Tema 1: teoría general del contrato Concepto
Enviado por alejandrapatlan • 12 de Mayo de 2017 • Trabajo • 6.814 Palabras (28 Páginas) • 329 Visitas
Tema 1: teoría general del contrato
Concepto
Contrato: acuerdo de voluntades que produce y transfiere derechos y obligaciones.
Clasificación de los contratos:
- unilateral: acuerdo de voluntades que engendra obligaciones solo para una parte.
- Bilateral: acuerdo de voluntades que da nacimiento a obligaciones para ambas partes.
- Oneroso: es aquel en el que existen beneficios y gravámenes recíprocos.
- Gratuito: tiene por objeto la utilidad por una de las dos partes sufriendo la otra el gravamen gratuito.
- Conmutativo: contrato en el cual las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde el momento en que se celebra el acto jurídico.
- Aleatorio: aquel contrato que surge cuando la prestación depende de un acontecimiento futuro e incierto y que al momento del contrato no se saben las ganancias o las perdidas hasta el momento en que se realice este acontecimiento futuro.
- Principal: aquel que existe por sí mismo.
- Accesorio: son los que dependen de un contrato principal, son también llamados de garantía por que generalmente se constituyen para garantizar el cumplimiento de una obligación que se reputa principal.
- Instantáneos: son aquellos que se cumplen en el mismo momento que se celebran, es decir, se lleva a cabo su cumplimiento en un solo acto.
- Tracto sucesivo: es aquel en el que el cumplimiento de las prestaciones se realiza en un periodo determinado y que por deseo de las partes se puede extender para satisfacer sus necesidades primordiales.
- Consensual: por regla general el consentimiento de las partes basta para formar un contrato; las obligaciones nacen tan pronto como las partes se hallan puesto de acuerdo.
- Formal o solemne: es aquel en que la ley ordena que el consentimiento se manifieste por determinado medio para que el contrato sea válido; se considera que el contrato es consensual y solo cuando el legislador imponga determinada formalidad debe cumplirse con ella porque de lo contrario el acto estará afectado de nulidad.
- Nominado o típico: aquel contrato que se encuentra previsto y regulado en la ley, por ello en ausencia de acuerdo entre las partes existen normas dispositivas a las que se puede acudir.
- Innominado o atípico: aquel para el que la ley no tiene previsto un nombre especifico, debido a que sus características no se encuentran reguladas por ella.
Elementos de existencia y validez de los contratos
Existencia
Consentimiento: voluntad o intención de realizar un acontecimiento que produzca efectos jurídicos; puede ser expreso o tácito.
Objeto: es el fin de contratar; la cosa que el obligado debe dar, o el hecho que el obligado debe hacer o no hacer. Dicho objeto Debe ser física y legalmente posible, ser determinada o determinable en cuanto a su especie y estar en el comercio.
Solemnidad: la manera en que debe exteriorizarse el consentimiento.
Validez
Capacidad: actitud para ser titular de derechos y obligaciones (goce), y ejercerlos por si mismos (ejercicio).
Ausencia de vicios: son vicios aquellas circunstancias particulares que dañan al consentimiento y lo suprimen. Ejemplo de ellos:
- Error: conocimiento equívoco, inexacto de la realidad. Debe recaer sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de las partes.
- Dolo: cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir al error y así obtener la voluntad del contratante. Se traduce en la mentira.
- Mala fe: mantener en el error a la parte. Se traduce en el ocultamiento del error.
- Lesión: desproporción que se deben las partes en las contraprestaciones, aprovechándose de: Suma ignorancia, notoria inexperiencia, extrema miseria.
- Violencia: empleo de fuerza física o amenazas que impliquen el peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parte considerable de los bienes del contratante.
Formalidad: es la manera de exteriorizar la voluntad; requisitos señalados en la ley para darle estructura al acto jurídico y así produzca sus efectos o tenga validez. Da mayor seguridad en el contrato.
Tema 2 contrato preparatorio: la promesa
Contrato de promesa
Concepto
Contrato por el cual una de las partes (o ambas) se obliga dentro de cierto lapso, sea por el vencimiento de un plazo o el cumplimiento de una condición, a celebrar un contrato futuro determinado. Este contrato se denomina también preparatorio, ante contrato, precontrato y contrato preliminar.(artículo 1735-1740 cceg)
Características
Nominativo, típico, unilateral o bilateral, accesorio, oneroso, conmutativo o aleatorio, formal y consensual para efectos de validez, instantáneo, real y consensual para efectos de perfeccionamiento.
Elementos de existencia
Articulo 1736 cceg: son elementos de existencia del contrato preparatorio además de la voluntad y el objeto: que se expresen los elementos y características del contrato definitivo y que el contrato definitivo sea posible, por no existir una ley que constituya un obstáculo insuperable para su realización.
Elementos de validez
Articulo 1738 cceg: son elementos de validez del contrato preparatorio, además de la capacidad, formalidad y ausencia de vicios, los siguientes: que el contrato definitivo tenga un objeto licito, que se determine el plazo dentro del cual se otorgara el contrato definitivo, que el contrato preparatorio conste por escrito y que las partes tengan capacidad no solo para celebrar el contrato preparatorio, sino también para otorgar el contrato definitivo.
Obligaciones de ambas partes
Da origen a obligaciones de hacer para ambas partes, consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo establecido.
Tema 3: contratos traslativos de dominio
Compraventa
Concepto
Contrato por el cual una de las partes trasfiere a otra la propiedad de una cosa o de un derecho obligándose esta última a pagarle por ella un precio cierto y determinado. (art 1741-1763 cceg)
Características
Nominativo, típico, bilateral, principal, oneroso, conmutativo o aleatorio, formal y consensual para efectos de validez, real y consensual para efectos de su perfeccionamiento, instantáneo o de tracto sucesivo.
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