Ministerio De Relaciones Exteriores Guatemala
Enviado por drinky06 • 9 de Marzo de 2013 • 2.311 Palabras (10 Páginas) • 944 Visitas
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
El Ministerio de Relaciones Exteriores es el ente encargado de la formulación de las políticas y aplicación del régimen jurídico a las relaciones internacionales del Estado de Guatemala con otros Estados, siendo dependencia del Organismo Ejecutivo. El Ministerio de Relaciones Exteriores puede otorgar también la nacionalidad guatemalteca, vela porque se cumpla la Ley de Migración, demarca y preserva los límites del territorio nacional, negocia y resguarda los tratados y convenios internaciones, defiende los intereses del país, entre otras funciones que tiene y se le es asignado por la Ley del Organismo Ejecutivo y otras leyes del país; actualmente forma parte del Sistema Nacional de Seguridad.
El Ministerio de Relaciones Exteriores es la dependencia del Organismo Ejecutivo, bajo la dirección del Presidente de la República, a quien, según la Ley del Organismo Ejecutivo, corresponde “la formulación de las políticas y la aplicación del régimen jurídico relativo a las relaciones del Estado de Guatemala con otros Estados y personas o instituciones jurídicas de derecho internacional”.
FUNCIONES:
De acuerdo con “Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala” (2003), sus funciones son:
- Coordinar, analizar, apoyar y dar seguimiento a la negociación de convenios comerciales, de inversiones; de préstamos; de turismo, medio ambiente, de transporte; de comunicaciones; de ciencia y tecnología; de integración económica; de trabajo; de integración de bloques extraregionales; de energía; de propiedad industrial e intelectual y cooperación internacional técnica y financiera; de educación y capacitación, y otros relacionados.
- Dirigir y coordinar las relaciones bilaterales o con organismos multilaterales de áreas señaladas en la literal anterior, siempre que la representación del país no corresponda por ley a otro Ministerio o entidad de Gobierno, en cuyo caso participará en apoyo al mismo.
- Otras relacionadas con el desarrollo económico, científico-tecnológico y ambiental y con el proceso de globalización económica.
- Coordinar, analizar, apoyar y dar seguimiento a la negociación de convenios de carácter político; geopolítico; de derechos humanos; sobre Belice; integración política centroamericana; acuerdos de integración o cooperación social, cultural artística, deportivos, sobre aspectos étnicos, religiosos y lingüísticos; derecho internacional, litigios internacionales; límites y fronteras; migración; drogas; terrorismo; seguridad ciudadana; soberanía; salud, vivienda y asentamientos humanos; de población; seguimiento y apoyo a mecanismos de implementación de acuerdos derivados de conflictos, y otros relacionados.
- Dirigir y coordinar las relaciones bilaterales o multilaterales de carácter político, social, cultural y de las otras áreas señaladas en la literal anterior, siempre que la representación del país no corresponda por ley a otro Ministerio o entidad de Gobierno, en cuyo caso participará en apoyo al mismo.
- Otras relacionadas con el desarrollo político, social, cultural y con el proceso de globalización política.
- Atender lo relacionado con información y comunicaciones internacionales de carácter oficial.
- Estudiar y analizar el desenvolvimiento de los acontecimientos políticos, económicos, ambientales, comerciales y financieros a nivel de países, multilateral y globalmente.
- Preparar las propuestas de doctrinas y principios de la política exterior en sus diversos campos, así como, políticas y estrategias de acción.
- Programar, monitorear y evaluar las actividades sustantivas y financieras del Ministerio, de corto, mediano y largo plazo.
- Evaluar el desempeño del servicio exterior, sustantiva y administrativamente.
- Sugerir y diseñar programas de capacitación del personal del Ministerio.
- Otras que tiendan a facilitar la acción ágil, eficiente y eficaz del Ministerio.
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA:
También de acuerdo con “Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala” (2003), su estructura administrativa está formada así (solamente se incluyen los puestos primarios):
1. Nivel Superior: Despacho Ministerial, Gabinete del Despacho Ministerial, Despachos Viceministeriales (Gabinete de los Despachos Viceministeriales) y Consejo de la Cancillería.
2. Nivel de Asesoría y Planeamiento, a cargo de las funciones de apoyo técnico
3. Nivel de Control, a cargo de la función de Control Interno:
4. Nivel de Ejecución, a cargo de las funciones sustantivas
5. Nivel de Coordinación, a cargo de las funciones administrativas
6. Misiones en el Exterior: Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes ante Organismos Internacionales y Misiones Consulares.
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES:
El Ministro de Relaciones Exteriores (que también es conocido como Canciller) es la autoridad superior y en consecuencia el funcionario de mayor jerarquía del Ministerio de Relaciones Exteriores, a quien le corresponde cumplir y desarrollar las funciones que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo, la Ley Orgánica del Servicio Diplomático de Guatemala, su Reglamento, los tratados, convenios, y cualquier arreglo internacional de los cuales Guatemala sea parte y demás leyes vigentes (“Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala”, 2003).
Es, además, el rector de las políticas públicas correspondientes a las funciones sustantivas del Ministerio de Relaciones Exteriores y los Viceministros que le apoyan para el cumplimiento de su función. Asimismo, es el responsable de la formulación y ejecución de las políticas y de la aplicación del régimen jurídico inherente a las relaciones del Estado de Guatemala con otros Estados y personas o instituciones jurídicas de derecho internacional (“Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala”, 2003).
Para los asuntos propios de su ramo, tiene autoridad y competencia en toda la República y en las misiones diplomáticas acreditadas ante otros Estados, ante organismos internacionales y otros sujetos internacionales, así como en las misiones consulares de Guatemala acreditadas en el extranjero; es responsable de sus actos de conformidad con la Constitución Política y las leyes del país (“Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala”, 2003).
El Ministro se reputará como en falta temporal, cuando se encuentre fuera del territorio de la República o imposibilitado por enfermedad u otra incapacidad para el ejercicio de sus funciones. En estos casos lo sustituirá el Viceministro con mayor
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