TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
Enviado por manasense • 14 de Agosto de 2014 • 3.257 Palabras (14 Páginas) • 440 Visitas
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
Esta entidad está destinada a la garantización del respeto a los Derechos Humanos y a las Libertades Fundamentales en toda Europa.
Su misión consiste en verificar que los derechos y garantías previstos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos son respetados por los Estados. Para ello, es necesario que los particulares o, en ocasiones, los Estados, dirijan una queja (“demanda”) al Tribunal. Cuando el Tribunal constata la infraccion por pare de un Estado miembro de uno o varios de los derechos y garantías amparados por el Convenio, dicta una sentencia. Esta sentencia es obligatoria, el país afectado tiene la obligación d ejecutarla.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es el garante del cumplimiento por los Estados parte de las obligaciones derivadas del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (el “Convenio”), hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950 (artículo 19).
Creado en 1959, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es un tribunal internacional que actúa no sólo a instancia de los Estados parte del Convenio, sino, singularmente, en virtud de las demandas que pueden presentar los particulares, ya sean ciudadanos o personas bajo la jurisdicción de un Estado parte.
El Tribunal tiene su sede en Estrasburgo y está compuesto por un total de 47 Jueces (uno por cada Estado parte), actuando en varias formaciones judiciales (Juez único, Comité de tres Jueces, Sección y Gran Sala). Para el desempeño de su función el Tribunal está asistido por una Secretaría. Son lenguas oficiales del Tribunal el francés y el inglés.
Corresponde al Tribunal, en virtud de las demandas individuales interpuestas ante el mismo, verificar si las autoridades de los diferentes Estados parte del Tribunal han respetado o tutelado adecuadamente los derechos y libertades reconocidos en el Convenio. Para ello es preciso que el demandante haya agotado los recursos jurisdiccionales existentes en su Estado de origen para la tutela de tales derechos y libertades.
Funciones no pertinentes al Tribunal Europeo
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no emprende acción para:
- Actuar como un tribunal de apelación respecto a las decisiones dictadas por tribunales nacionales.
- Volver a celebrar vistas de un caso, anular, modificar o revisar las decisiones de tribunales nacionales.
- Interceder directamente con la autoridad que alguien ha denunciado.
- Ayudar a una persona a buscar o pagar a un abogado para redactar una solicitud.
- Facilitar cualquier información sobre disposiciones legales vigentes ante el Estado demandado.
Pautas para la presentación de un caso
El Tribunal acepta solicitudes de cualquier persona, organización no gubernamental o grupo de individuos que denuncie ser víctima de una violación por parte de uno de los Estados parte de los derechos expuestos en la Convención Europea de Derechos Humanos o sus protocolos. Estos países han acordado no obstruir de ningún modo el ejercicio efectivo de este derecho.
Los criterios para presentar una solicitud son los siguientes:
- Deben haberse agotado previamente todos los recursos internos (deben existir, ser accesibles y eficaces).
- La solicitud no puede ser anónima.
- La solicitud debe ser presentada dentro de un periodo de seis meses desde la fecha en que la parte que denuncia la violación de sus derechos sea notificada de la decisión interna final.
- La solicitud no puede ser manifiestamente infundada, incompatible con la Convención Europea o sustancialmente idéntica a otro asunto que ya haya sido examinado por el Tribunal.
- El asunto de la comunicación no debe estar pendiente de acuerdo en otro proceso internacional (el GTDFI de Naciones Unidas no cuenta como tal).
- Cuando el Protocolo Adicional Nº 14 de la Convención Europea entre en vigor habrá otro criterio de admisibilidad, a saber, que el solicitante debe haber sufrido una desventaja significativa.
Las solicitudes pueden realizarse enviando al Tribunal una carta con detalles claros acerca de la demanda o presentando directamente un formulario de solicitud debidamente completado. En caso de que la solicitud sea enviada por fax es necesario enviar una copia por correo ordinario. Los documentos enviados al Tribunal no serán devueltos y por ello es preferible enviar copias.
Si bien las medidas provisionales suelen tratarse como asuntos urgentes y procesarse de manera rápida, el procedimiento concerniente a una demanda puede durar algunos años (normalmente hay que esperar 1 año antes de que el Tribunal decida si el caso es admisible).
El procedimiento es gratuito: sólo se deberán cubrir los gastos propios (como honorarios de abogados o gastos relacionados con la investigación y correspondencia).
La denuncia de un caso de desaparición ante el Tribunal Europeo puede causar actos de intimidación y represalias contra los familiares de la persona desaparecida y/o testigos o sus abogados. En tal caso, se puede pedir al Tribunal que tome medidas de protección provisionales.
Los solicitantes individuales pueden presentar sus propios casos, pero se recomienda la representación legal y ésta es obligatoria una vez que la solicitud se ha comunicado al gobierno demandado. El Consejo de Europa ha creado un programa de asistencia jurídica gratuita para los solicitantes que no dispongan de recursos suficientes.
Las ONG y asociaciones de familias de los desaparecidos pueden ayudar a los individuos al presentar sus demandas al Tribunal, representarles en vistas públicas, presentar informes o amicus curiae y, en general, contribuir a difundir la información concerniente a la protección de los derechos humanos, así como crear mayor conciencia acerca del problema de las desapariciones forzadas.
¿Cuáles son los derechos previstos por el Convenio o sus Protocolos?
- El derecho a la vida.
- El derecho a un juicio justo en el ámbito civil y penal.
- El derecho al respeto de la vida privada y familiar.
- La libertad de expresión.
- La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
- El derecho a un recurso efectivo.
- El derecho al respeto de sus bienes.
- El derecho de voto y el derecho a presentarse a unas elecciones.
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La importancia de la incorporación de la jurisprudencia internacional por parte de la Corte Constitucional colombiana radica en
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