Tema III: La Convención Colectiva
Enviado por gregoriofonseca • 24 de Octubre de 2013 • 1.991 Palabras (8 Páginas) • 1.052 Visitas
Tema III:
La Convención Colectiva:
Las Convenciones Colectivas son acuerdos entre sindicatos y patronos que se sustentan en el derecho a la negociación colectiva, para mejorar el mínimo esencial establecido en la legislación laboral de la Nación, esto con la finalidad de fijar las condiciones que regirán los contratos durante su vigencia.
Base constitucional:
( Sobre: El Derecho a la Negociación Colectiva )
En La Constitución ( C.R.B.V. ):
Artículo 96:
Que expresa lo siguiente: "Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales. Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras activas y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad".
En La Ley del Trabajo ( L.O.T.T.T. ):
Artículo 431:
Que expresa lo siguiente: “Se favorecerán armónicas relaciones colectivas entre trabajadores, trabajadoras, patronos y patronas, para la mejor protección del proceso social de trabajo y el desarrollo de la persona del trabajador o trabajadora y para alcanzar los fines esenciales del Estado. Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a la negociación colectiva y a celebrar convenciones colectivas de trabajo sin más requisitos que lo que establezca la Ley, para establecer las condiciones conforme a las cuales se debe prestar el trabajo y los derechos y obligaciones que correspondan a cada una de las partes, con el fin de proteger el proceso social de trabajo y lograr la justa distribución de la riqueza”.
1.- Contenido:
Las convenciones colectivas contienen un conjunto de estipulaciones, es decir, acuerdos que se adatan y que son respetuosos a la legislación Venezolana vigente, en materia laboral, en todo su sentido, para tal fin, se presenta una serie de clausulas importantes, esto, porque representan su estructura fundamental y son entre ellas:
a.- Las Normativas:
Está Integrada por las cláusulas de carácter económico y social y destinadas a incorporarse a los contratos individuales del trabajo.
( Imprime carácter objetivo a la convención )
b.- Las Obligacionales:
Son las obligaciones que asumen las partes, que generan derechos y obligaciones contrapuestas y adicionalmente una relación bilateral.
( Poder expansivo de las clausulas normativas )
c.- La De envoltura de la convención:
Formado por el conjunto de cláusula destinadas a asegurar la ejecución de la convención colectiva.
( Ejemplo: Duración, procedimiento de la denuncia y reglas para la conciliación y el arbitraje )
d.- Las Eventuales, accidentales o accesorias:
Cláusulas reguladoras de materias que ocupan ocasionalmente el interés de las partes.
( Ejemplo: El pago de salarios durante la huelga )
2.- La Convención Colectiva en Relación a los Contratos Individuales:
Se puede decir que el contrato Individual del Trabajo es una convención entre un patrono y un trabajador, mediante el cual este se obliga a ejecutar cualquier labor o servicio, bajo la dependencia del patrono o de la persona que el designe y a cambio del pago de un salario por el patrono o su encargado.
En este contexto es que tanto el contrato individual de trabajo o la convención colectiva, tienen el mismo significado a la hora de ser enfocada desde la convención colectiva en relación a los contratos individuales, es decir, viene a ser un contrato, entre dos o más personas para reglar trasmitir, modificar o crear entre ellas un vinculo jurídico y así lo establece la legislación laboral de nuestro país ( L.O.T.T.T. ).
Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras activos y activas al momento de su suscripción y aun a quienes ingresen con posterioridad, como resultado de esta situación es que existe la diatriba sobre su condición de los contrato individuales, en relación a los contratos individuales en las convenciones colectivas a beneficiarse, debe hacerse en igualdad de oportunidades, es decir, no es que se va a realizar un contrato individual paralelo a la existencia de una convención colectiva, sino que este, se adhiere a esta para beneficiarse del mismo, las convenciones colectivas de trabajo prevalecerán sobre toda otra norma, contrato o acuerdo, en cuanto beneficien a los trabajadores.
3.- La Reunión Normativa Laboral:
Es una de la formas de celebrar una convención colectiva, que se convoca o reconoce entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con alcance local, regional o nacional, del sector público o del sector privado y siempre con intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita: trabajadores-autoridad administrativa-patronos.
4.- La Negociación Colectiva en el Sector Privado y en el Sector Público:
La condición de beneficiarse en igualdad de oportunidades de las convenciones colectivas y los beneficios que derivan de estas contrataciones colectivas, tanto del trabajador del sector público como del sector privado, así lo manda la constitución, en virtud de tal obligación todos las empresas del sector público o privada están sujetos a estas condiciones previstas
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