Sociología Juridica
Enviado por denissss • 10 de Julio de 2013 • 954 Palabras (4 Páginas) • 335 Visitas
La Sociología Jurídica o Sociología del derecho; Es una rama de la sociología general, cuyo objeto es el estudio de los fenómenos sociales que se refieren al derecho.
El fundador de esta disciplina lo fue el gran jurista Eugene Ehrlich, quien nació Czrnowitz, en ese tiempo parte de los antiguos territorios del desaparecido Imperio Austro-Húngaro, y que hoy pertenecen a la republica de Ucrania.
Ehrlich tuvo la idea de que: " El centro de gravedad del desarrollo del derecho, no reside en la legislación, ni en la ciencia jurídica, ni en la jurisprudencia, sino en la sociedad misma". Siendo los fenómenos jurídicos fenómenos sociales, dondequiera que la sociología jurídica perciba la existencia de algún tipo de derecho, estará ahí para investigar ese fenómeno, como fenómeno social jurídico.
Ehrlich entendió que: " La idea esencial en Sociología Jurídica es la existencia de un orden social pacifico y espontáneo, no contencioso, que se forma por un libre arreglo de las voluntades individuales o colectivas, y que aunque. Por lo regular surgen conflictos, estos se resuelven en buena parte, sin necesidad de recurrir a normas abstractas, al través de la apreciación de la justicia del caso.
Causas y efectos de los discursos:
Lo importante es establecer una diferencia clara entre los discursos, la causa y la eficacia, el derecho esta constituido por un conjunto de discurso prescriptivo dirigido a determinar la conducta de los ciudadanos.
La cuestión de la precedencia de la ciencia jurídica respecto de la socióloga del derecho:
Es proporcionado por la ciencia dogmática del derecho o jurisprudencia normativa, la ciencia jurídica tiene por objeto la descripción, aclaración y sistematización de esas normas.
KELSEN, quiso que la ciencia estuviera desvinculada de la política, considera que la interpretación del derecho caía dentro del campo político y no de la ciencia. Interpretar es tanto como producir una norma o abogar por la producción de una y eso es acción política.
Las normas como objeto de la sociología del derecho:
Se ocupa de fenómenos sociales empíricamente verificables, no puede renunciar al intento de explicar el ser así de las normas, esto es intentar explicar –porque- ordenan o permiten esa conducta y no otra cualquiera. Las normas si son objeto de la sociología del derecho.
Hechos o ideas:
Hecho es el acto de producir una norma; ideas, es el significado de un contenido cualquiera de la conciencia, las ideas no son hechos, esta diferencia ha motivado una abundante literatura.
Las relaciones sociales como causa de las normas:
Son vistas como referencia del discurso jurídico la distancia entre el discurso jurídico y las relaciones sociales, constituye un motivo de reflexión, la sociología jurídica se refiere al efecto que las normas que tienen sobre la conducta de los ciudadanos las relaciones sociales causan el ser así de las normas.
Relaciones sociales e ideologías del productor de normas:
La causa del contenido de las normas no son las relaciones sociales, sino la ideología del legislador, pueden
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