El Tribunal Constitucional
Enviado por kasova • 30 de Abril de 2013 • 4.736 Palabras (19 Páginas) • 354 Visitas
INTRODUCCIÓN
El Tribunal Constitucional cumple una función de suma importancia en nuestro país. Es innegable que estamos ante una institución pública que funciona bien y que goza del reconocimiento mayoritario de la ciudadanía. Una primera constatación, entonces, es que más allá de los discursos y de las discrepancias que podamos formular en relación con ciertos fallos, en términos generales, el Tribunal Constitucional en nuestro país viene cumpliendo una función de defensa y protección efectiva de los derechos constitucionales de los ciudadanos. Esto no es poca cosa, si tenemos en cuenta que hace menos de diez años salimos de una situación de caos político después de la huída de Fujimori de nuestro país, y después de un periodo signado por la sistemática violación de los derechos de la población, sobre todo en relación a la población rural. Si revisamos los fallos del Tribunal Constitucional de un tiempo a esta parte, advertiremos rápidamente un conjunto de sentencias que protegen y tutelan derechos constitucionales de la población. Contra el despido arbitrario, sobre el auxilio judicial para personas de escasos recursos, contra las ordenanzas municipales que establecen arbitrios públicos, contra las ordenanzas de la Municipalidad de Huarochirí que autorizaron el ingreso a Lima de combis, buses camión, acceso a la información pública, medicinas para enfermos del sida, sanción penal por dilación judicial, cierre de discotecas, ley de medio pasaje, atención de niños y gestantes por contaminación en la Oroya, secretismo judicial y control ciudadano, Ordenanzas Regionales que declaran patrimonio cultural a la hoja de coca y otros. También tenemos otras sentencias que reconocen nuevos derechos fundamentales como la objeción de conciencia, el derecho a la verdad y más.
Esta labor del Tribunal Constitucional no pasa desapercibida por el grueso de la población. Prueba de ello es el respaldo ciudadano que poco a poco viene ganando el Tribunal Constitucional como órgano de defensa y protección de los derechos constitucionales. Ello es significativo en un país como el nuestro, donde el escepticismo ciudadano es un deporte nacional, sobre todo si se trata de instituciones públicas muy trascendentales como el Congreso, la Policía y otras.
Si tenemos en cuenta que a través de los procesos constitucionales, cualquier persona puede quejarse y solicitar la tutela de sus derechos fundamentales a través de los jueces ordinarios y, en recurso extraordinario, ante el Tribunal Constitucional, podemos concluir que estos procesos, en los hechos, están convirtiendo a los ciudadanos en guardianes del la ley fundamental y de los derechos ciudadanos reconocidos por la constitución material y formal. Si bien es cierto que sin garantías jurídicas no hay Constitución propiamente dicha; podemos concluir también que sin un tribunal Constitucional íntegro y cumplidos no hay garantías constitucionales que valgan.
La gran mayoría de los ciudadanos no entiende mucho de los tecnicismos jurídicos del texto constitucional, por ello el Tribunal Constitucional con el renombre que viene alcanzando y con la eficacia de sus resoluciones es la llamada a hacer entender a la ciudadanía que el respeto a la Constitución nos diferencia de los regímenes autoritarios y dictatoriales y nos protege contra la autocracia pasada o futura.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional; se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301.
Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, que como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes o actos de los órganos del Estado no socaven lo dispuesto por ella. Interviene para restablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular.
El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un período de cinco años. No hay reelección inmediata.
ORGANIZACIÓN
Presidente del TC : Carlos Mesía Ramirez
vice-presidente del TC :Ernesto Sotero Alvarez Miranda
Magistrado del TC : Juan Francisco Vergara Gotelli
Magistrado del TC : César Rodrigo Landa Arroyo
Magistrado del TC : Ricardo Beaumont Callirgos
Magistrado del TC : Fernando Alberto Calle Hayen
Magistrado del TC : Gerardo Eto Cruz
FUNCIÓN
Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, contra las leyes o actos de los órganos del Estado que pretendiesen socavarlo; interviene para restablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular. El Tribunal o Corte Constitucional es aquel órgano especializado que tiene a su cargo, principalmente, hacer efectiva la primacía de la Constitución. Tiene la atribución de revisar la adecuación de las leyes, y eventualmente de los proyectos de ley y los decretos del poder ejecutivo, a la Constitución, realizando un examen de constitucionalidad de tales actos.
De acuerdo al modelo kelseniano, el Tribunal Constitucional actúa como un legislador negativo, pues carece de la facultad de crear leyes pero, pero en el caso de que entienda que una de las promulgadas vulnera lo dispuesto en la Constitución, tiene poder para expulsarla del ordenamiento jurídico, derogándola total o parcialmente.
Teorías más recientes, sostienen que la tarea del Tribunal Constitucional es ejercer una función jurisdiccional, resolviendo conflictos de carácter constitucional, que puede incluye la revisión de la actuación del poder legislativo, la protección de los derechos fundamentales y la distribución de competencias entre los poderes constituidos.
CORRESPONDE AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:
• Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad.
• Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento.
• Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a ley.
LOS PROCESOS CONSTITUCIONALES
El Código Procesal Constitucional, Ley Nº 28237, regula los procesos constitucionales previstos en los artículos 200 y 202 inciso 3) de la Constitución:
1. Proceso de Hábeas Corpus
2. Proceso de Amparo
3. Proceso de Hábeas
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