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Teoria general del derecho. El naturalismo y el positivismo tuvieron enfrentamientos por años, donde prevaleció el positivismo.


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2016  •  Resumen  •  4.250 Palabras (17 Páginas)  •  331 Visitas

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Derecho

  • Conjunto de normas de conducta humana obligatorias y conformes a la justicia (que tiene que incluir un concepto de justicia).
  • Ordenamiento social impuesto para realizar justicia.
  • un conjunto de normas jurídicas (leyes, normas, reglamento) que regula la actividad humana en sociedad.
  • Normas jurídicas son leyes, ordenanzas, derechos.
  • Se caracteriza por ser impuesto por el estado (obligatorio), donde el incumplimiento trae una sanción.

Derecho y moral

  • Tanto la moral como el derecho son normas de conducta humana
  • Encaminan creación de un orden. por un lado interno, en relación con la conciencia(moral) y un orden social, relación objetiva entre personas (derecho)
  • La moral es autónoma, se la impone el individuo a sí mismo.
  •  el derecho es heterónomo, impuesto al individuo por el estado.                                                                    
  • La norma moral supone y requiere libertad en su cumplimiento.
  •   La norma jurídica es obligatoria, no se puede negar a cumplirla, de hacerlo el estado coactivamente obligaría a cumplirla, y de ser imposible el estado aplica coactivamente una sanción.

# “afianzar la justicia” (soluciones injustas, contrarias al sentido moral, son inconstitucionales)                      # inconstitucional: es decir que no se ajusta a lo establecido en la constitución vigente.                                                                                                                    

Justicia        

  • Dar a cada uno lo que corresponde por derecho(Aristóteles)
  • El Principio de justicia  es moral, algo interno del individuo (autónomo), no sancionable.

Derecho:

  • Natural: (SAVIGNY) concepto religioso, corresponde a toda persona por el simple hecho de ser humano. Es universal.
  • Positivo: (KANT) es el derecho vigente, impuesto. Da las leyes.

El naturalismo y el positivismo tuvieron enfrentamientos por años, donde prevaleció el positivismo.

Las crisis sociales hacen prevalecer el derecho natural.

      Derecho:

  • Público: se impone el estado, el ciudadano es subordinado, el derecho impuesto, el estado actúa como sujeto de derecho.
  • Privado: tienen interés en los particulares, el estado actúa como objeto de derecho.

Fueros del derecho:

  1. Derecho publico
  • Penal: conjunto de leyes, normas que establece la facultad del estado de imponer penas, a sanciones que están en el código penal.
  • Constitucional: conjunto de leyes, normas que nos marca los poderes de estado, su organización constitucional.
  • Administrativo: establece relación entre el estado (administrador) y los ciudadanos (administrados).
  • Internacional público: de las normas que regula las relaciones entre estados.

  1. Derecho privado
  • Civil: establece relación entre particulares (ejemplo: reclamo por daños o perjuicios)
  • Comercial: establece relaciones jurídicas de todo acto comercial (comerciante-consumidor)
  • Laboral: regula diferencias entre empleados (empleado-empleador)
  • Internacional privado: regula relaciones entre privados de distintos estados (Mercosur)

Fuentes del derecho:

  • Principio filosófico o religioso.
  • Derecho romano o continental.

Formal:

  • Ley (primera y fundamental del derecho)
  • Jurisprudencia (término romano “derecho”: resultado de trabajo de jueces. Ejemplo: fallos.
  • Doctrina: opinión, trabajo de doctrinario. Opinión de distintos juristas, espositores del derecho de determinado tema.
  • Usos y costumbres: hechos reiterados en el tiempo que la persona y la sociedad toma por costumbre u algo normal (ejemplo: trueque)
  • Lo usos y costumbre pueden ser material o psicológico.

               Informal o no formal:

  • Preceptos sociales, religiosos, principio filosófico, histórico.

 Ley: fuente principal del derecho, precepto legal que manda la autoridad competente (poder legislativo).

  • Otras fuentes son subordinadas.                          

Características de la ley

  • Generalidad: la ley es general para todos, nos abarca a todos. (Ejemplo: la educación, crea igualdad, libertad de conocimiento)
  • Obligatoriedad: si es igual para todos, todos estamos obligados y ante el incumplimiento se aplica una sanción (ejemplo: banco central, anses)

Tipos de leyes

  • Rígidos: ley aplicada, no puede modificarse, ni interpretarse (ejemplo: la mayor edad se cumple a los 21 años, el máximo de tiempo de embarazo se presume que es de 300 días y el mínimo de 180, etc.)
  • Flexibles: no tienen un marco fijo a aplicar, pueden interpretarse o modificarse.(ejemplo: el concepto de buen padre de familia en el C.P)

Por su validez en relación a la voluntad de las personas las leyes se pueden dividir en:

  • Imperativa: se impone, en parte puede modificar (son las que prevalecen sobre cualquier acuerdo de voluntad de las personas sujetas a ellas).
  • Supletoria: se ponen de acuerdo para modificar. (aquellas que las partes, de común acuerdo, pueden modificar o dejar sin efecto)

Otros tipos de leyes:

  • Perfectae: ley que conlleva la nulidad del acto (ejemplo: acto jurídico hecha por un incapaz)
  • Leyes plusquan perfectae (más que perfecta): la aplicación de esta ley más allá de la nulidad del acto tiene una sanción aplicable.
  • Leyes minus quan perfectae (menos que perfecta): no lleva a la nulidad del acto, sino una sanción adicional.
  • Leyes imperfectae: carece de sanción, es discutida en carácter de ley.

Código penal

  • Cuerpo de la ley, nos da fecha del día de vigencia.
  • Si no determina la ley, a partir del octavo día entra en vigencia(boletín oficial)
  • Materia penal siempre nos marca cuando entra en vigencia; Validez territorial; Embajadas (territorio nacional que tiene vigencia); Límites geográficos, plataforma continental, hay validez de ley.
  • Ley civil: la vigencia puede ir para atrás.
  • Ley penal: irretroactividad de la ley penal, excepto ley benigna (ley penal debe favorecer al hombre por principio constitucional)

Derecho subjetivo: facultad del individuo de exigir una determinada conducta

  • Derecho como facultad de pedir o exigir el pago de una obligación (ejemplo: exigir pago de una deuda)
  • Derecho subjetivo como goce de una cosa o de señorío o dominación (ejemplo: derecho de propiedad, se traduce un derecho de exclusión).
  • Derecho subjetivo como poder de formación jurídica: comprar, alquilar, arrendar.
  • Derecho subjetivo de la personalidad: tiene que ver la vida humana (ejemplo: honor)
  • Libertad física: cede ante orden de detención, cede a orden judicial, allanamiento y expropiación, y obra pública.
  • Derecho formación política: votar, ser elegido para jurado de mesa.

Atributos de la personalidad                                                                                                                                        Al nacer se adquiere derechos que lo protegen con atributos:

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