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Revocatoria De Mandato


Enviado por   •  23 de Abril de 2014  •  4.704 Palabras (19 Páginas)  •  335 Visitas

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LA REVOCATORIA DEL MANDATO PRESIDENCIAL EN EL PARAGUAY

Eduardo González Báez

Escribo estas líneas a los efectos de que se deje de tergiversar realidades, especialmente de personas con tendencias políticas actualmente vigentes en la América del Sur, queriendo aseverar una supuesta falta de legitimidad soberana del pueblo en elegir a sus autoridades como también en revocarles el mandato si estas han perdido su legitimidad en el ejercicio de sus funciones, siendo esta una facultad exclusiva del “pueblo”, y por ello no tenemos porqué estar regidos en posiciones políticas por sus tendencias ideológicas actuales en ser serviles a estados vecinos y de la región. El Paraguay es libre y soberado desde la madrugada del 15 de mayo de 1811, ha soportado dos guerras internacionales, y una de ellas la más cruel y genocida de la región y quizás del mundo que la historia pueda recordar quizás, y cuya consecuencia arrojo la destrucción de prácticamente toda la población por el solo hecho de ser “paraguayos”, ya que fueron asesinados impunemente ancianos, heridos, quemados en hospitales, violaciones de mujeres, y el homicidio de niños, llegando incluso este país con los costos de la guerra, ya que así estaba establecido el sucio tratado secreto suscripto por Argentina, Brasil y Uruguay.

A pesar de esta terrible situación pudimos, mantenernos “Libres e Independientes”, por lo que la intromisión de estados extranjeros a asuntos netamente nacionales es un respeto que nos hemos ganado con sudor, sangre y la muerte de nuestros antepasados y que no debemos dejar que sean avasallados en memoria de los paraguayos y paraguayas que ofrendaron sus vidas en pos de esa libertad. Por ello, el hecho de que una decisión asumida constitucionalmente por uno de los poderes del estado, y aceptada por todos y principalmente por el afectado, no puede ser motivo para sanciones internacionales, porque como dije ya pagamos con sangre ese respeto, además de estar acostumbrado a un bloqueo constante en situaciones políticas y de amplia supuesta relación diplomática de la República Argentina, como de la República Federativa del Brasil.

A partir del año 1992 se ha optado por una forma de gobierno el cual se halla plasmada en nuestra Constitución Nacional en sus tres primeros artículos, y donde taxativamente en su artículo primero reza:

“DE LA FORMA DEL ESTADO Y DE GOBIERNO.

La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que se establecen esta Constitución y las leyes.

La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana”.

La soberanía nacional reside en el pueblo, y así lo establece en su artículo 2, y lo hace en estos términos:

“DE LA SOBERANÍA.

En la República del Paraguay y la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta Constitución”.

La forma del ejercicio del poder lo fija el artículo tercero, donde se establece un sistema de separación del mismo ejercido por el Legislativo, Ejecutivo, Judicial, con el recíproco control entre los mismos. Con esto queda demostrado que actuamos de manera totalmente soberana en nuestras decisiones internas, siendo los actos de gobierno de cualquiera de los poderes del estado, disposiciones que deben ser acatadas por los ciudadanos, sin importar las injerencias internacionales.

Todos aquellos que estudiamos en nuestras escuelas de derecho la materia de “Derecho Político” o “Teoría General del Estado”, y también los Politólogos sabemos que la legitimidad para llegar al poder se obtiene de un acto soberano del pueblo, el sufragio, a esto se lo denomina legitimidad de “origen”, para que la autoridad llegue al poder. Pero esta legitimidad de “origen” no es suficiente para que una vez llegado al poder este se mantenga, si no viene acompañado de una legitimidad en el “ejercicio” del poder, y si esta legitimidad no es cumplida idóneamente por el funcionario, el mismo debe ser separado del cargo, por no estar apto para continuar en el puesto, atendiendo a que el “interés general está sobre el particular”, y como decía Platón en la “República”, el poder debe ser ejercido por el más “apto”, no pudiendo ser ejercido por una persona que no sea capaz de seguir en el cargo, si no cumple con las funciones para lo cual obtuvo el “mandato del pueblo”.

El mecanismo para revocar los mandatos se encuentran establecidos en nuestro derecho positivo nacional, dependiendo del funcionario al cual su legitimidad en el “ejercicio” se vea cuestionada. Esa revocatoria de mandato por ejemplo en el Paraguay, con respecto al Presidente de la República se lo realiza por medio del “Juicio Político”, cuya figura la analizaremos a continuación.

Antes de adentrarnos en el tema de fondo, debemos entender primeramente que por la forma en que se ha diseñado la Constitucional Nacional vigente, el sistema elegido no es ni “Presidencialista” puro, ni tampoco uno “Parlamentarista” puro, sino se ha optado por un sistema hibrido, que si bien es cierto, produjo más errores que aciertos. Este sistema elegidos por los convencionales tenía como objetivo de evitar que todo el “Poder” sea concentrado en una sola persona, tal como era su predecesora la Constitución del año 1967, modificada en el año 1977, pero prácticamente basada en la forma de gobierno de la Constitución de año 1940, promulgada para el manejo en exclusiva del poder por parte del Ejecutivo, pensada, diseñada y dictada para un hombre del liberalismo el “Mariscal José Félix Estigarribia”. Es importante señalar que esto fue un intento para buscar una estabilidad política y social, y atendiendo a las constantes convulsiones surgidas por constantes sediciones, golpes de estado, repetidos posteriores a la “Guerra del Chacho”, pero lo que jamás pudieron prever sus proyectistas fue que el 7 de setiembre de ese mismo año, Estigarribia moriría en un accidente de aviación, y que de este instrumento constitucional creado para su mano dura sería utilizado por su predecesor Higinio Morinigo quien gobernó por ocho años, disolviendo el parlamento durante gran parte de su gobierno, y también utilizado por el Gral. Alfredo Stroessner hasta las constituciones promulgadas posteriormente.

De esta manera el sistema hibrido en el manejo del poder, especialmente entre el ejecutivo y el legislativo, no ha sido realmente practica debido a que en algunos casos, se superponen institutos o figuras propias

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