Soporte legal contrato en empresa de servicios publicos
Enviado por karen8904 • 23 de Febrero de 2016 • Apuntes • 335 Palabras (2 Páginas) • 146 Visitas
De conformidad con el Articulo 365 de la Constitución Política, Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y será deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, la cual estará sometida al régimen jurídico que fije la ley.
El Código Civil en el artículo 1495 define el contrato o convención como “Un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa”, y de acuerdo con el artículo 1602 en concordancia con el artículo 1625 se puede establecer que “Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales (Ver sentencia C-534 de 2005).
Los fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección y el contrato que se derive del presente proceso de selección, están soportados bajo los principios constitucionales consagrados en los Artículos 209 y 267, así como los consagrados en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y decretos reglamentarios N° 1510 de 2013; compilado en el decreto 1082 de 2015 Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública.
La Ley 142 de 1994 señala que la prestación de los servicios públicos domiciliarios serán desarrollados de acuerdo con los principios orientadores tales como continuidad, regularidad, uniformidad, generalidad, obligatoriedad en concordancia con los principios, valores y derechos constitucionales fundamentales derivados de la Constitución de 1991; Así mismo en su artículo 32° ha definido que las empresas de servicios públicos se someten al régimen del derecho privado, salvo las excepciones previstas en la Constitución Política o en la misma ley, así mismo establece que todos los actos y contratos y demás actuaciones, en lo no previsto en dicha Ley se regirán exclusivamente por las normas de derecho privado y excepcionalmente por la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y por las normas de Derecho Público en lo pertinente a cada actuación.
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