Se entiende por Derecho de Sucesiones o Derecho Hereditario el conjunto de normas y principios jurídicos que gobiernan la transmisión del patrimonio que deja una persona
Enviado por kpzzuti • 7 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 701 Palabras (3 Páginas) • 329 Visitas
[pic 1]
[pic 2][pic 3]
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la Educación Superior
UNIVERSIDAD RÓMULO GALLEGOS
Aldea “JOSE LAURENCIO SILVA”
[pic 4]
La constituyente
Vencedores:
Anna Yris Capezzuti
Angélica Álvarez
INTRODUCCION:
Se entiende por Derecho de Sucesiones o Derecho Hereditario el conjunto de normas y principios jurídicos que gobiernan la transmisión del patrimonio que deja una persona que fallece a la persona o a las personas que le suceden. Por tanto, la sucesión hace referencia al cambio en la titularidad de una relación jurídica de carácter patrimonial. Lo anterior significa, que el nuevo titular de dicha relación no la adquiere o asume a titulo originario sino a titulo derivativo
Derecho Hereditario:
Es el que se encarga de regular la transmisión de los bines de una persona a otra con ocasión de la muerte.
El Derecho Hereditario o Derecho Sucesoral ,ART 807 C.C, es el conjunto de normas y principios jurídicos que gobiernan la transmisión del patrimonio que deja una persona que fallece, a la persona o personas que le suceden ART,822 C.C este constituye parte del Derecho Civil, encontrándose en el Código Civil vigente, casi la totalidad de las normas que lo rigen, sin embargo también existen algunas disposiciones sobre esta materia, en ciertas leyes especiales.
Este concepto nos lleva a una explicación, a un motivo y es que los bienes se transmiten de una a otra persona por diversos motivos, más exactamente, los bines que se adquieren en distintas formas, y aquí tenemos un adquisición, la originaria y la derivada.
ORIGINARIA: Seria aquella donde la persona adjudica el título de propiedad sobre un objeto sea un bien mueble o inmueble y lo hace de forma originaria, es decir, que no hay nadie que le haya trasmitido esa propiedad.
DERIVADA: Son bienes que se están adquiriendo de manos de otra persona que no las está transmitiendo, y allí encontramos 2 vias para poder lograr esa adquisición de la propiedad:
1ra) seria por actos vivos y allí estaríamos aplicando la teorio general de los contratos ART. 1133 C.C
2da) seria por mortis causa que es por el motivo de la muerte de una persona.
El Patrimonio:
El patrimonio es uno de los conceptos básicos del derecho civil y tiene interés tanto desde el punto de vista teórico, como desde el punto de vista práctico, porque se relaciona con muchas instituciones del derecho privado.
Existen diversas y variadas acepciones del concepto de "patrimonio", que va desde el concepto jurídico estricto, pasando por el contable y económico hasta llegar a conceptos calificados como patrimonio cultural, patrimonio de la humanidad, patrimonio colectivo, corporativo etc.
...