Seguridad Social En Venezuela
Enviado por arimendez • 29 de Mayo de 2012 • 3.859 Palabras (16 Páginas) • 1.585 Visitas
TEMA 5
EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
INTRODUCCIÓN
a.- EL CARÁCTER DE LA LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD
SOCIAL:
• ALCANCE DE LOS DERECHOS REGULADOS
b.- EL DESARROLLO LEGISLATIVO:
• COMPLEJIDAD JURÍDICA
CONCLUSIONES GENERALES
BIBLIOGRAFIA CONSULTADA
INTRODUCCIÓN
En la nueva Ley Orgánica de Seguridad Social, la seguridad social "es un derecho humano" y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad y a los términos establecidos la Constitución y la leyes venezolanas.
La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS), sancionada por la Asamblea Nacional, en su sesión del 06-12-2002, promulgada y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.600, de fecha 30-12-2002, deroga la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (LOSSSI, 1997) y las reformas sucesivas hechas durante los años 1999, 2000, 2001 y 2002. La LOSSS constituye el desarrollo inmediato del artículo 86 de la Constitución de la República, que consagra el derecho de toda persona a la seguridad social.
Esta Ley es el resultado de grandes esfuerzos, realizados en un ambiente político, social y económico sumamente convulso y conflictivo, lo cual influyó para que la consulta popular resultara muy tímida, parcial y circunscrita a muy pocos sectores de opinión y actores de la vida nacional. Su aprobación, sin mayor consenso parlamentario ni alborozo por parte de la opinión pública del país, pasó desapercibida.
Es posible que la Ley tenga efectos en el mejoramiento de la calidad de vida y bienestar social de la población venezolana, pero ello depende de su cabal y efectiva aplicación; ya que ella se perfila, desde el punto de vista legal, como el eje vertebrador de la política social del Estado venezolano. Sus aspectos positivos y negativos deberán ser apreciados por los distintos sectores de población según mejore o desmejore su actual situación previsional; pero, no existe duda, que el espíritu, propósito y razón que la anima es la protección social de todos los habitantes de la República.
a.- EL CARÁCTER DE LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD
SOCIAL:
• ALCANCE DE LOS DERECHOS REGULADOS
Antes de señalar los alcances de La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social definiremos el concepto de SEGURIDAD SOCIAL:
"Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos".
Alcances de los Derechos Regulados:
La Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes de la República, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo ser humano.
La Seguridad Social debe velar porque las personas que están en la imposibilidad sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados o servicios"
En el artículo 86 de la Constitución Nacional se establece que toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y la protección ante las contingencias, artículo además enmarcado dentro del Capítulo referente a los derechos sociales y de las familias.
Los artículos 83,84 y 85 establecen el derecho a la salud y la creación de un sistema público nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que se enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.
El Sistema de Seguridad Social Integral lo conforman los siguientes subsistemas que, sin perjuicio de su autonomía, actuarán coordinadamente:
a) Subsistema de Pensiones;
b) Subsistema de Salud;
c) Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral;
d) Subsistema de Vivienda y Política Habitacional; y
e) Subsistema de Recreación.
SUBSISTEMAS
SUBSISTEMA DE PENSIONES
El Subsistema de Pensiones tiene por objeto la cobertura de las contingencias de invalidez, vejez, muerte, asistencia funeraria, nupcialidad y sobrevivencia.
El Subsistema de Pensiones es único y lo conforman dos (2) regímenes: el de Capitalización Individual y el de Solidaridad Intergeneracional, en los cuales participan, de acuerdo con sus ingresos, todos los contribuyentes.
Para este Subsistema se crean los Fondos de Capitalización Individual, con el objeto de otorgar a los afiliados una pensión cuya cuantía dependerá del monto acumulado de los aportes en la cuenta individual del afiliado y del producto que le corresponda por el rendimiento de las inversiones realizadas, los Fondos de Capitalización Individual son propiedad de los afiliados y sus patrimonio es independiente y distinto del patrimonio de las Instituciones que los administran, su administración estará a cargo de Instituciones que determine la ley del Subsistema de Pensiones y el Fondo de Solidaridad Intergeneracional cuyo objeto es complementar hasta la pensión mínima vital, a quienes habiendo contribuido en el Subsistema de Pensiones, el acumulado de su cuenta, no alcance el monto de aquélla.
El mismo será financiado por las cotizaciones de los empleadores y por los aportes del Ejecutivo nacional y estará a cargo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). La Ley
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