SISTEMAS DE SALARIOS
Enviado por bybakin • 1 de Febrero de 2018 • Documentos de Investigación • 607 Palabras (3 Páginas) • 247 Visitas
SISTEMAS DE SALARIOS
SALARIO O SUELDO (Art. 88):
Es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos
SISTEMA SALARIAL:
Se refiere a un cúmulo de normas, criterios, cálculos y procedimientos técnico jurídicos, que los empleadores utilizan para pagar a los empleados por su trabajo.
SISTEMAS DE PAGO:
Es un elemento del sistema salarial, mediante el cual se mide la cantidad de trabajo rendido por un trabajador con una calidad determinada.
PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE REMUNERACIÓN
- Definir los puestos de trabajo
- Evaluación de puestos de trabajo
- Clasificación de puestos de trabajo
- Establecer una escala salarial
- Fijar un precio de los trabajos
- Explicar a los empleados en qué consiste el sistema
- Implementación y evaluación del sistema.
CLASES DE PAGO
Por la forma de cálculo (Art. 88)
a) Por unidad de tiempo (por mes, quincena, semana, día u hora);
b) Por unidad de obra (por pieza, tarea, precio alzado o a destajo), y
c) Por participación en las utilidades, ventas o cobros que haga el patrono;
d) Mixto (Decreto 37-2001) Bonificación Incentivo
Por la forma de pago (Art. 90)
- Salario en moneda
- Salario en especie (hasta el 30% campesinos o ventajas económicas)
Por su establecimiento
- Salario Mínimo (Art. 103)
- Salario Liberado (a Convenir entre las partes Art. 91)
PRESTACIONES LABORALES
1. INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO
FÓRMULA: (mensual)
(SD+ 1/12 Aguinaldo + 1/12 Bono 14) X T.R.L
SD = Salario Devengado = Salario Ordinario + extraordinario (durante los últimos 6 meses para cálculo de promedio mensual)
R.L. = Tiempo de Relación laboral
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículo. 82 C de T. Artículo. 9 Dto. 76-78, Artículo. 4. Dto. 42-92, Artículo. 90 último párrafo del Código de Trabajo.
2. VACACIONES
FÓRMULA:
SD ÷ 30 X DHC X TPP ÷ 365 DÍAS
SD = salario devengado (Ordinario + extraordinario de último año para efectos de cálculo del promedio)
DHC = días hábiles que correspondan
TPP = tiempo pendiente de pago en días
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículos 130 al 137 del Código de Trabajo, Artículo 82 literales “C” y “D” del Código de trabajo, Artículo 1o. Convenio 95.
3. AGUINALDO (Decreto 76-78 Ley reguladora del Aguinaldo)
FÓRMULA:
SO X TPP ÷ 365 DÍAS
SO = Salario Ordinario (ULTIMO AÑO PARA EFECTOS DE CÁLCULO DEL PROMEDIO)
TPP = tiempo pendiente de pago en días
FUNDAMENTO LEGAL:
Artículo 102 literal “J” Constitución de la República, Decreto 76-78 Ley reguladora del Aguinaldo, Artículo 1 Convenio 95. Artículo 88 literal “c” del Código de Trabajo.
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