El Mandato Constitucional
Enviado por karlop • 5 de Septiembre de 2011 • 884 Palabras (4 Páginas) • 1.024 Visitas
El mandato constitucional
Definición Bloque de constitucionalidad
Según la Corte Constitucional (Sentencia C-225 de 1995), “El bloque de constitucionalidad está compuesto por aquellas normas y principios que, sin aparecer formalmente en el articulado del texto constitucional, son utilizados como parámetros del control de constitucionalidad de las leyes, por cuanto han sido normativamente integrados a la Constitución, por diversas vías y por mandato de la propia Constitución.
Son pues verdaderos principios y reglas de valor constitucional, esto es, son normas situadas en el nivel constitucional, a pesar de que puedan a veces contener mecanismos de reforma diversos al de las normas del articulado constitucional stricto sensu.
En tales circunstancias, la Corte Constitucional coincide con la Vista Fiscal en que el único sentido razonable que se puede conferir a la noción de prevalencia de los tratados de derechos humanos y de derecho internacional humanitario (CP arts 93 y 214 numeral 2º) es que éstos forman con el resto del texto constitucional un "bloque de constitucionalidad”, cuyo respeto se impone a la ley. En efecto, de esa manera se armoniza plenamente el principio de supremacía de la Constitución, como norma de normas (CP art. 4º), con la prevalencia de los tratados ratificados por Colombia, que reconocen los derechos humanos y prohíben su limitación en los estados de excepción (CP art. 93). (Ver gráfico 1.1.)
Objeto del bloque de constitucionalidad
Según sentencia T-568 de 1999: “El bloque de constitucionalidad se construyó para interpretar las normas que fijan el alcance de los derechos comprometidos, y el de la protección que les brindan, tanto las normas internacionales como los convenios incorporados a la legislación nacional, según lo establece el artículo 53 Superior. Es decir, el bloque de constitucionalidad se usó para los fines precisos que señala el artículo 93 de la Carta Política: para interpretar el alcance de los derechos consagrados en ella "de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia".
Prevalencia de los tratados internacionales sobre derechos humanos y derecho internacional humanitario en el orden interno colombiano
“(…) Como es obvio, la imperatividad de las normas humanitarias y su integración en el bloque de constitucionalidad implica que el Estado colombiano debe adaptar las normas de inferior jerarquía del orden jurídico interno a los contenidos del derecho internacional humanitario, con el fin de potenciar la realización material de tales valores”, (Sentencia C-225 de 1995); lo anterior implica que la legislación interna debe desarrollar los valores y principios pactados en las normas internacionales.
Interpretación del artículo 93 de la constitución política colombiana
Según la jurisprudencia colombiana (Sentencia T-568 de 1999), el artículo 93 de la Carta, ha sido interpretado por la Corte Constitucional, así:
"Ahora bien, conviene
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