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Situación Actual De cárceles En Venezuela.


Enviado por   •  24 de Octubre de 2014  •  7.168 Palabras (29 Páginas)  •  267 Visitas

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Introducción

La cárcel como institución de cumplimiento de penas no es tan antigua como pudiese pensarse, de hecho surge en el siglo XVI, siendo sometida a una serie de cambios a lo largo de su historia, para tratar de humanizarse, sin embargo aún en la actualidad no se ha llegado a un sistema penitenciario idóneo, donde la pena cumpla la función que mayoritariamente se le atribuye y que recoge la legislación venezolana: la reinserción social del recluso.

Con la llegada de la cárcel comienza una época de ensayo y error en lo que a sistemas penitenciarios se refiere, época que todavía no ha culminado y que probablemente no culminara, por lo menos hasta que se encuentre un sistema penitenciario perfecto libre de críticas y perdurable en el tiempo que asegure la total reinserción del recluso y que garantice la no reincidencia de los ex reclusos.

El sistema penitenciario venezolano es objeto de duras críticas, del todo merecidas, por ende es necesario pensar en las posibles soluciones para lograr una reforma carcelaria en el país. Dado que el problema se ha agudizado porque no se cumple con el artículo 272 de la Constitución, el cual prevé una serie de medidas destinadas a humanizar el sistema penitenciario.

Las prisiones continúan estando centralizadas a pesar de que la carta fundamental obliga a que sean administradas por gobernadores y alcaldes. Igualmente, deben estar dirigidas por penitenciaritas profesionales. Los internos procesados deben estar separados de los condenados. La población reclusa tiene que ser reubicada según la clasificación estándar: máxima, media y mínima peligrosidad. Es necesario que existan espacios para el trabajo, el estudio y la práctica del deporte.Se escogió este tema con la finalidad de conocer la real situación de las cárceles en Venezuela, en este trabajo se hablara de cómo ha venido evolucionando, su finalidad y entre otros puntos.

Reseña histórica de las cárceles en Venezuela

Las cárcelesdurante la época colonial se caracterizaron, fundamentalmente, por tener como finalidad el castigo del individuo y no su regeneración.A tal fin se van creando a través del tiempo una serie de leyes, ordenanzas, disposiciones, reales cédulas, entre otros, que van a configurar una base jurídica sobre la cual se asienta el sistema carcelario.

En el periodo de la guerra de independencia no hay ningún tipo de indicación o vestigio de alguna modificación, transformación o renovación del sistema penitenciario nacional. Pero cabe resaltar que para finales del siglo XVIII, con los movimientos pre-independentistas, cuando toma auge el encarcelamiento político. Y en cuanto al funcionamiento de las cárceles, casi no varía: las fugas son más por la mala construcción de las prisiones que por otras razones y los delitos generalmente del tipo personal como el adulterio, ladrones entre otros.

En Venezuela el hecho arquitectónico penitenciario más importante hasta ese momento, lo fue la construcción de la cárcel de la Rotunda, que comenzó a construirse cerca de 1840 y terminada en 1854, bajo el gobierno de José Gregorio Monagas, y situada en el corazón de Caracas.La Rotunda durante los gobiernos de Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez, se convirtió en un verdadero centro de tortura y de muerte para los disidentes políticos de ambos gobiernos, especialmente el de Gómez. En el gobierno gomecista fueron cerradas las prisiones de Occidente y Oriente, y sólo quedo la prisión del Centro, llamada el Castillo de Puerto Cabello (también conocida como el Castillo Libertador de Puerto Cabello) utilizada igualmente que la Rotunda para los presos políticos.

Desde la Constitución de 1864 la administración de justicia la ejercía cada Estado o Provincia de manera diferente, quedando bajo potestad de cada Estado, igualmente, lo relativo a la normativa de régimen penitenciario. El único caso en que intervenía el Poder Ejecutivo Federal era en lo que a penas graves se refería.Es importante señalar que para ese entonces los centros penitenciarios existentes estaban bajo tutela militar, hasta el año 1886 en el cual se dicta la primera Ley sobre Construcción de Penitenciarías.Con la muerte de Juan Vicente Gómez se cierra lo que el Profesor Elio Gómez Grillo denomino “La edad de piedra penitenciaria venezolana”, que abarco la Conquista, la Colonia y la Venezuela independiente del siglo XIX y primer tercio del siglo XX.

Ya para 1936, se viene en Venezuela la entrada de nuestro penitenciarismo a la contemporaneidad. El precursor o impulsador del sistema penitenciario venezolano fue Tulio Chiossone (abogado y profesor) tras la publicación de un pequeño libro llamado Organización Penitenciaria Venezolana, que marca el nacimiento del penitenciarismo moderno venezolano, según Chiossone (1936):

[…] Nuestros establecimientos carcelarios sirven mejor para instrumentos de destrucción física y moral que para lugares de enmienda y reconstrucción espiritual del procesado. No tenemos cárceles. Sólo hay horrorosos sitios de expiación [...] Los establecimientos penales venezolanos deben crearse y organizarse en armonía con nuestra constitución social, o sea de acuerdo con los resultados que otorgue la observación del medio criminógeno y de la psicología de nuestro hombre delincuente […] El delincuente es un ciudadano, un hombre que no ha perdido sus derechos. La pena, ciertamente, le priva algunos relativos a su capacidad civil y política, pero no puede arrebatarles aquellos que emanan de su propia condición de hombre […] El individuo que infringió la ley, no sólo debe tener el castigo que, como intimidador asegura el orden público, sino que tiene derecho a la protección del Estado a fin de conseguir su readaptación social. Actualmente los detenidos salen de la cárcel más corrompidos de lo que entraron. La administración de justicia en lo criminal debe funcionar en el mismo edificio de la cárcel. (pp.102 - 104).

Luego de esto Tulio Chiossone es designado Inspector General de Cárceles y Penitenciarias, elaboró la Ley de Régimen Penitenciario de 1937 y el Reglamento de esa misma Ley. La Ley se mantuvo en vigencia hasta el año 1961, y el reglamento hasta el año 1975. Apoyado en su Ley como en su Reglamento realizó considerables mejoras en el funcionamiento de la Penitenciaria General “El Castillo de Puerto Cabello”. Con el paso del tiempo fue designado Ministro de Relaciones Interiores en el gobierno de Medina Angarita, siguiendo con su propósito de humanizar la Penitenciaria, hasta el punto que llego a planificar la construcción de un nuevo Centro Penitenciario que reemplazase a aquella. La nueva Penitenciaria General de Venezuela, fue inaugurada en el año 1947, la cual era un modelo penitenciario para Venezuela y para América Latina.

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