aprobación de la Secretaría de Cultura, Turismo e Información, por lo menos con treinta días de anticipación al inicio de sus operaciones. La finalidad de los Casinos de Juegos de Envite o Azar, es la promoción del turismo extranjero, por lo tanto queda terminantemente prohibido admitir como jugadores a dichos centros, a quienes no acrediten mediante la presentación de su pasaporte, la calidad de extranjeros.

Los beneficiarios de una licencia para operar casinos de juegos de envite o azar, deberán pagar al Fisco en concepto de impuesto una suma anua, Los pagos se efectuarán en la Tesorería General de la República o en la dependencia recaudadora que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La supervisión y control de los jugadores a los Casinos de Juego de Envite o Azar, estará a cargo de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia

El titular de una licencia para operar casinos de juegos de envite o azar, tendrá derecho a la exoneración, Las exoneraciones indicadas en el presente artículo, serán otorgadas por el Secretario de Hacienda y crédito Público, previo Acuerdo emitido por el Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Cultura, Turismo e Información, oído el parecer de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb) pdf (75 Kb) docx (12 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com