Sumativa seguridad social
Enviado por Carlos Fernandez Cortez • 4 de Julio de 2019 • Apuntes • 1.004 Palabras (5 Páginas) • 214 Visitas
Estimados (as) estudiantes, de manera individual les invitamos a leer atentamente el siguiente caso de estudio y luego responder las preguntas que se plantean.
Un trabajador es despedido de su empresa por un problema de estructuración en la empresa (su cargo no será necesario). Es indemnizado por sus 10 años de servicio con la empresa. El a sus actuales 60 años, decide cotizarse por su cuenta para así obtener a una mejor jubilación al cumplir 65 años de edad.
Preguntas:
- ¿Nuestro protagonista puede cotizarse por sí solo?
El protagonista de este caso, efectivamente puede cotizarse por sí solo hasta completar la edad legal para pensionarse por vejez, que en Chile corresponde a los 65 años en el caso de los varones y 60 en el caso de las mujeres.
Las leyes vigentes en nuestro país permiten que cualquier persona pueda cotizar en una administradora de Fondos de Pensiones (AFP), en calidad de dependiente (con empleador), independientes (trabajadores por cuenta propia que generan ingresos), voluntarios (aquellas personas que no ejerzan una actividad remunerada pero que deseen enterar cotizaciones en el sistema).
Ahora bien, la idea de continuar cotizando hasta cumplir la edad legal para pensionarse, dice relación con no tener lagunas en los meses que sirven para el cálculo de la pensión (últimos diez años), ya que los montos cotizados en los últimos años no producen tantas ganancias como los pagados en los primeros años de trabajo, pero si influyen en el promedio de remuneraciones que forma parte de los factores que se utilizan en el cálculo de una pensión, por este motivo el trabajador debe consultar en la AFP en la que se encuentra afiliado, una proyección de la posible pensión que tendrá sin continuar cotizando por los cinco años que restan para que cumpla la edad legal para pensionarse y también que variación se produciría, en el monto de pensión, cotizando por una cantidad determinada durante ese periodo de tiempo.
De acuerdo a estudios realizados por entidades como las AFP y la Superintendencia, los últimos años de cotizaciones no influyen mayormente en el monto de la pensión ya que son muchos los factores que determinan este beneficio, a saber edad, monto ahorrado, beneficiarios de pensión, expectativas de vida, tasas de interés.
- En caso que su respuesta fuera afirmativa, bajo que contexto el debería cotizarse?
Tal como se señala en el punto anterior existen tres formas para cotizar en el sistema regido por el D.L. 3500, de 1980. Por su edad y en Chile es difícil que nuestro protagonista pueda encontrar un trabajo como dependiente, por lo que corresponde que revisemos las otras dos formas con las cuales el sistema nos permite continuar cotizando, independientes y voluntarios.
Se entiende por trabajador independiente al que otorga boletas por su trabajo (Honorario) y al que trabaja en forma autónoma sin emitir Boletas (no Honorario). A contar del 2019, los trabajadores independiente que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o superior a cinco ingresos mínimos mensuales estarán obligados a cotizar para todos los regímenes de protección social, (salud, ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, pensión, Ley Sanna), ya que esta ley tiene como objetivo incorporar a este tipo de trabajadores a la protección de todos los sistemas previsionales vigentes.
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