ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Seguridad social. Epoca precolombina y colonial


Enviado por   •  8 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  7.519 Palabras (31 Páginas)  •  798 Visitas

Página 1 de 31

[pic 1]

TRABAJO DE 2 PARCIAL  PARCIAL

LIC .JORGE LUIS BLANC NOYOLA NOMBREC : ANA PATRICIA ÁLVAREZ CARRANZA

[pic 2]08 DE ABRIL- 2016[pic 3]


INTRODUCCIÓN

Por una parte, en México hoy en día ser policía no es un “proyecto de vida”. Las reformas legales orientadas a profesionalizar los cuerpos policiales parecen ignorar la precariedad de las condiciones laborales. Como bien lo señala elofrecer un proyecto de vida atractivo a las y los elementos de las corporaciones policiales es indispensable para elevar la calidad, la eficiencia y la eficacia en el combate a la inseguridad.   De esta suerte, es preciso que todas las personas que laboran en las policías tengan las condiciones de trabajo mínimas: estabilidad, salarios dignos, prestaciones que les permitan acceder a un patrimonio, seguridad social. Además, es necesario que  se reconozca el peligro al que están sometidos y sometidas, y que se valore su desempeño tanto como se valora la seguridad pública en sentido genérico. Lo anterior debe materializarse en condiciones laborales tales como seguro de gastos médicos mayores, seguro de vida complementaria, vacaciones terapéuticas, centros de recuperación física, servicios de atención psicológica, entre otros. No sobra señalar que la inestabilidad y los bajos salarios colocan a las y los policías en la tentación de unirse al crimen organizado y estimulan la corrupción como mecanismo alternativo para incrementar los ingresos, facilitar la permanencia e, incluso, ascender. Por otra parte, la mala calidad y escasez del equipo, adicionado a la poca profesionalización y el regular estado de salud de las y los policías, debilitan notablemente la eficacia y eficiencia para combatir la inseguridad. A este respecto, es indispensable que todos los cuerpos policiales del país cuenten con los recursos materiales y tecnológicos que les permitan desarrollar sus labores eficientemente y con el menor riesgo posible para su integridad física. En el mismo tenor, debe aplicarse la carrera policial, brindando opciones reales de profesionalización a las y los integrantes de las instituciones policiales, así como estímulos vinculados con su rendimiento, permanencia y eficacia.  

DESARROLLO

Al iniciar a leer el libro Según Barrios de Angelis el objeto de la gestión del ombudsman puede apreciarse, como el objeto del proceso jurisdiccional en sus diversos aspectos: existencial, esencial, gnoseológico y económico.

El objeto existencial. Es la realidad que, en su caso, el ombudsman procesa, somete a su actividad transformadora. El concepto de irregularidades jurídica se denomina, nulidad, infracción, contradicción errónea, etc.

El objeto económico, no es otra cosa que un aspecto del objeto esencial; es precisamente dicho objeto en cuanto se compone de bienes que por pertenecer se hallan en una situación especial.

El perjuicio es definido generalmente desde el punto de vista estático como una disminución o perdido de bienes, aunque tal noción cubre la mayor parte de las situaciones en que debe emplearse.

Los bienes suelen conceptuarse como entes que tienen medida de valor. Aunque la medida es suficiente, cabe desarrollarla señalando que, en el orden jurídico, se pueden distinguir tres niveles de distinta condición ontológica:

Cosas

Situaciones jurídicas activas con el goce o disfrute de los anteriores (bienes incorporales)

Valores (bienes incorporales)

El objeto gnoseológico. Es la consideración del objeto existencial como problema. El objeto existencial no puede ser más que de una sola manera: los seres, los hechos y normas existen o no existen, tienen determinados caracteres o no los tienen.

PECULIARIDADES:

ESBOZO HISTORICO

Epoca precolombina y colonial

Los cronistas ignoran cuando se inicio la labor policiaca. Se sabe que en la prehistoria el hombre “sabia algp de los deberes policiacos”, algunos hombres realizaban esta funcion, aun sin designarseles asi.

Riva palacio, señala que habia autoridades de las cuales ejercian funciones de policia en el Mexico precolombino. Los centectlapix, por ejemplo, eran elegidos por los vecinos del calpulli y tenian a su cargo vigilar cierto numero de familias e informar de sus acciones a los jueces. Entre los mayas hacian justicia los batabs u otros delegados especiales del ahau que imponian penas muy severas.

Durante la epoca colonial latinoamerica asumio en sus instituciones normas españolas que estaban adaptadas a las costumbtrs propias del lugar. Que las funciones esenciales de estos organismos consistieron en proteger la persona y la propiedad de los españoles.

“El servicio de vigilancia estaba perfectamente controlado por el gobierno. El mismo Cortes se admiro del gran orden y concierto que en la ciudad habia, mantenido por alguaciles muy sevreros en los embarcaderos (calmilolcatl), en los mercados y en los mismos capulli....

Sam Lopez afirma que durante la epoca colonial existieron dos tipos de policia: los simples vigilantes nocturnos o serenos y los alguaciles. Los primeros cuidaban el orden se la ciudad y los bienes de los ciudadanos. Los segundos dependian de los jueces y se encargaban de la practica de diligencias, de hacer comparecer a testigos y realizar aprehensiones. En 1525 se designa por vez primera un cuerpo de alguaciles como policia complementaria de los alcaldes mayores.

No obstante esta organizacion, en la persecucion del delito imperaba una absoluta anarquia; autoridades civiles, militares y religiosas invadian jurisdicciones, en las leyes de indias y otros ordenamientos se establecia el respeto a la policia de los indios y ciando no contraviniera el orden hispano.

En 1529 se expide el primer reglamento de policia; en 1530, se reglamenta el derecho a portar espada. En el mismo año se crean los titulos de alguaciles de indios y alguaciles de doctrinas. En 1531, en el bosque de Chapultepec, la policia curnta con facultades legal para aprehender infractores, por cedula real del 30 de marzo.El 7 de mayo de 1635 se anuncio por bando el nuevo reglamento de justicia.

En 1546 se ordena a la policia perseguir a los delincuentes de la fe. En 1713 el duque de Linares dividio la capital en 9 cuarteles. En 1720 la sala del crimen propuso que fueran solamente 6 y en 1744, una Real Cedula ordeno fueran 7, eligiendose comisarios y cuadrilleros ademas de alcaldes provinciales y jueves de La Acordada.

Ya para 1782 la ciudad de mexico se dividio en 8 cuarteles mayores y 32 menores; los alcaldes del cuartel o barrio tenian amplias facultades en materia policial; en 1738 se ezpide un reglamentobque le da caracter de honorario a esos cargos y los hace irrenunciables  se les dotaba de uniforme, insognia (baston) y goce de fuero.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (48 Kb) pdf (351 Kb) docx (45 Kb)
Leer 30 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com