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SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y CONTROL DE GESTIÓN


Enviado por   •  23 de Octubre de 2022  •  Apuntes  •  359 Palabras (2 Páginas)  •  181 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN

 ESCUELA DE POSGRADO MAESTRIA DE GERENCIA PÚBLICA










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TÍTULO:

TRABAJO GRUPAL N°03

CURSO:

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y CONTROL DE GESTIÓN

INTEGRANTES GRUPO 3

YAFAC SERRANO ERICK JOEL

HINOJOSA SEQUEIROS JHON

OLIVERA MAMANI RUBEN

CARRILLO CONDE PAMELA MIRZA

MACHACA TACO LIZBETH

DOCENTE:

Mg. LEVA VIZCARRA DORA

FECHA: 08/10/2022

TACNA – PERÚ

INDICACIONES:

  1. Analizar el caso expuesto en el video e identificar la irregularidad. En mèrito a ello, exponga de forma resumida la “condición.
  2. ¿Existe un efecto? ¿cuál es? ¿Existe un perjuicio económico al estado? ¿Por qué?
  3. ¿Cuáles es el problema principal originado?

DESARROLLO:

  1. Condición:

No se cumplió por lo dispuesto por la ley de contrataciones del estado, ley del servicio administrativo atentando contra los bienes público y el bienestar de la población.

      Adquisición de movilidades para el serenazgo sin el equipamiento correspondiente para ponerlas operativas por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

  1. ¿Existe un perjuicio económico al estado? ¿Por qué?

            Existen 2 tipos de perjuicio:

  • Si hay perjuicio económico un activo se convertido en un pasivo al no estar en funcionamiento. no se cumplió con la finalidad publica de salvaguardar la integridad seguridad estabilidad la población metropolitana de lima.

  • Económico pues los robos, el vandalismo y la inseguridad en Lima ocasionan pérdidas económicas y horas de investigación policial y de juzgados de paz y otros derivados de estos actos delincuenciales.
  • De la imagen institucional de la MML: pues hay indicios conocidos por medios de comunicación de corrupción y de falta de acción con respecto a la delincuencia.    
  1. Problema principal:
  • Adquisición de movilidades para el serenazgo que no se pueden utilizar por falta de equipamiento (circulinas y sirenas), SOAT, placas de circulación y permisos correspondientes.
  • No se cumplió con el principio de publicidad ante el organismo de supervisor de contrataciones del estado, por medio del SEACE, en el momento que se presentó la necesidad; por el contrario se hiso publico tardíamente (un mes) lo configura una falta administrativa grave ya que los bienes se encontraban paralizados y sin sus complementos.
  • Se evadió el principio de   transparencia de la ley de contrataciones del estado N° 30225

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