Sociedades Mercantiles en México
Enviado por masa2019 • 14 de Febrero de 2020 • Documentos de Investigación • 2.527 Palabras (11 Páginas) • 292 Visitas
Sociedades Mercantiles en México:
En este ensayo se hablara sobre las sociedades mercantiles y de forma más específica se definirá y explicara en que consiste una sociedad anónima, así como los requisitos para formar una sociedad anónima que dicta la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Sociedades Mercantiles
Una sociedad mercantil ocurre cuando dos o más personas se unen aportando recursos en dinero o en especie, para desarrollar un objeto o fin común lícito con fines de lucro. Estos constituyen una sociedad, el cual es un ente jurídico diferente a los socios que poseen un patrimonio y personalidad propia; todo esto nace por disposición de la ley. Las sociedades mercantiles no existen físicamente ya que no dejan de ser un conjunto de personas que aportan dinero y/o bienes para alcanzar un fin común. Para poder constituir una sociedad mercantil se deben cubrir una serie de requisitos que dicta la Ley General de Sociedades Mercantiles. Ya que existen diferentes tipos de sociedades mercantiles y dependiendo de cuál quieras constituir se deberán adaptar a dicha ley.
La Ley General de Sociedades Mercantiles establece que para que se pueda tener personalidad propia, es decir, sean consideradas como entes jurídicos propios, deben estar inscritas en el Registro Público de Comercio, conocido como una sociedad regular. Si lo anterior no se cumple, el pacto social únicamente surte efectos frente a los socios, y si frente a terceros que se han exteriorizado como sociedad , lo cual hace que la sociedad tenga personalidad propia pero quienes realicen actos a nombre de la sociedad deberán responder solidaria, subsidiaria e ilimitadamente e incluso pueden incurrir en responsabilidad penal, es decir, si en algún momento la empresa agota todos sus recursos y aun se tienen adeudos con acreedores diversos estos deben pagar ese adeudo directo de su patrimonio personal e incluso si se tienen problemas con la lee, estos deben responder por la sociedad. Esta sociedad recibe el nombre de irregular.
Existen diversas sociedades que simplemente son una reminiscencia histórica para Ley General de Sociedades Mercantiles, es decir, que aún existen pero en la actualidad ya no son adoptadas, tal es el caso de las sociedades en comandita y las de nombre colectivo. Cuando un conjunto de personas forman una sociedad su principal meta es separar su
patrimonio personal del patrimonio social, ya que de esta forma el patrimonio personal no puede ser utilizado para fines de acreedores del ente jurídico social por ficción social. Un tipo de sociedad que en la actualidad sigue existiendo en México es la de carácter familia en la que un familiar es quien controla y dirige a la sociedad, ya que este miembro es la cabeza de la empresa y posee las acciones mayoritarias.
Como ya lo mencionamos antes, existen diferentes sociedades que regula la Ley General de Sociedades Mercantiles, todas esas sociedades pueden tomar la naturaleza de tener un capital variable (por sus siglas C.V) en donde el capital será susceptible de aumento por aportaciones posteriores o por admisión de nuevos socios, y de disminución del capital por retiro parcial o total de los mismos con los términos establecidos pero nunca disminuyéndolo en cantidades inferiores a la requeridas por la ley. Los diferentes tipos de sociedades que regula la Ley General de Sociedades Mercantiles son:
- Sociedad en nombre colectivo (S. en N.C): Este tipo de sociedad como se dijo antes, se encuentra en desuso y está existe bajo una razón social en donde sus socios deben responder de manera subsidiaria, solidaria e ilimitadamente de todas las obligaciones sociales, es decir, que los socios responden con todo su patrimonio personal y los socios no pueden dedicarse a actividades similares a las que se realizan, y es la razón por la cual se encuentra en desuso. La administración de este tipo de sociedad se realiza mediante una junta de socios en donde las decisiones se toman por mayoría de votos de los socios.
- Sociedad en comandita simple (S. en C.): Este tipo de sociedad de igual manera se encuentra en desuso y se rige bajo dos tipos de socios, los comanditos que responden de manera subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, y los comanditarios que únicamente responden por el valor de sus aportaciones.
- Sociedad en comandita por acciones (S. en C. por A.): Esta sociedad es la última sociedad que se encuentra en desuso, la cual es prácticamente lo mismo que una Sociedad en comandita simple pero su diferencia es que está representado por acciones nominativas no negociables, en donde para la transmisión de las acciones de los comanditados se requiere el consentimiento de todos los socios de la misma naturaleza y el de dos terceras partes del consentimiento de los comanditarios.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.): Es aquella que existe bajo una denominación o razón social, en la que los socios únicamente están obligados al monto de sus aportaciones, es decir, están obligados a responder solamente por el capital que aportaron y su patrimonio personal queda deslindado de dicha sociedad; la cuales están representadas por títulos llamados partes sociales, que no son títulos de crédito. Un corredor público o un notario es quien elabora su constitución. Está por su regulación legal y por su funcionamiento es la más sencilla y gracias a esto en la actualidad muchas empresas están adoptando este tipo de sociedad, además de que se asemeja con la regulación que realizan otros países, especialmente los que se rigen bajo la regulación del Derecho Anglosajón. Este tipo de asociación también se está adaptando por la facilidad que se da con el tipo de capital social (C.V.) mínimo que se requiere por parte de los socios, el cual es de $3,000.00, además de que los socios sí tienen voz y voto en las sociedades ya que estas no pueden estar constituidas por más de 50 socios. Una vez constituida la empresa la entrada y salida de socios a la sociedad es más difícil ya que debe ser aprobada por la asamblea, a excepción de que este nuevo socio herede las acciones. Todos los socios son los que rigen la sociedad, ya que gracias a la asamblea, para realizar decisiones importantes se requieren la mayoría de votos para efectuar dichas decisiones y en algunos casos extremos se requiere la unanimidad de votos.
- Asociaciones extranjeras: Son empresas constituidas en el extranjero peor con presencia en nuestro país. Este tipo de empresas cumplen con ciertos requisitos que son necesarios para poder tener presencia en nuestro país como lo es estar inscrito en la Secretaria de Economía, publicar anualmente su balance, entre otros.
- Asociación en participación: Esta realmente no está considerado como una sociedad si no un contrato el cual celebra que dos personas, que no tienen personalidad, nombre jurídico y mucho menos un nombre o una razón social. Celebra la participación en las utilidades o perdidas de una o varias transacciones de comercio.
Sociedad anónima (S.A)
Este tipo de sociedad es la que existe bajo una denominación compuesta por dos o más socios cuyas obligaciones se limitan al pago de sus aportaciones. La sociedad anónima como su nombre lo dice, en sus orígenes pretendía el anonimato de los socios que se lograba por permitirse que las acciones fuesen al portador. La reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles en el artículo 6 sección I que dice que, “. La escritura o póliza de una sociedad deberá contener: Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad”. Al igual que en las sociedades mencionadas anteriormente, la sociedad anónima tiene varias características como lo son:
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