SOCIOLOGÍA DE LAS PROFESIONES JURÍDICAS EN LA SOCIEDAD
Enviado por seaknoob • 28 de Octubre de 2013 • 5.557 Palabras (23 Páginas) • 2.332 Visitas
1. El Abogado y la regulación de su profesión
1.1 Definición de Abogado
La palabra abogado procede de la voz latina advocatus, que significa llamado. Esto se remonta a la Roma primitiva en la que ante un conflicto de relevancia o de muy compleja resolución, se solía llamar a las personas que tenían un profundo conocimiento del derecho para consultarles al respecto. Actualmente podríamos decir, que es el profesional que con título legítimo ejerce la abogacía por escrito o de palabra bien sea en el ámbito privado como en el público. Su oficio requiere de dedicación al estudio de las disciplinas que impliquen la defensa del derecho, de la libertad y de la justicia.
1.2 Competencias del Abogado
Como sus principales competencias están comparecer en juicio en nombre de su representado, protocolizar o dar curso a escrituras contentivas de actos traslativos o declarativos de la propiedad de bienes, títulos supletorios, documentos relativos a constitución o liberación de gravámenes, contratos de cualquier naturaleza, poderes o documentos que deban inscribirse en el registro de comercio, declaraciones de herencia, visados de documentos redactados en el extranjero con el fin de que surtan efecto en Venezuela, fungir como corredor o contador con carácter público, interpretes, peritos y/o depositarios.
1.3 Normas que regulan la profesión del Abogado
La profesión de Abogado y su ejercicio se regirá por la Ley del Abogado y su reglamento, el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano y cualquier otro reglamento interno que dictare la Federación de Colegios de Abogados, según el título I artículo 1 de la Ley de Abogados.
a) Ley de Abogados
Aunque precede a la Constitución no la contraviene. Y está estructurada en 8 títulos y cada uno
comprende lo siguiente:
• Titulo I: Disposiciones Generales: en esta parte se contemplan las premisas o normas básicas que le sirven de base o marco al resto del contenido de la ley y en él se establece las distintas normas jurídicas que rigen la profesión, las competencias.
• Titulo II: Del ejercicio de la profesión de abogado: aquí se abordan aspectos tales como la obligatoriedad de la colegiatura y todo lo relacionado a ella y de las inhabilitaciones para el ejercicio de la abogacía.
• Titulo III: De los deberes y derechos del abogado: como puede suponerse en este título encontramos todas las obligaciones que tiene un abogado en el ejercicio de sus funciones así como lo relacionado a sus honorarios.
• Titulo IV: Del ejercicio ilegal de la profesión: está compuesto por 2 artículos donde se especifica los casos en que es considerado ilegal el ejercicio de la abogacía y el procedimiento a aplicar a este respecto.
• Titulo V: De los organismos profesionales: consta de 3 secciones; La primera sobre los colegios y sus delegaciones; la segunda en cuanto la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela y por último la correspondiente a los Tribunales Disciplinarios del procedimientos y de la sanciones.
• Titulo VI: De la previsión social del abogado: podemos encontrar todo lo referente al objeto, composición, patrimonio, reglamentos, etc. del Instituto de Previsión Social del Abogado.
• Titulo VII: Disposiciones Transitorias: aquí se plasma todas aquellas condiciones y lapsos que se deben observar hasta la completa entrada en vigencia de ésta Ley.
• Disposiciones Finales: Puntualiza lo referente al paso del patrimonio del antiguo Montepío de Abogados al Instituto de Prevención Social del Abogado; la promulgación del reglamento de esta ley por parte del Ejecutivo Nacional y finalmente se deroga al anterior Ley de Abogados.
b) Reglamento de la Ley de Abogados
Regula y puntualiza la aplicación de la Ley de Abogados con la intención de cubrir cualquier aspecto que no haya sido expresamente definido en la mencionada Ley, minimizando así el riesgo de interpretaciones contrarias.
c) Código de Ética Profesional
Este instrumento jurídico sancionado el 03 de agosto de 1985, por el Consejo Superior de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, tiene por objeto optimizar el ejercicio de la abogacía y estimular su vocación de servicio.
En ellas se contemplan aspectos de obligatorio cumplimiento que van desde: la
defensa de la dignidad del abogado, la solidaridad para con otros colegas, así como el rechazo de la competencia desleal entre los mismos, también se refiere al trato preferencial que debe recibir todo profesional del derecho en los organismos públicos en el ejercicio de sus funciones, las sanciones por conductas indecorosas, exige la diligencia y puntualidad del abogado; rechaza: las citas inexactas, el uso de recursos que entorpezcan el proceso; recomienda: la propiciación de conciliaciones y acuerdos justos, el establecimiento de contrato de honorarios y enfatiza la obligación de la defensa gratuita de los pobres.
2. Sistema de Justicia y Sociedad
2.1 Justicia social
La justicia social sólo puede definirse a partir del hecho concreto de la injusticia social. Algunos estudiosos, sostienen que el concepto justicia social se corresponde con la justicia distributiva de Aristóteles, en tanto que la noción de justicia conmutativa del estagirita, corresponde a la idea clásica de justicia, en la sociedades modernas. Entre los temas que interesan a la justicia social se encuentran la igualdad social, la igualdad de oportunidades, el Estado de bienestar, la cuestión de la pobreza, la distribución de la renta, los derechos laborales y sindicales, etc. En 2007, las Naciones Unidas proclamaron el 20 de febrero de cada año, como Día Mundial de la Justicia Social
2.2 Origen y evolución del concepto
Históricamente el concepto de justicia social aparece relacionado al conflicto que en el siglo XIX se llamó la "cuestión social", es decir, el creciente malestar y reclamo de los trabajadores que fue creciendo en importancia en todo el mundo a partir de la instalación del capitalismo. Luigi Taparelli asevera que “la justicia social debe igualar de hecho a todos los hombres en lo tocante a los derechos de humanidad”.
Taparelli, considerado uno de los fundadores de la doctrina Social de la Iglesia, creó el término para aplicarlo a los conflictos obreros que se extendieron a raíz del establecimiento del
...