Tribunal Constitucional
Enviado por JorgeVega • 31 de Agosto de 2011 • 6.569 Palabras (27 Páginas) • 953 Visitas
JUSTICIA CONSTITUCIONAL
PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DE UN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN MÉXICO
JORGE VEGA ARROYO
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
I. EL DESARROLLO DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL
Hacia un concepto de Justicia Constitucional
El órgano constitucional
Los sistemas de control constitucional
II. LOS PILARES DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL
Supremacía constitucional
El derecho a la supremacía constitucional
La jurisdicción constitucional
El Juez o Magistrado constitucional
Justicia constitucional y derechos fundamentales
Derecho procesal constitucional
III. LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN MÉXICO
IV. ELEMENTOS PARA LA PROPUESTA DE REFORMA
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
El tema de la justicia constitucional queda inscrito también en el panorama del respeto a los derechos fundamentales, pues dar garantía del respeto a los postulados constitucionales, es muestra de la certidumbre jurídica que deben gozar los habitantes de cada nación.
Como gran legado del jurista Hans Kelsen, diversos países del orbe han experimentado con éxito la actividad de un órgano autónomo vigilante de la Constitución y que dirime las controversias que se susciten entre los poderes del Estado de que se trate.
México cuenta con un sistema del control de la constitucionalidad, el cual se encuentra ubicado dentro del sistema difuso. Esto es así, por la influencia jurídica recibida por los vecinos del norte.
El propósito del presente documento es para sumarse a aquellas voces que plantean la creación de un órgano constitucional autónomo que se encargue de las cuestiones constitucionales.
En tal sentido y de manera muy general, se hace una exposición de los antecedentes que dan origen a los dos sistemas prevalecientes del control constitucional, el difuso o control americano, y el concentrado o control europeo.
Se expone también cuáles son los elementos básicos que identifican a estos sistemas, se hace alusión al concepto de justicia constitucional y de la importancia de la supremacía de los postulados constitucionales. También brevemente se hace un recorrido por las etapas que se han superado para establecer en México la justicia constitucional, para concluir en los algunas consideraciones que deben tenerse en cuenta para la reforma constitucional que logre el establecimiento de un autónomo tribunal constitucional
Jorge Vega Arroyo.
I. EL DESARROLLO DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL
El reconocido constitucionalista francés Louis Favoreu, ha señalado que en la actualidad no se concibe un sistema constitucional sin que haya un órgano o institución especializada para dar lugar a este control de la constitucionalidad. Afirma también que el desarrollo de la Justicia Constitucional es ciertamente el acontecimiento más destacado del derecho público del siglo XX, en el viejo mundo y quizás en el mundo entero . En el mismo sentido, Ferrajoli manifiesta que ésta es la conquista más importante del Derecho contemporáneo, esto es, la protección judicial de la dignidad de la persona y los derechos fundamentales .
Es a raíz de la importante obra la garantía jurisdiccional de la Constitución, el magistrado y jurista Hans Kelsen, en la que desarrolla el concepto del control de regularidad de la ley , como se introduce el concepto en la Constitución de Austria en 1920. Posteriormente, ese concepto fue robustecido en 1928 . Es conveniente citar que se trató de un control con dos rasgos, en virtud de los cuales resultaba necesario diferenciarlo del modelo norteamericano, el cual se estableció a través del criterio jurisprudencial en 1803, en el célebre caso Marbury vs. Madison, emitido por la Suprema Corte Federal de los Estados Unidos de América.
Por tanto, tenemos que la Justicia Constitucional comprendida como tal, es un producto de inicios de los años veinte del siglo pasado, que nace en Austria con un Tribunal Constitucional Especial. No obstante, cabe decir que la justicia constitucional se asienta con mayor firmeza en la etapa posterior a la segunda guerra mundial.
Es importante subrayar que en Europa no existía el concepto jurídico de Constitución, y por consecuencia, tampoco el relativo a la defensa jurídica de la Constitución. Nada hubo sobre el aspecto constitucional. Es a través de la obra de kelsen cuando se comienza a utilizar la expresión jurisdicción constitucional. En la Italia de 1955, con la obra de Mauro Cappelletti , es como se comienza con el análisis del control de constitucionalidad.
Kelsen argumentó que la justicia constitucional surge como un medio particularmente adecuado para llevar a cabo este sistema. La simple amenaza de recurso a un tribunal constitucional puede ser, en manos de la minoría, un instrumento para impedir a la mayoría violar inconstitucionalmente intereses jurídicamente protegidos, y, para oponerse eventualmente a la dictadura de la mayoría, que no es menos peligrosa para la paz social, que la de la minoría .
Este sistema, al cual se le denomina “sistema austriaco de control jurisdiccional de la constitucionalidad” o también conocido como “modelo Europeo”, se caracteriza por el hecho de que la justicia constitucional se confía a un órgano, en algunos casos estructuralmente independiente de las autoridades judiciales ordinarias y de su organización.
En el marco de su consolidación del sistema en el continente europeo, Don Manuel García Pelayo, expresidente del Tribunal Constitucional Español, lo vislumbró como un órgano regulador de la constitucionalidad de la acción estatal, destinado a dar plena existencia al Estado de derecho y a asegurar la vigencia de la distribución de poderes establecida por la Constitución, ambos componentes inexcusables del verdadero Estado Constitucional .
Hacia un concepto de Justicia constitucional
El ilustre jurista Fix-Zamudio ha señalado que resulta complicado establecer un concepto claro y preciso de la justicia constitucional, pero de manera aproximada se considera que la misma comprende los instrumentos que se han establecido de manera paulatina a partir del constitucionalismo clásico y que se han perfeccionado en el contemporáneo, con el objeto de
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