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Sistema Politico De Estados Unidos


Enviado por   •  20 de Enero de 2013  •  351 Palabras (2 Páginas)  •  616 Visitas

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Naturaleza jurídica del contrato de trabajo.

Tesis del arrendamiento.

Los sostenedores de ésta tesis afirman que el contrato de trabajo es jurídicamente un contrato de arrendamiento de servicios, los trabajadores arriendan su fuerza de trabajo al patrono por un precio que es el salario. El contrato de trabajo no se puede asimilar al contrato de arrendamiento por el arrendatarios tiene el uso y el disfrute de la cosa, tiene la posesión de la cosa, y en el contrato trabajo, el patrono no tiene el uso y el disfrute de la persona del trabajador, ni tienen la posesión del trabajador, ni de su energía de trabajo, porque en el contrato de arrendamiento al finalizar este, la cosa arrendada debe ser devuelta, no se consumen, no se gasta, no se extingue con el arrendamiento mismo, en cambio, en el contrato de trabajo, la energía de trabajo, el trabajo humano, se presta y se renueva y desaparece con la prestación misma del servicio, se trata de algo inseparable del trabajador.

Tesis de compraventa

Los partidarios de esa tesis tratan de asimilar el contrato de trabajo con la compraventa. Han sostenido (Paul Bureal, Carne Tutti) que el trabajo es susceptible de venta y compra, y que el contrato de trabajo puede definirse, como aquel mediante el cual una persona llamada patrono, compra a otro (trabajador), mediante un precio determinado el esfuerzo intelectual o muscular necesario para realizar una labor determinada.

La tesis Carnelutti y y bureau, es objetable también por las siguientes razones: la compra y venta tiene por objeto transmitir la propiedad de una cosa real, cuando usted compra una silla, una mesa, la propiedad de esa cosa comparada pasa a ser suya, se transmiten del vendedor comprador.

En el contrato de trabajo no ocurre lo mismo. La energía de trabajo humano no se transmite al patrono, éste no adquiere la propiedad de esta energía, y es que el trabajo humano no es enajenable, no está en el mercado, no es una mercancía que se compra y se vende.

El trabajo como señala el código de trabajo, es una función social que se ejercen con la protección y asistencia del estado.

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