Secretaria De Relaciones Exteriores
Enviado por alejandratmz • 24 de Noviembre de 2012 • 2.875 Palabras (12 Páginas) • 1.384 Visitas
LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
Derecho Internacional Público.
[Escriba el nombre del autor]
LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, GENERALIDADES.
La Secretaría tiene a su cargo las atribuciones y el despacho de los asuntos que expresamente le encomiendan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Ley sobre la Celebración de Tratados y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes relativos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
FACULTADES.
I. Ejecutar la política exterior de México;
II. Promover, propiciar y coordinar las acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de conformidad con las atribuciones que a cada una de ellas corresponda;
III. Dirigir el Servicio Exterior Mexicano, e
IV. Intervenir en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones de los que el país sea parte.
Estas son las actividades que le corresponden al Secretario y que no son delegables, sin embargo, es posible que para una mayor eficacia en el desempeño de sus diversas facultades el Secretario designe facultades a sus servidores públicos subalternos.
Los acuerdos de la delegación de facultades deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación y ser compilados en los manuales de organización y de procedimientos de la Secretaría.
FUNCIONES DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES EN RELACION AL SERVICIO EXTERIOR.
Las funciones que desempeña la Secretaría de Relaciones Exteriores son las siguientes:
Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la administración pública federal; y sin afectar el ejercicio de las atribuciones que a cada una de ellas corresponda, conducir la política exterior, para lo cual intervendrá en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones en los que el país sea parte.
Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y, por conducto de los agentes del mismo servicio, velar en el extranjero por el buen nombre de México; impartir protección a los mexicanos; cobrar derechos consulares y otros impuestos; ejercer funciones notariales, de Registro Civil, de auxilio judicial y las demás funciones federales que señalan las leyes, y adquirir, administrar y conservar las propiedades de la Nación en el extranjero.
Capacitar a los miembros del Servicio Exterior Mexicano en las áreas comercial y turística, para que puedan cumplir con las responsabilidades derivadas de lo dispuesto en la fracción anterior.
Intervenir en lo relativo a comisiones, congresos, conferencias y exposiciones internacionales, y participar en los organismos e institutos internacionales de que el gobierno mexicano forme parte.
Intervenir en las cuestiones relacionadas con los límites territoriales del país y aguas internacionales.
Guardar y usar el Gran Sello de la Nación.
Coleccionar los autógrafos de toda clase de documentos diplomáticos.
Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban producirlos en la República.
Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.
Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, la Secretaría contará con los servidores públicos y unidades administrativas siguientes:
Secretario
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
Subsecretaría para América del Norte
Subsecretaría para América Latina y el Caribe
Subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos
Oficialía Mayor Unidad de Coordinación Jurídica e Información Documental
Unidad de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional
Consultoría Jurídica
Coordinación General Plan Puebla-Panamá
Direcciones Generales:
De Protocolo
De Coordinación Política
De Comunicación Social
De Asuntos Culturales
Para América del Norte
De Protección y Asuntos Consulares
Para América Latina y el Caribe
De Organismos y Mecanismos Regionales Americanos
Para Temas Globales
Del Acervo Histórico Diplomático
Para África y Medio Oriente
Para Asia-Pacífico
Para Europa
Para el Sistema de las Naciones Unidas
De Derechos Humanos y Democracia
De Organismos Económicos Regionales y Multilaterales
De Promoción Económica Internacional
De Relaciones Económicas Bilaterales
De Cooperación Técnica y Científica
Del Servicio Exterior y de Personal
De Programación, Organización y Presupuesto
De Asuntos Jurídicos
De Bienes Inmuebles y Recursos Materiales
De Delegaciones
De Comunicaciones e Informática
Desconcentración administrativa:
Las Delegaciones La Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas México-Estados Unidos de América
La Sección Mexicana de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas México-Guatemala y México Belice
El Instituto Matías Romero
El Instituto de los Mexicanos en el Exterior
La Secretaría contará con un Órgano Interno de Control.
SERVICIO EXTERIOR MEXICANO
El Servicio Exterior Mexicano es el cuerpo permanente de funcionarios del Estado, encargado específicamente de representarlo en el extranjero y responsable de ejecutar la política exterior de México, de conformidad con los principios normativos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Servicio Exterior depende del Ejecutivo Federal. Su dirección y administración están a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en lo sucesivo denominada la Secretaría, conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a los lineamientos de política exterior que señale el Presidente de la República, de conformidad con las facultades que le confiere la propia Constitución.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal mantendrán coordinación con la Secretaría para el ejercicio de acciones en el exterior.
LEGISLACION APLICABLE
...