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Sistema penitenciario en la República Dominicana


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2017  •  Ensayo  •  2.693 Palabras (11 Páginas)  •  565 Visitas

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John A. Paulino (2015-5964)

“Sistema penitenciario en la República Dominicana”

El sistema penitenciario en la República Dominicana es delimitado como una institución encargada de moldear a la persona para progresar al ser humano y que este se vuelva a incorporar a la sociedad. Este sistema debe de poseer límites, los cuales están siendo totalmente violados y esto se considera ilícito e inadmisible. En el país, al público se le quiere demostrar una forma de forjar diferente a la real. Ya que esta se encuentra dirigida por autoridades dominicanas que en momentos se encuentran incapaces de colaborar. La política del país no deja de ser un dilema, lo cual afecta completamente el desarrollo del sistema penitenciario. Más adelante, se comentará las leyes promulgadas de tal sistema y las cárceles conocidas como “Nuevo Modelo”, que han hecho cambios en la sociedad, tras la eliminación del derecho de tránsito de las personas, con el propósito de que estas puedan reincorporarse a la sociedad.

A nivel nacional, el sistema penitenciario ha sido de mucha polémica en toda la historia del país. Ya que el tratamiento recibido por los individuos que ingresaban a tales recintos usualmente cuando terminaba su tiempo, este se juzgaba por no presentar ninguna mejoría en la persona. Todo esto era a la merced de las condiciones físicas y la gran falta de condiciones factibles. Se parlotea que a nivel nacional, uno de los desafíos actual más colosal es la mejora de la seguridad pública y obtener un sistema penitenciario y carcelario que pueda permitir una total rehabilitación y reinserción social de aquellas personas que poseen disputas con la jurisprudencia.

Las múltiples transformaciones del sistema penitenciario se han implementado desde el año 1984, cuando se puso en vigencia la ley 224. Esa ley dictamina la ordenación de las penitenciarías, cárceles, presidios e institutos especiales. Explica la manera en la cual toda persona debía de cumplir condena y la forma en que los reclusos estaban sujetos a penas de privación de libertad superiores a dos años. Al principio, las sentencias de esta época eran más cortas, ya que el crimen no se encontraba elevado en la República Dominicana. Pero, con el tiempo se han necesitado nuevas reformas para que el “castigo” sea más forzudo y tenga más fruto en la persona, para cuando se salga del presidio, pueda instituirse en la sociedad.

La ley 224 posee muchas vertientes que han mejorado hoy en día. Como sabemos, La Dirección General de Prisiones se encuentra organizada como un tipo de servicio para el bienestar, la asistencia y la readaptación social. Este cargo lo posee el Director General, quien se encarga en las cárceles de dirigir y supervigilar cualquier marcha administrativa, orgánica del servicio y técnica. Cada día bajo este mandato se proponen nuevos proyectos y reglamentos para dictar instrucciones. Estas instrucciones poseen el propósito de dar nuevas disposiciones legales y reglamentarias.

Pero, esta Dirección General se encuentra por un conglomerado de departamentos, estos son: Departamento de Secretaría y Administración, Jurídico, de Inspección, de Personal, Vigilancia y Tratamiento Penitenciario, de Contabilidad y Control, Industrial, Educacional, de Criminología, Sanitario, Bienestar y Asistencia Social, de Menores y de Mujeres. El último departamento es conocido por ser el de control de los condenados que puedan gozar del beneficio y satisfacción del perdón condicional. (Congreso Nacional, 1984).

El prisionero, conocido como recluso, se dice que posee ciertas medidas que son conocidas de prueba en el sistema. Como el permiso de salidas del establecimiento en un tiempo reglamentado, alojamiento en ciertas instituciones especiales y la concesión de su libertad condicional. En otras palabras, la ley dictamina en muchas cláusulas las necesidades que posee un recluso y sus derechos. Porque que una persona se encuentre privada de transitar, de su libertad. No significa que la persona no tiene la totalidad de derecho, sino que posee ciertos derechos de manera parcial. Eso es lo que dice el sistema que un encarcelado merece obtener. Se dicta que cada una de estas pertenece a significativos periodos progresivos de la persona en tal sistema.

Lo inminente es que en un sistema, se debe de implementar un conglomerado de funciones y actividades que cumplan con el objetivo de que se pueda conocer como un sistema penitenciario. No son solo preceptos, principios, estatutos, modelos de comportamiento, prácticas, entre otras cosas. Es ver al sistema como una entidad que se encuentre dirigida al objetivo de humanizar al ser humano para su incorporación en la sociedad. Es como si una persona se encuentre en una situación de tratar de rehabilitar al profanador de un estatuto penal que fue establecida.

El muy conocido jurista Henri Capitant expresa "El Régimen Penitenciario es el con- junto de normas dictadas por el Poder Legislativo o las autoridades administrativas con el objeto de organizar el cumplimiento de las penas privativas o restrictivas de la libertad y la ejecución de las medidas de seguridad, sostiene además, que la finalidad del régimen penitenciario es procurar la enmienda del condenado" (Capitant, H. 1935.). Es notable que las fechas sean muy apartadas y de tal forma el sistema penitenciario posee el mismo objetivo desde hace siglos. Cuando se habla de enmendar el condado, habla de compensar al pueblo con la mejora de estas personas para la sociedad. Que el perjuicio causado tenga su consecuencia, de manera que el ser humano pueda aprender de ella y dar a conocer que puede reintegrarse en la sociedad como una persona renovada y con un futuro.

El verdadero tratamiento penitenciario, trata de forjar a la persona para mejorar y poder devolverla a la sociedad. En la ley usualmente se explica una cosa, pero en la realidad es otra. Esta institución se encuentra dirigida por autoridades dominicanas con ciertas incapacidades que no pertimen el desarrollo total de estas.. Ya que la política del país no deja de ser una total Utopía. Se dice que en el año 1984 se creó una ley que no pasó a su promulgación, en la cual se discute y combate el llevar a cabo el 10% de la regulación del régimen penitenciario en la República Dominicana. Este texto, posteriormente diecisiete años, se encuentra en el mismo lugar. La ley penal se encuentra cambiando en estos momentos, ya que el código penal actual será del pasado por la introducción del nuevo código penal.

Este tendrá el cumulativo de los años hasta sesenta años, lo cual anteriormente no se podían acumular los años, y el máximo eran cuarenta años, lo cual ninguna persona encarcelada en este país, removida de su libertad de tránsito, pasa por tanto tiempo estando encarcelado. La pena de muerte todavía no es aplicada de manera total en el país, ya que una persona inocente puede ser liberada por un crimen que no cometió, pero la pena de muerte evidentemente es irreversible. Un aspecto muy importante, que se está llevando a cabo en la sociedad dominicana, es la cárcel “Nuevo Modelo”, estas tienen el propósito de dar oficio como forma de preparar a la persona para su reincorporación en la sociedad una vez termine su condena. Bajo un sistema de autogestión de los mismos internos para que sean transmitidos a la sociedad con nuevos conocimientos. Estos deben pasar por un entrenamiento especial, antes de llegar a pasar a ser formadores de sus compañeros.

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